Sentencia nº 588 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 24 de Mayo de 2016
Fecha de Resolución | 24 de Mayo de 2016 |
Emisor | Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral |
Ponente | Juzgado de Sustanciación |
Procedimiento | Auto Solicitando Antecedentes e Informes |
Auto Solicitando Antecedentes e Informes
el abogado K.E.S.L., actuando en su propio nombre, interpone recurso contencioso electoral contra los "actos, actuaciones y omisiones del C.N.E. (CNE), cometidas en el ejercicio de sus competencias sobre los actos electorales PÚBLICOS Y NOTORIOS realizados por el partido político "MESA DE LA UNIDAD DEMOCRÁTICA (MUD) pertinentes al proceso de revocación de funcionarios electos (…) del Presidente de la República".
Se acordó solicitar al C.N.E., los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se libró Oficio N° 16-351.
Juzgado de Sustanciación ----VLEX----
Caracas, 24 de mayo de 2016
206º y 157º
Visto el escrito presentado en fecha 23 de mayo de 2016, por el abogado K.E.S.L., titular de la cédula de identidad N° 1.687.176 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.460, actuando en su propio nombre mediante el cual interpone recurso contencioso electoral contra los “actos, actuaciones y omisiones del C.N.E. (CNE), cometidas en el ejercicio de sus competencias sobre los actos electorales PÚBLICOS Y NOTORIOS realizados por el partido político “MESA DE LA UNIDAD DEMOCRÁTICA (MUD) pertinentes al proceso de revocación de funcionarios electos (…) del Presidente de la República”, en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar al C.N.E., los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el presente recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Remítase copia certificada del escrito recursivo y del presente auto. Líbrese Oficio.
La Presidenta,
I.M.A. IZAGUIRRE
La Secretaria (E),
INTIANA L.P.
Exp. AA70-E-2016-000041
IMAI/ilp/mj
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 24 de mayo de 2016
Oficio Nº 16-351
Ciudadana.
T.L..
Presidenta del C.N.E. de la República Bolivariana de Venezuela.
Su Despacho
Me dirijo a usted a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 23 de mayo de 2016, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado K.E.S.L., titular de la cédula de identidad N° 1.687.176 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.460, actuando en su propio nombre, contra los “actos, actuaciones y omisiones del C.N.E. (CNE), cometidas en el ejercicio de sus competencias sobre los actos electorales PÚBLICOS Y NOTORIOS realizados por el partido político “MESA DE LA UNIDAD DEMOCRÁTICA (MUD) pertinentes al proceso de revocación de funcionarios electos (…)del Presidente de la República”. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación por auto de fecha 24 de mayo de 2016, acordó solicitar a usted, los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos en un lapso de tres (03) días de despacho, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito libelar y del referido auto.
Atentamente,
I.M.A. IZAGUIRRE
Presidenta de la Sala Electoral
Se anexa lo indicado
Exp. AA70-E-2016-000041
IMAI/ilp/mj