Decisión de Corte de Apelaciones 9 de Caracas, de 1 de Junio de 2009

Fecha de Resolución 1 de Junio de 2009
EmisorCorte de Apelaciones 9
PonenteAngel Zerpa
ProcedimientoApelacion En Amparo

LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

LA SALA Nº 9 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

ACTUANDO COMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Caracas, 1º de Junio de 2009

JUEZ PONENTE: ANGEL ZERPA APONTE

EXPEDIENTE Nº 2224-07.-

Corresponde a esta Sala decidir sobre la procedencia de la apelación interpuesta por la Abg. A.I., apoderada judicial del colombiano, domiciliado en Miami, Estados Unidos de América, P.P., en contra de la decisión dictada por el Juzgado 4º de Juicio de este Circuito, el 29-10-07, mediante la cual declaró...

…LA INADMISIBILIDAD DE LA PRESENTE ACCION DE AMPARO, interpuesto por la ciudadana DRA. A.I., Abogado en ejercicio y de este domicilio, de fecha 16-10-07, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano P.A.P.S., contra actos lesivos al derecho de honor y privacidad, secreta de comunicación, de defensa y debido proceso y de juez natural del ciudadano P.A.P.S., emanados por la ciudadana DRA. P.V.G., en su carácter de Fiscal 1290 del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, por incumplimiento del articulo 19 en relación con el articulo 18, numeral 1, ambos de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales, relacionado a la falta de suficiente identificación del poder conferido…

.

Se solicitaron las actuaciones originales de la causa. De igual manera, el Dr. J.G. diligenció ante la Sala, consignando copia simple de documento autenticado bajo el Nº 24 del Tomo 195 de los Libros de Autenticaciones llevados por la Notaría Pública 8ª del Municipio Baruta de esta Ciudad, el 3-12-07, en el que se lee que Ibarra sustituye...

...totalmente, pero reservando su ejercicio en el ciudadano J.A.G.R....abogado...el poder que me fuere conferido por el ciudadano P.A.P.S., de nacionalidad Colombiana...domiciliado en la ciudad de Miami, 1111 Brickel Ave. Suite 1100, Estado de Florida de los Estados Unidos de América ante la Notaría Pública Séptima del Municipio Baruta, Distrito Metropolitano de Caracas, en fecha 3 de agosto de 2007, quedando anotado bajo el Nº 76, Tomo 104 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría

...,

y también diligenció el Dr. L.O.V.., “...abogado en ejercicio plenamente identificado en autos en mi condición de apoderado de la victima ciudadana V.A. deO.”..., pidiendo “...que la presente acción sea desestimada”..., siendo que el Dr. Guerrero se opuso a la solicitud del Dr. Ortiz. La Sala recibió sendas solicitudes, una proveniente del Dr. Ortega y la otra de la Dra. B.D.N., pidiendo la devolución de las mencionadas actuaciones originales al Juzgado 3º de Control de este Circuito, lo que acordó la Sala en la misma fecha, acordándose también suspender “...el lapso para decidir sobre la procedencia de la mencionada apelación”...

Así, el Juzgado 11º Civil de Caracas, respondió a la Sala informando que en su causa Nº 25.058...

“...relativo al juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara P.A.P.S. contra A.L.O.L., en fecha 16 de octubre de 2007 las partes celebraron transacción judicial la cual fue homologada el 18 de octubre de 2007, solicitada su ejecución voluntaria en fecha 25 del mismo mes y año, acordada la ejecución voluntaria por auto del 02 de noviembre de 2007, mediante diligencia suscrita por la parte actora en fecha 19 de noviembre de 2007, solicitó la ejecución forzosa de la transacción la cual fue acordada el 30 de noviembre de 2007 ordenándose la entrega material del inmueble constituido por una parcela bifamiliar de terreno y la casa quinta sobre ella construida, distinguida con el Nº 22, en el plano de fraccionamiento de la Urbanización Alto Hatillo del Estado Miranda, librándose el correspondiente mandamiento de ejecución.

En fecha 06 de diciembre de 2007 el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas se trasladó al inmueble antes descrito y practicó la entrega material del mismo dejándose en posesión del inmueble a la parte ejecutante P.A.P.S. representado por el abogado J.G.

.

Es el caso que el 3-2-08 la Sala recibió Diligencia suscrita por la Dra. Ibarra...

...actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano P.A.P....y respetuosamente expone: Suficientemente facultada por mi poderdante para este acto, tal como consta del Instrumento Poder ut supra señalado que acredita mi persona cursante en autos procedo en nombre y representación de mi mandante a desistir del presente procedimiento

...,

lo que el Dr. Guerrero, el 11-3-08 solicitó a la Sala “...se sirva Homologar el Desistimiento de la presente causa”..., por lo que el 12-3-08 la Sala acordó solicitar al Tribunal 3º de Control de este Circuito, “...las actuaciones originales de la querella presentada por la ciudadana V.A.D.O., en contra del ciudadano A.L.O.”..., las que llegaron, pero de la Fiscalía 4ª del Ministerio Público. Así, el 15-12-08 el Juzgado 3º de Control de este Circuito le certificó a esta Sala que en el asiento de su Libro Diario correspondiente al 13-3-08, en él se dice que se...

