Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 27 de Septiembre de 2012
Fecha de Resolución | 27 de Septiembre de 2012 |
Emisor | Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio |
Ponente | Francisco Cabrera |
Procedimiento | Acumulacion De Causas |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio Nº 03 de Barcelona
Barcelona, 27 de Septiembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-000269
ASUNTO ACUMULADO : BP01-P-2010-002025
Por recibida la presente causa proveniente del Tribunal de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, constante de dos (2) piezas, la primera 202 folios y la segunda de 55 folios útiles, seguida en contra del acusado R.A.M.M., titular de la cédula de identidad número 16.485.961, por la presunta comisión del delito de extorsión, previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley contra el Secuestro y la Extorsión, que se señala cometido en perjuicio del ciudadano I.R.C.H., la cual es remitida por ese Tribunal para ser acumulada en la causa Nº BP01-S-2005-000269, que cursa por ante este Tribunal en contra del citado acusado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previstos y sancionado en el artículo 407 del derogado Código Penal, en perjuicio del occiso R.A.C., este Tribunal a los fines de de decidir observa:
Efectivamente la causa es remitida por el Tribunal de juicio Nº 02 en fecha 12-06-2012, pero la misma no se le realizó auto de entrada por la Secretaría, al momento de recibirse en este órgano, siendo remitida directamente al archivo.-
Así las cosas, se observa que al citado acusado se le sigue por este Tribunal la mencionada causa BP01-S-2005-000269, la cual actualmente se encuentra para la celebración del acto Juicio Oral y Público para el día 18-12-2012, siendo que para quien aquí decide, según la causa, bajo su jurisdicción, el acusado estaba en libertad, bajo medidas cautelares sustitutivas y era desconocido que el precitado acusado se encontraba privado de libertad en la causa BP01-P-2010-002025, remitida a este órgano,.-
Delimitado lo anterior este Tribunal, conforme a los artículos 72 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado en virtud de la prevención, que en el presente caso corresponde al Tribunal de la causa más antigua, es decir, la causa BP01-S-2005-000269, cuya jurisdicción corresponde a este Tribunal de Juicio Nº 03, y así preservar la unidad del Proceso., acuerda sea acumulada la causa BP01-P-2005-002025 a la causa penal Nº BP01-S-2005-000269, y así se decide.-
De igual forma, por cuanto el acusado se encuentra detenido en la causa acumulada se acuerda reformar la fecha del juicio oral y publico para el día 30-10-2012, alas 11:30 AM.-
Por todo lo antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 03 acuerda PRIMERO: Conforme a los artículos 72 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal, acumular por Delitos Conexos la causa Nº BP01-P-2010-002025, seguida contra el acusado R.A.M.M., titular de la cédula de identidad número 16.485.961, por la presunta comisión del delito de extorsión, previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley contra el Secuestro y la Extorsión, que se señala cometido en perjuicio del ciudadano I.R.C.H., a la causa Nº BP01-S-2005-000269, seguida en contra del citado acusado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previstos y sancionado en el artículo 407 del derogado Código Penal, en perjuicio del occiso R.A.C.. quedando aperturaza esta ultima, cerrado la anterior, prosiguiéndose con la foliatura de esta.- SEGUNDO: De igual forma, por cuanto el acusado se encuentra detenido en la causa acumulada se acuerda reformar la fecha del juicio oral y publico para el día 30-10-2012, alas 11:30 AM.- Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio público y al defensor de confianza. Cúmplase.-
EL JUEZ DE JUICIO Nº 03
DR. F.J. CABRERA
LA SECRETARIA
ABG. JENIFER GOMEZ