Afectación de la solvencia moral de un funcionario que consignó credenciales para participar en un concurso público y optó al cargo de Auditor Interno cuando se encontraba de reposo médico en el órgano o ente donde presta sus servicios. Memorando 04-00-549 del 28 de agosto de 2012

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CONTROL FISCAL
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CONTROL FISCAL: Afectación de la solvencia moral de un funcionario
que consignó credenciales para participar en un concurso público y optó
al cargo de Auditor Interno cuando se encontraba de reposo médico en
el órgano o ente donde presta sus servicios.
No existe prohibición expresa para que un funcionario
al servicio activo participe en un concurso público para
optar a un cargo, pues implicaría coactar su crecimiento
y aspiraciones profesionales, aunado a que la prohibición
constitucional y legal está referida al ejercicio de manera
simultánea de dos cargos públicos remunerados.
Memorando 04-00-549 del 28 de agosto de 2012.
Se solicita opinión de esta Dirección General, en relación con la
designación del titular de la Unidad de Auditoría Interna de la Funda-
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solvencia moral de un funcionario se vería afectada cuando, encontrán-
dose de reposo médico en el órgano o ente donde presta sus funciones
y acude personalmente a consignar sus credenciales para participar en
un concurso público y optar al cargo de Auditor Interno.
En primer término, es pertinente determinar lo que debe enten-
derse por solvencia moral prevista en el numeral 3 del artículo 16 del
Reglamento sobre los Concursos Públicos para la Designación de los
Contralores Distritales y Municipales y los Titulares de las Unidades de
Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal,
Distrital y Municipal y sus Entes Descentralizados1-
pedia Jurídica Opus2
“[…]Limpios antecedentes de honrada gestión en los negocios públicos.
Firmeza espiritual que lo lleva a regir las responsabilidades asumidas
pensando en el bien nacional o general (…).
En este orden de ideas, es importante destacar que la Ley Orgánica
del Poder Ciudadano3, establece de manera especial que la actividad de
los servidores públicos debe adecuarse a los principios de honestidad,
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ponsabilidad, transparencia y pulcritud, que es lo que debe entenderse
por ética pública; y además establece la obligación de los sujetos que
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2 Tomo VII, Ediciones Lira, Caracas –Venezuela (1995). Pág. 899.
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