...recibió Oficio Nº AMC-F4-492-08, procedente de la Fiscalía 4ª del Ministerio Público, en el cual informan que esa Representación Fiscal procedió a Decretar Archivo Fiscal de la presente causa, esto de conformidad con lo establecido en el Artículo 315 del COPP

...

Desde ese fecha, 15-12-08, a la presente, no hubo Despacho en la Sala por 94 días.

ANTECEDENTES

El 5-11-04 la entonces divorciada Aluicio de Oti, hoy de 34 años de edad, se casó con Á.O.L., hoy de 59 años de edad, “...para regularizar la unión concubinaria en que han vivido”... . Casi ocho meses después, el 17-7-05, Aluicio de Oti lo denunció ante la División de Investigaciones y Protección en materia del Niño, Adolescente, Mujer y Familia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas...

...que me agredió de manera física y psicológica...Es primera vez que me arremete físicamente, pero psicológicamente siempre...en las piernas, espalda y el rostro...Se encontraba bajo los efectos del alcohol...existen hijos...Si, una niña de 4 meses

...

De allí que el 18-7-05, la Coordinación Nacional de Ciencias Forenses del mencionado Cuerpo le practica Dictamen Pericial a la denunciante...

- Equimosis en pierna izquierdo y brazo derecho.

- Contusión en la espalda.

(...)

- TIEMPO DE CURACIÓN: SEIS DIAS.-

- PRIVACION DE OCUPACIONES: CUATRO DÍAS.-

- CARÁCTER: LEVE

Dicho denunciado, natural de El Ferrol de El Caudillo, Provincia de La Coruña, España, el venezolano A.O.L., fue entrevistado por la mencionada División, el 20-12-05...

...quien manifestó no tener inconveniente alguno en ser entrevistado y en consecuencia expone...me entero que estoy denunciado...le comente a mi señora que nuestra casa se respetaba...estaba una persona que pretendía llevar a su pareja...y yo no estaba de acuerdo; esto originó en mi esposa un descuadre...consecuencia del grado alcohólico...contesté con otro insulto...me vi obligado a sujetarles las manos...nos fuimos al suelo los dos...se quedó en la sala y continuó bebiendo...llegamos a un acuerdo de no agresión...Los dos estábamos tomados

...

Por su parte, el 15-12-05 allí lo volvió a denunciar Aluicio de Oti...

...me ha vuelto a golpear y lo ha venido haciendo desde el momento que coloque la denuncia la primera vez...se encontraba bajo los efectos del alcohol, y me golpeó...En la cadera, rodillas y codo, me lanzó contra un mueble de la casa, contra el ceibó, además de que me insultaba y humillaba con palabras obscenas

...

El 10-2-06, la mencionada Fiscalía dictó una Orden de Inicio de Investigación...

...actuando de conformidad con...el artículo 32 de la Ley Contra la Violencia Sobre la Mujer y la Familia...vista la denuncia formulada por: la Ciudadana: Aluicio de Oti, Verónica...por la presunta comisión de...Amenazas Verbales...SE ORDENA EL INICIO DE LA CORRESPONDIENTE INVESTIGACION PENAL

...

Ahora bien, el 12-3-07, la Jueza Unipersonal Nº 16 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de Caracas, le admitió la Demanda de Divorcio que intentó Aluicio de Oti en contra de su esposo.

Por otra parte, el 13-3-07 Aluicio de Oti le confiere...

...poder especial pero amplio y bastante en cuanto en derecho fuese requerido al abogado L.A.O....para que represente, sostenga y defienda mis derechos e intereses en todos los asuntos que pudieran presentársele a tenor de lo establecido de los artículos 118, 119, 120, 121, 122 y 123 del Código Procesal Penal (sic), como también en lo establecido en la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, por ante el Ministerio Público, así como por ante los órganos jurisdiccionales competentes...En fin, podrá hacer todo aquello que considere conveniente para mejor defensa de mis derechos, intereses, acciones, siendo entendido que las facultades aquí conferidas lo son a titulo enunciativo y no limitativo o taxativo

...,

ante la Notaría Publica 1ª del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el Nº 87 del Tomo 27 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría.

Es por ello que el 23-4-07 al Juzgado 10º de Control de este Circuito le fue distribuida la querella interpuesta por el Dr. Ortiz, como apoderado de Aluicio de Oti en contra del ciudadano Á.O.L., por el hecho que condujo a que el 20-3-07 la Medicatura Forense practicara, según la querella...

