Decisión de Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 27 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2012
EmisorTribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio
PonenteFrancisco Cabrera
ProcedimientoAcumulacion De Causas

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio Nº 03 de Barcelona

Barcelona, 27 de Septiembre de 2012

202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2005-000269

ASUNTO ACUMULADO : BP01-P-2010-002025

Por recibida la presente causa proveniente del Tribunal de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, constante de dos (2) piezas, la primera 202 folios y la segunda de 55 folios útiles, seguida en contra del acusado R.A.M.M., titular de la cédula de identidad número 16.485.961, por la presunta comisión del delito de extorsión, previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley contra el Secuestro y la Extorsión, que se señala cometido en perjuicio del ciudadano I.R.C.H., la cual es remitida por ese Tribunal para ser acumulada en la causa Nº BP01-S-2005-000269, que cursa por ante este Tribunal en contra del citado acusado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previstos y sancionado en el artículo 407 del derogado Código Penal, en perjuicio del occiso R.A.C., este Tribunal a los fines de de decidir observa:

Efectivamente la causa es remitida por el Tribunal de juicio Nº 02 en fecha 12-06-2012, pero la misma no se le realizó auto de entrada por la Secretaría, al momento de recibirse en este órgano, siendo remitida directamente al archivo.-

Así las cosas, se observa que al citado acusado se le sigue por este Tribunal la mencionada causa BP01-S-2005-000269, la cual actualmente se encuentra para la celebración del acto Juicio Oral y Público para el día 18-12-2012, siendo que para quien aquí decide, según la causa, bajo su jurisdicción, el acusado estaba en libertad, bajo medidas cautelares sustitutivas y era desconocido que el precitado acusado se encontraba privado de libertad en la causa BP01-P-2010-002025, remitida a este órgano,.-

Delimitado lo anterior este Tribunal, conforme a los artículos 72 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado en virtud de la prevención, que en el presente caso corresponde al Tribunal de la causa más antigua, es decir, la causa BP01-S-2005-000269, cuya jurisdicción corresponde a este Tribunal de Juicio Nº 03, y así preservar la unidad del Proceso., acuerda sea acumulada la causa BP01-P-2005-002025 a la causa penal Nº BP01-S-2005-000269, y así se decide.-

De igual forma, por cuanto el acusado se encuentra detenido en la causa acumulada se acuerda reformar la fecha del juicio oral y publico para el día 30-10-2012, alas 11:30 AM.-

Por todo lo antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 03 acuerda PRIMERO: Conforme a los artículos 72 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal, acumular por Delitos Conexos la causa Nº BP01-P-2010-002025, seguida contra el acusado R.A.M.M., titular de la cédula de identidad número 16.485.961, por la presunta comisión del delito de extorsión, previsto y sancionado en el artículo 16 de la ley contra el Secuestro y la Extorsión, que se señala cometido en perjuicio del ciudadano I.R.C.H., a la causa Nº BP01-S-2005-000269, seguida en contra del citado acusado por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL previstos y sancionado en el artículo 407 del derogado Código Penal, en perjuicio del occiso R.A.C.. quedando aperturaza esta ultima, cerrado la anterior, prosiguiéndose con la foliatura de esta.- SEGUNDO: De igual forma, por cuanto el acusado se encuentra detenido en la causa acumulada se acuerda reformar la fecha del juicio oral y publico para el día 30-10-2012, alas 11:30 AM.- Notifíquese al Fiscal Primero del Ministerio público y al defensor de confianza. Cúmplase.-

EL JUEZ DE JUICIO Nº 03

DR. F.J. CABRERA

LA SECRETARIA

ABG. JENIFER GOMEZ

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