March 27, 2017
Ordinaria
- Acuerdos mediante los cuales se autoriza a las Universidades que en ellos se mencionan, la creación y funcionamiento de los Programas que en ellos se señalan, para otorgar los grados académicos que en ellos se especifican.
- Decreto N° 2.781, mediante el cual se declara como elemento estratégico para su exploración y explotación el diamante, por lo cual queda sujeto al régimen previsto en el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación del Oro y demás Minerales Estratégicos.
- Decreto N° 2.782, mediante el cual se declara como elemento estratégico para su exploración y explotación el cobre, por lo cual queda sujeto al régimen previsto en el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación del Oro y demás Minerales Estratégicos.
- Decreto N° 2.783, mediante el cual se declara como elemento estratégico para su exploración y explotación la plata, por lo cual queda sujeto al régimen previsto en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación del Oro y demás Minerales Estratégicos.
- Decreto N° 2.784, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto de Importación y Tasa por determinación del régimen aduanero, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, nuevos o usados, realizadas por los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, así como las realizadas con recursos propios por las personas naturales, jurídicas y las asociaciones de productores, destinados al uso directo en la producción primaria del sector agrícola, al procesamiento agroindustrial o al ensamblaje, construcción y reparación de bienes de uso agrícola, que en él se señalan.
- Decreto N° 2.786, mediante el cual se establece que gozarán de los incentivos establecidos en este Decreto, a fin de impulsar la producción agrícola primaria y su transformación en alimentos para el Pueblo, la importación de maquinarias, repuestos, equipos, accesorios, partes y piezas de uso agrícola para la producción nacional, de los bienes nuevos o usados, que ingresen al territorio de la República, que en él se indican.
- Decreto N° 2.787, mediante el cual se crea el Plan de Reimpulso de la Industria Automotriz Venezuela en Movimiento que contempla los Programas Vehículo de Uso Particular, Vehículo para el Transporte de Carga de Mercancías y Moto Productiva a los fines de fortalecer la industria nacional del sector automotriz, específicamente a las ensambladoras de vehículos y motocicletas, con recursos propios de los concesionarios o de los particulares, fabricantes de autopartes y las empresas metalmecánicas conexas.
- Decreto N° 2.788, mediante el cual se transfiere a la Empresa Mixta Ecosocialista Siembra Minera, S. A., el derecho a desarrollar directamente, las actividades previstas en el Artículo 1o del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica que Reserva al Estado las Actividades de Exploración y Explotación del Oro y demás Minerales Estratégicos
- Decreto N° 2.789, mediante el cual se nombra a la ciudadana María Eugenia Inojosa Alfonzo, como Gerente General del Instituto Autónomo Centro Nacional del Libro (CENAL), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Cultura.