...´ Dictamen Pericial...a la ciudadana V.D.L. C.A. deO., edad 32 años. Fecha del suceso, examinado en este servicio, el día 07/03/07, se aprecia:

- Contusiones equimóticas (sic) en brazo izquierdo, cara posterior,

- Contusiones equimóticas (sic)extensas en cara posterior de todo el miembro inferior izquierdo;

- Contusión equimótica (sic) en mano derecha, cara dorsal,

- Hemorragia subconjuntival en ojo izquierdo,

- Refiere la lesionada dolor een la movilización de la región cervical a cuya nivel se aprecia a la palpación, edema discreto doloroso...

y concluye el médico forense,

(...)

- tiempo de curación: 12 días

- Privación de ocupaciones: diez días

...

(...)

“Todas estas lesiones fueron causadas a mi mandante por su cónyuge, ciudadano A.L.O.L....en fecha siete de Marzo de 2007, a las 9 y 30 p.m., aproximadamente, en la residencia de la pareja, situada en la Calle La Loma, Urbanización Alto Hatillo, parcela 22, Quinta Veroti, jurisdicción del Municipio El Hatillo del Estado Miranda.

SEGUNDO: Existen antecedentes en la conducta del ciudadano agresor A.L.O.L., ya identificado, que originaron que la victima lo denunciara en fecha 18 de Julio de 2005, y se le practicó por parte del Médico Forense J.E. un examen médico forense que dio como resultado: ´...Esquimosis en pierna izquierda y brazo derecho y contusión en la espalda ´. Su conducta violenta contra mi mandante ha sido reiterada. De todo lo expuesto reposa denuncia ante la Fiscalía 129 del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, expediente Nº 01F129-0195-06

...

...La sentencia vinculante Nº 972/06, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

...

...A pesar de la existencia de denuncia previa contra el ciudadano ya identificado A.L.O.L., el órgano receptor de la denuncia Fiscalía 129 del Ministerio Público, no abogó por una tutela judicial efectiva a favor de la victima VERONIA ALUICIO de OTI...mediante la aplicación de medidas cautelares previas al ejercicio de la acción penal por parte del citado Ministerio

...

...interpongo querella contra el ciudadano A.L.O.L....por los delitos establecidos en los artículos 17 y 20 ejusdem, por desarrollar violencia psicológica y física en contra de mi mandante V.A. deO.

...

...que este órgano receptor notifique al agresor A.L.O., a los fines de realizar la gestión conciliatoria, visto el interés del agresor a seguir amedrentando a la víctima...y ante la inacción por parte del Ministerio Público en ocasión a que es necesaria tutela efectiva a los fines de evitar que en forma reiterada el agresor ejerza cualquier tipo de violencia contra mi mandante y su menor hija...de un año y 11 meses de edad, solicito en su favor medida cautelar establecida en el ordinal 1º del artículo 39 de la antemencionada Ley, el cual establece emitir una orden de salida de la parte agresora de la residencia común independientemente de su titularidad sobre la misma

...,

dictamen pericial éste que en copia simple riela en el Folio 18 de la Pieza I del expediente.

También riela en autos que el 2-4-07, Oti Loza denunció a su conyugue Aluicio de Oti, ante la Prefectura del Municipio El Hatillo...

...me encuentro en proceso de divorcio pero continuo viviendo en la misma casa con mi esposa, pero ella para provocarme hace fiestas en mi casa metiendo a personas desconocidas, consumiendo licor y colocando musica muy alta que perturba mi descanso y el de nuestra hija de 2 años, deseo que esta situación no ocurra...las personas que frecuentan esas reuniones son...de procedencia dudosa

...,

razón por la cual el 3-4-07 Aluicio de Oti fue citada ante la mencionada Prefectura, en el que el 9-4-07, dijo...

...eso no es asi

...

De allí que el 26-4-07 el mencionado Juzgado 10º de Control de este Circuito le admite la querella a Aluicio de Oti, y el 10-5-07 decreta...

...la salida inmediata del ciudadano A.L.O....de la residencia en donde hace vida conyugal con la parte querellante, la cual se encuentra ubicada en: Calle La Loma, Urbanización Alto Hatillo, parcela Nº 22, Quinta Verota...Se PROHIBE al mencionado ciudadano acercarse a la victima...Se IMPONE al ciudadano...continuar costeando la manutención de la ciudadana V.A., así como de su menor hija

...,

Quinta ésta que según Titulo Supletorio Declarado Suficiente el 18-11-04 a favor de Oti Loza, por el Juzgado 11º Civil de Caracas, en la solicitud se le mencionaba un valor de Bs. 542.830.157,50 de 2004; registrado entonces 21-3-06 ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio El Hatillo, bajo el Nº 689.

Es por ello que Oti Loza designó el 17-5-07 a sus defensores, los Dres.: Ortega y Di Natale, quienes habiendo solicitado la nulidad del anterior procedimiento, dicha propuesta fue declarada improcedente el 30-5-07 por el referido Tribunal.

