Decisión nº 39-2016 de Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco. de Zulia, de 3 de Febrero de 2016

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2016
EmisorTribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco.
PonenteMaría Idelma Gutiérrez Villareal
ProcedimientoCumplimiento Contrato Bilateral Opc-Comp-Vta

Sent. 39-16

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

Vistos

.- Los antecedentes.

Demandante: A.L., Venezolano, Mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nro. V-12.685.721 y MARIANGELLI F.D.L., Venezolana, Mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nro. V-17.150.615, ambos de este municipio.

Demandados: MARIVIC SOTO, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nro. V-15.287.963, domiciliada en San Francisco.

Ocurrieron los ciudadanos y de este domicilio A.L., Venezolano, Mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nro. V-12.685.721 y MARIANGELLI F.D.L., Venezolana, Mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nro. V-15.287.963, asistidos por la abogada en ejercicio, MANNAASII ´PADRON IGUARAN, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro.127.127 en su condición de apoderado Judicial de la parte demandante, interpusieron demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIO DE COMPRAVENTA y por Distribución le correspondió conocer a este Juzgado.

En fecha 08 de Octubre de 2013, se da entrada a la demanda.- En fecha 09 de Octubre de 2013, se da entrada a la reforma de la demanda y se solicita a este tribunal una medida de prohibición de enajenar y gravar a la cual se le da entrada. En fecha 15 de Octubre de 2013 se vuelve a interponer la medida de prohibición de enajenar y gravar a la cual se le da entrada. En fecha 21 de Octubre de 2013 el tribunal niega la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada. En fecha 31 de Octubre de 2013 se recibieron los medios económicos necesarios para realizar la citación de la parte demanda y se libran los recaudos de citación. En fecha 06 de Noviembre de 2013 se ordena expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas.

Ahora bien, establece el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención…”

Examinadas las actas procesales, observa este Tribunal que el proceso está paralizado desde el día 06 de Noviembre de 2013; discurriendo el tiempo desde entonces sin ningún acto de procedimiento que movilice la relación jurídica procesal con el fin de alcanzar el acto jurisdiccional por excelencia, que es la sentencia definitiva como medio normal de terminación del proceso.

DISPOSITIVO

Por los fundamentos expuestos, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente juicio.

Publíquese. Regístrese. Archívese copia certificada de esta decisión, conforme a lo previsto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, J.E. LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, al tercer (03) día del mes de Febrero de Dos Mil Dieciséis (2016). Años: 205º de la Independencia y 156º de la Federación.-.

La Juez,

Abog: MARÌA IDELMA GUTIÈRREZ V.

El Secretario

Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA

En la misma fecha, siendo las Once (11:00 a.m.) de la mañana, se dictó y publicó la anterior decisión.

El Secretario

Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA

Exp.2500-13

MIGV/GGU/FML.-

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