Decisión de Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de Apure, de 29 de Septiembre de 2016

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca
PonenteInes María Alonso Aguilera
ProcedimientoDivorcio 185-A

LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

206° 157°

Vista la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: A.N.G.D. ROJAS Y J.I.R.M., venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad NºV-11.753.604 y V-14.827.929 respectivamente, debidamente asistidos de abogado, basados en el articulo 185-A del Código Civil, por cuanto no es contraria a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, y por cuanto el Fiscal del Ministerio Publico no objetó dicha solicitud, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción de Divorcio. En consecuencia, disuelto por DIVORCIO el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges: A.N.G.D. ROJAS Y J.I.R.M., venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad NºV-11.753.604 y V-14.827.929 respectivamente, el cual contrajeron por ante Registro del Municipio San F.E.A., en fecha 21 de Febrero del año 2009, según consta del Acta de Matrimonio N° 22, acompañada. Y así se decide.

Liquídese la comunidad conyugal.

Publíquese, regístrese y cópiese.

Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Fernando y Biruaca de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los veintinueve (29) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016). Año 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

LA JUEZA,

(FDO)

ABG. I.M.A.A.

EL SECRETARIO,

(FDO)

ABG. L.A.P. R.

Conforme lo ordenado se registro y publico sentencia siendo las 12:12 m.

EL SECRETARIO,

(FDO)

ABG. L.A.P. R.

IMAA/lp/jl

Exp. N° 2369-16

LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE

CERTIFICACIÓN

Quien suscribe Abg. L.A.P., Secretario del JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FERNANDO Y BIRUACA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es traslado fiel y exacto de su original correspondiente a la sentencia dictada por este Tribunal en esta misma fecha, en el expediente Nº 2369-16, contentivo del juicio de DIVORCIO 185-A, instaurado por los ciudadanos: A.N.G.D. ROJAS Y J.I.R.M., venezolanos, mayores de edad titulares de las cedulas de identidad NºV-11.753.604 y V-14.827.929 Respectivamente. De cuya exactitud doy fe, firmando al pié de la presente certificación. En el Municipio Biruaca, a los veintinueves (29) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016).-

El secretario,

ABG. L.A.P..

IMAA/LAP/jl

EXP Nº 2369-16

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