Por otra parte, el 31-5-07 el Juzgado 1º Civil de Caracas, admitió la demanda de partición suplementaria intentada por la ciudadana N.G.S., en contra de Oti Loza.

Realizada el 26-6-07 la audiencia regulada por el Artículo 100 de la ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L. deV., el citado Tribunal de Control de Caracas le fijó...

...un lapso de 15 a 30 días a los fines de que el ciudadano L.O.L. provea a la ciudadana V.A.D.O. y a la menor...de una residencia adecuada

...,

Ahora bien, el 2-7-07, el Juzgado 10º de Control de este Circuito, ordenó levantar la Medida que pesaba en contra de Oti Loza, autorizándolo a regresar a su residencia y concediéndole a Aluicio de Oti un plazo de 15 días para que la misma se establezca en residencia, decisión ésta apelada, cuyo recurso fue declarado inadmisible por la Sala 3 de esta Corte.

En razón de ello, 27-6-07 Oti Loza arrienda el Apartamento de 130 m2., de 2 plantas “...totalmente equipado y amueblado”..., Nº 12-D, del Piso 1, de la Torre D, en el Parque Residencial Loma Alta, en la Carretera El Hatillo, en el Alto Hatillo, en El Cigarral, en El Hatillo, a A.O.G., por un canon de Bs. 4.500.000 de 2007...

...el mismo servirá como vivienda de su hija...con su madre V.D.L. CARIDAD ALUICIO ARCILA...mientras dure el juicio de divorcio...y la madre ejerza la guarda y custodia

...,

contrato registrado el 27-6-07 por ante la Notaría Pública 7ª del Municipio Baruta de esta Ciudad; por lo que el 2-7-07 el mencionado Juzgado de Control, levantó las medidas citadas y el 2-8-07 remite las actuaciones de la causa a la citada Fiscalía.

De allí que el 6-8-07 Oti Loza le opciona en venta el citado inmueble al colombiano Peñuela, por Bs. 1.182.000.000 de 2007; registrado dicho negocio bajo el Nº 167, folio 167 del Cuaderno respectivo en la Oficina de Registro Público del Municipio El Hatillo, afirmando en el documento que...

...El inmueble que aquí vendo...son un bien propio que no pertenece a mi comunidad conyugal actual

...,

pero Peñuela demanda a Oti Loza por cumplimiento del contrato de opción de compra-venta, libelo éste que es admitido el 27-9-07 por el Juzgado 11º Civil de Caracas; juicio éste sobre el que las partes se transan y así dicha transacción es homologada en el citado Tribunal el 18-10-07

Por otra parte, el 3-9-07 el referido Juzgado de Control recibe una solicitud de Aluicio de Oti, pidiendo...

...De conformidad a lo establecido en los artículos: 50, 72, 74, 85, 88, 89 y 91 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una V.L. deV....visto la existencia de elementos probatorios nuevos que evidencian la comisión por parte de A.L.O., querellado agresor del delito tipificado en el artículo 50 de la Ley

...

(...)

...Se dicte una medida de protección a fin de que V.A. deO. y su menor hija se mantengan en su hogar Quinta Verota, Calle la Loma...mientras dure el proceso

...,

siendo que, por su parte, el 10-9-07 la mencionada Fiscalía le solicita al citado Juzgado de Control...

...de conformidad a lo establecido en los artículos: 88 y 92, numeral 8, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L. deV....dictar medidas cautelares, las cuales consistirán en oficiar a los tribunales de Primera Instancia en lo Civil...a los fines de que se abstenga de procesar la solicitud de la entrega material del inmueble...mientras dure el presente proceso

...

...a fin de que la ciudadana...y su menor hija, se mantengan en su hogar, mientras dure el proceso

...

Pero el 5-10-07 Aluicio de Oti recusa a la juez del mencionado Tribunal; asumiendo el conocimiento de la causa desde el 10-12-07, el Juzgado 3º de Control de este Circuito, quien fijó la audiencia para oír a las partes.

Previamente, el 30-11-07, la División de Avaluos del mencionado Cuerpo policial realizó el “...Avalúo Real a la casa quinta ´ Veroti ´ distinguida con el Nº 22, ubicada en la Calle la Loma del Alto Hatillo, Municipio El Hatillo, asi como todos los bienes muebles que se encuentran dentro de él, a fin de dejar constancia de su valor actual”..., concluyendo dicha División que, a esa fecha, el inmueble ascendía a Bs. 3.594.774.311,56 y sus muebles a Bs. 168.210.000.

Ahora bien, como se acotó arriba, el Juzgado de la causa, el 3-3-08 recibió de la Fiscalía 4ª del Ministerio Público, de Caracas, el Decreto de Archivo Fiscal de la causa en donde se imputó a Oti Loza, en donde funge de victima Aluicio de OTi, motivándose tal Decreto en el hecho que al...

...levantarse el ACTA DE AUDIENCIA ORAL de fecha 26-06-2007 por ante el Juzgado 10º de Control, la ciudadana Juez, entre otras cosas, solicitó e instó al Ministerio Público referir a lasa partes a la Medicatura Forense a objeto de que sean evaluados psicológicamente

... (sub rayado (sic) nuestro), observando esta Representación Fiscal, que aunque fueron remitidos sendos oficios por la Fiscalía 129º del Área Metropolitana de Caracas a la mencionada División, donde se solicita se agilice la practica de dichas evaluaciones a los ciudadanos: V.A.D.O. y A.L.O., hasta la presente fecha, no se tiene conocimiento si los mismos acudieron”...

Pero es el caso que el 12-2-08 el Juzgado 3º de Control realizó un “AUDIENCIA CONCILIATORIA PARA OIR A LAS PARTES” , en la que dicho Tribunal mantuvo...

...incólumes todas las Medidas de Protección y de Seguridad, que de conformidad con la Ley especial hayan sido acordadas por este u otro órgano jurisdiccional y que se encontraren vigentes para la presente fecha, en todo caso se imponen las medidas de Protección y seguridad establecidas en los Numerales 5º y 6º del Artículo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L. deV., salvo los derechos de la niña Oti Aluicio

...

  1. LA ACCION DE AMPARO.-

    "…ocurro...con el objeto de interponer acción autónoma de amparo contra los actos lesivos al derecho de honor y privacidad, secreta de comunicación. de defensa y debido proceso de juez natural de mi representado, emanados de la Fiscalia 129 del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas. a través de la Fiscal Viera G.P. y que consisten en: ... ANTECEDENTES PROCESALES Y RESEÑA DEL ACTOS LESIVOS DE DERECHOS CONSTITUCIONALES DE MI REPRESENTADO QUE JUSTIFICA LA PRESENTE ACCION DE AMPARO. Consta de documento protocolizado ante la Oficina de registro Publico del Municipio El hatillo del estado Miranda, el 06 de agosto de 2007, quedando registrado bajo el Nro. 36, Tomo 10, Protocolo Primero, ... que el señor A.L.O.L.... dio en venta a mi representando en forma pura y simple perfecta e irrevocable, un inmueble de mi exclusiva propiedad, constituido por una parcela bi-familiar de terreno y la casa quinta sobre ella construida, distinguida con el N° 22... urbanización Alto Hatillo del estado Miranda. .. El precio de la venta del inmueble fue por la suma de ... (1.182.000.000,00) la cual fue cancelada de contado ... Se dejó constancia expresa en el documento de compra venta que el inmueble vendido a mi representado: ( .... ) constituía un bien propio que no pertenece a mi comunidad conyugal actual, ya que mi matrimonio con la señora V. de la caridadA. deO., se efectuó en fecha 5 de noviembre de 2004, ante el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de caracas, quedando registrado en el libro de actas de matrimonio de año Dos Mil cuatro ... el señor A.L.O.L., se obligó a efectuar a mi representado la tradición legal del inmueble vendido y asimismo se obligó al saneamiento de Ley, ... Conforme a conversaciones previas al acuerdo de compra-venta entre mi representado y el ciudadano A.L.O., siempre se conoció: que el inmueble descrito objeto de venta era de la única y exclusiva propiedad del comprador, tal como se respaldó por documentos públicos protocolizados ... citados ... ,que en virtud de un proceso de divorcio que se ventila ante la jurisdicción del niño y el adolescente ambos cónyuges se encontraban físicamente separados, y acompaño actuaciones cursantes ante el Juzgado Décimo de Control del Área Metropolitana de Caracas, Las cuales consigno marcadas "D", consistentes en: 1. - Acta de Audiencia Oral de fecha 26 de junio de 2007 en presencia de: la Juez, Dra. A.B.V.; la Fiscal 129 del Ministerio Publico, Dra. P.V.G.: el Querellado A.L.O.L.. .. la Querellante, V.A. deO.. ... dictó decisión en Los siguientes términos: "PRIMERO: Fijar un lapso de 15 30 días a Los fines de que el ciudadano L.O.L. provea a la ciudadana V.A.D.O. y a la menor I.O.A. de una residencia adecuada y una vez que se tenga constancia en autos del Lugar y Las condiciones del mismo, la ciudadana V.A.D.O. Y su menor hija se trasladaran a la nueva residencia y se procederá a levantar formalmente la medida, debiendo continuar con la manutención de su hija y no agresión entre ambos cónyuges ... ". Decisión complementaria de fecha 02 de Julio de 2007 emanada del Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, donde entre otros aspectos se dejó expresa constancia de lo siguiente: " ... Ante todo, esto es prudente realizar la siguiente consideración y es que a la luz de nuestra Carta Magna, ha de prevalecer el derecho a la propiedad, condición esta que se encuentra acreditada en actas, lo cual consta del Documentado debidamente resgitrado ante la Oficina Subalterna de Registro Publico Municipio El Hatillo del estado Miranda en fecha 20/06/2003, pues bien, mal podría bajo esa premisa, cercenarse el derecho al titular de la propiedad; por ende, este Tribunal considera que en la causa que nos ocupa lo prudente, procedente y ajustado a derecho es levantar la medida que pesa sobre el ciudadano A.L.O.L., por lo cual debe regresar a la residencia ubicada Calle La Loma, Urbanización Alto Hatillo, Parcela 22, Quinta Verota, Municipio El Hatillo del Estado Miranda ... se concede un lapso de quince (15) días a la ciudadana V.D.L. C.A.D.O...a objeto de que se traslade con su menor hija I.O.D.A., a La residencia ubicada en: Parque Residencial Loma Alta, Torre D, Piso 1, Apartamento 12-D, Carretera EL hatillo, Alto Hatillo. EL Cigarral, Municipio EL Hatillo, estado Miranda, sin que ello signifique desmejora en su calidad de vida, por Lo que deberá comparecer ante este juzgado a los fines de firmar compromiso de entrega de residencia que compartían en común y de recibir de manos del Tribunal Las llaves deL mismo, 0 en su djefecto que su representante legal, notifique mediante diligencia ante este Tribunal deL traslado de residencia de La ciudadana VERONICA DE C.A.D.O.. .. Y su menor hija I.O.A., a La residencia que hoy le ofrece el ciudadano A.L.O.L. ... " .. 3.- Decisión emanada del Juzgado Décimo de Primera Instancia en Función de Control de Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 10 de Julio de 2007, mediante La cual se declaro improcedente La solicitud de La parte querellante de nueva revisión de Las sentencia dictadas. 4. - Decisión de La Corte de Apelaciones deL Circuito Judicial Penal de La Circunscripción Judicial deL Área Metropolitana de Caracas de fecha 26 de Julio de 2007, mediante la cual quedan definitivamente firmes Las sentencias dictadas por el Juzgado de La causa. Es decir mi representado a L. deL. documentos públicos que acreditaban La propiedad única y exclusiva deL ciudadano Á.L.O. sobre el inmueble descrito y objeto de venta, La protocolización del documento de compra-venta ante eL registrador Inmobiliario correspondiente ... documento este en cuyo texto expresamente se dejo constancia que eL referido inmueble no formaba parte de La comunidad conyugal con su actual esposa V.A. y que suscribió con identificación de su estado civil casado y, La sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de caracas de fecha 02 de Julio de 2007, mediante el cual expresamente se reconoce en presencia de todas Las partes, y específicamente en presencia de La Fiscal 129 deL Ministerio Publico deL Área Metropolitana de Caracas, ciudadana P.V.G., La propiedad única y exclusiva del ciudadano Á.L.O. sobre eL inmueble objeto de La compra venta y se acordó eL traslado de su cónyuge a La nueva residencia que habría de habitar, con base en La confianza Legitima y La seguridad jurídica, por existir documentos públicos y sentencia firme emanada de Los órganos jurisdiccionales, no dudo en forma alguna del derecho de propiedad que el mismo ostentaba en forma única y exclusiva sobre el referido inmueble ... en fecha 29 de agosto de 2007, dado que la ciudadana V.A. no acato La sentencia antes señalada. .. La Notaria Publica Octava del Municipio Baruta del estado Miranda. .. notificó a la ciudadana V. deL. caridadA. deO., cónyuge del señor A.L.O.L. o quien se encontrare en el inmueble ya descrito, o siguiente: "PRIMERO: que en fecha 6 de agosto de 2007, mi representado adquirió del señor A.L.O.L., la propiedad del inmueble ... SEGUNDO: que en fecha 10 de agosto de 2007, el ciudadano A.L.O.L., le hizo a mi representado la entrega formal de dos juegos de Llaves de inmueble y le comunico por escrito su compromiso de cumplir con el pago de los servicios hasta el 31 de agosto de 2007 ... TERCERO: En virtud de lo antes planteado se solicito la entrega material del inmueble, libre de personas y muebles a mas tardar el 31 de agosto de 2007" ... Ahora bien, esta decisión definitivamente firme ha sido hasta La presente fecha beligerantemente incumplida por la ciudadana V.A., quien no ostenta ningún derecho sobre el inmueble en cuestión, y ante la insistencia de mi representado en que se le realizara la efectiva entrega material del inmueble vendido, mediante distintas comunicaciones verbales y escritas dirigidas al ciudadano Á.L.O., único y exclusivo obligado en hacerla, pudo conocer de Las graves y flagrantes violaciones a los derechos y garantías constitucionales de mi representado cometidas por la Fiscal 129 del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, patriciaV.G., mediante sus actuaciones materiales en la querella penal por lesiones leves interpuesta por la ciudadana verónicaA. contra el ciudadano Á.L.O., cursante ene. expediente ... 10 C-9871-07 del Tribunal Décimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de caracas y signada con el Numero 01-F-129¬0195-06 en la Fiscalia 129 del Ministerio Publico, cuyas copias fotostáticas acompaño "F",encontrádose mi representado en la imposibilidad de acompañarlas en copia certificada, en virtud de que todos Los actos de la investigación son reservados para los terceros, y mi representado muy a pesar de Las actuaciones inconstitucionales de la Fiscal 129 del Ministerio Publico, P.V. ,no es parte en dicha investigación por lo que se encuentra impedido de solicitar copia certificada ... solicito de este Tribunal en jurisdicción constitucional solicite del Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas que conoce actualmente del referido proceso ... Las copias certificadas de las ... actuaciones ... Ciudadano Juez, violatorio, grotesco y conculcatorio de Los derechos y garantías constitucionales de mi representado, lo constituyen Las actuaciones realizadas por el Fiscal 129 del Ministerio Publico P.V., quien por mandato constitucional debe velar como garante de estos derechos y garantías y quien en cualquier proceso debe actuar como parte de buena fe sin menoscabar Los derechos de Los particulares, contrario a ello, en un proceso judicial, querella penal- que en nada guarda relación con mi representado P.A.P., Y en virtud de una operación de evidente naturaleza civil y correspondiente al ámbito de los derechos privados, la Fiscal 129 del Ministerio Publico, P.V., Libra una serie de oficios ordenando la practica de Las diligencias- en lo atinente a mi representado, que señalo de seguidas: -05-09-07. Oficio a la Registradora Inmobiliaria de El Hatillo, solicitando información clara y detallada sobre como se efectuó el pago de dicho inmueble- 06-09-07. Oficio al Jefe del departamento de Avalúos del CICPC, a Los fines que funcionarios de la División se trasladen a la referida casa ubicada en el Alto Hatillo y practiquen Avaluó Real de dicho inmueble.-07-09-07. Oficio al Ministerio del Interior y Justicia, requiriendo Los Antecedentes Penales de mi representado ciudadano P.A.P.S.. -07-09-07. Oficio a SIPOL, requiriendo los posibles registros y solicitudes policiales de mi representado ciudadano P.A.P.S..- 03-09-07. Oficio dirigido a la Superintendencia de bancos y Otras Instituciones Financieras, mediante el cual solicita se informe si mi representado P.A.P.S. posee cuentas bancarias en la Republica Bolivariana de Venezuela .. .la representante del Ministerio Publico, Fiscal 129 P.V. en extralimitación de funciones y abuso de poder, procede a solicitar información correspondiente a la esfera privada de mi representado vulnerando su honor y reputación, dándole el trato de investigado 0 imputado en una querella que- repito en nada guarda relación con mi representado, y por una operación de naturaleza eminentemente civil, violando flagrantemente Los derechos Constitucionales de protección de honor y privacidad, secreta de Las comunicaciones, al debido proceso y al juez natural. La situación conculcatoria de derechos constitucionales por parte de la Fiscal 129 del Ministerio Publico P.V. se e agrava más cuando endecha lo de septiembre de 2007, solicita mediante escrito dirigido al juzgado Décimo de Control del Área Metropolitana de Caracas, ... que revisara Las medidas cautelares que fueron dictadas por ese juzgado en fechas 26 de junio y 2 de julio de 2007, y de igual forma solicito se sirviera dictar medidas cautelares, Las cuales consistirían en oficiar a Los Tribunales de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y T. delÁ.M. deC., a los fines de que se abstengan de procesar la solicitud de la entrega material del inmueble, propiedad de mi representado, mientras dure el proceso penal, persistiendo en su conducta violatoria de Los derechos y garantías constitucionales al debido proceso, al juez natural, al acceso a Los órganos jurisdiccionales, al derecho a la defensa y a la seguridad jurídica. .. estas actuaciones judiciales se hicieron a espaldas de mi representado y constituyen una gran arbitrariedad en al actuación de la Fiscal agraviante, violatoria del derecho constitucional a la protección del honor y privacidad, al secreto de Las comunicaciones, al debido proceso, al juez natural, m al derecho a la defensa y a la seguridad jurídica de mi representada, razón por la cual acuso ante su competente autoridad a fin de que se restablezca la situación jurídica infringida por Los referidos actos materiales lesivos, por medio de la acción autónoma de amparo contra actos provenientes de la Fiscal 129 del Ministerio Publico, P.V. y solicito la nulidad de todas Las actuaciones realizadas violatorias de Los derechos constitucionales de mi representado, y a Los fines de restablecer la situación jurídica infringida de la protección al honor y privacidad y secreto de Las comunicaciones se Oficie a los organismos indicados supra, dejando sin efecto Las solicitudes remitidas mediante Oficios dirigidos a la Registradora Inmobiliaria de El hatillo, al Ministerio de Interior y Justicia, a la Superintendencia de bancos y Otras Instituciones Financieras, al jefe de departamento de Avalúos y a la ISSPOL, y se ordene a la Fiscal 129 del Ministerio Publico, P.V. no continuar con investigación alguna contra mi representado e igualmente relativa a la operacion propia de compra venta por ser este tipo de contratos- compra-venta- de naturaleza eminentemente civil y no constituir ningún delito 0 falta previsto previamente como tal por una ley, y se releve a la mencionada funcionaria de dicha investigación por haber demostrado abuso de autoridad y extralimitación de junciones ... CAPITULO II SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LA ACCION DE A.C. ... En el presente caso se cumplen Los requisitos exigidos por el articulo 2 de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales por cuanto por una parte, se trata de un órgano del Poder Publico Nacional que ha realizado actos materiales y, por otra, que esos actos materiales (Oficiar a la registradora Inmobiliaria de El hatillo, al Jefe del departamento de Avalúos del CICPC, a SIPOL, al Ministerio de Interior y Justicia, y por ende la investigación de mi representado en virtud de un acto Licito de naturaleza eminentemente civil (compra-venta), que no constituye ningún delito 0 falta previamente establecido en una ley como tal, en un proceso judicial que se ventila ante la jurisdicción penal en el cual en nada guarda relación mi representado constituyen violaciones graves y grotescas de sus derechos y garantías constitucionales. Cabe señalar igualmente que la Fiscal 129 del Ministerio Publico, P.V. ha actuado fuera de su ambito de competencia, no entendiendo en estricto sensum sino como abuso de poder 0 extralimitación de sus funciones, tal como en casos análogos por actuaciones emanadas de Órganos del Poder Publico Nacional ha establecido en reiteradas sentencias de nuestro máximo Tribunal de la Republica Bolivariana de Venezuela. .. el articulo 285 de la Constituci6n de la Republica Bolivariana de Venezuela y el articulo 108 del Código Organico Procesal penal al Ministerio Publico le corresponde dirigir la investigación penal de la perpetración de Los hechos punibles, y 'estos son aquellos que están previstos previamente por una Ley como delitos 0 faltas, siendo que la Fiscal agraviante se aparta en forma absoluta y arbitraria de su ambito de competencia al realizar actuaciones e investigaciones en virtud de un contrato previsto y permitido por la ley como lo es la compra-venta de un bien inmueble de Licito comercio ,vendido por quien ostentaba la unica y exclusiva propiedad y adquirido cumpliendo todas lasformalidades de ley ... en el presente caso la Fiscal agraviante al realizar Los actos materiales tantas veces citados, se sali6 del ambito de lo judicial y entr6 en el campo de la actuaci6n arbitraria, incurriendo en flagrante abuso de poder al transgredir en forma directa el derecho a la protecci6n del honor y privacidad, al secreta de Las comunicaciones, al debido proceso, al juez natural, a la defensa de mi mandante y a la seguridad jurídica, que actualmente se encuentra frente a la vulneración de su honor, imagen, reputaci6n y debido proceso, y en la posibilidad inminente de vulneración de su vida intima, confidencial, secreta e inviolabilidad de Las comunicaciones al encontrarse Los Órganos a Los cuales se dirigió obligados de conformidad con la ley a remitir respuesta y a ejecutar Las diligencias solicitadas, lo cual conllevaría a una grave e irreversible violación de Los derechos constitucionales denunciados ... "III NECESIDAD IMPERANTE DEL A.C. CONTRA LOS ACTOS JUDICIALES QUE SE DENUNCIAN ... en el presente caso ¿cual seria la via ordinaria que pudiera tener nuestra mandante para enervar Los efectos de Los actos materiales realizados por la Fiscal 129 del Ministerio Publico, P.V. y su continuación ¿. ... es NINGUNA ... no existe ninguna vía ordinaria que permita a mi representado para enervar Las distintas actuaciones conculcarías de sus derechos constitucionales violados por la Fiscal 129 del Ministerio Publico ... ante la inminencia de que vulneren Los derechos y garantías constitucionales del derecho a la privacidad, confidencialidad, secreto de comunicaciones, y para el reestablecimiento de Los derechos y garantías constitucionales del honor, reputación e imagen, debido proceso y seguridad jurídica, la única via eficaz es la presente acción de amparo constitucional, raz6n por la cual solicitamos ... al admita con la urgencia que el caso requiere. CAPITULO IV DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES LESIONADOS. DERECHO AL SECRETO DE LAS COMUNCACIONES, PROTECCION DEL HONOR Y PRIVACIDAD ... Las actuaciones materiales realizadas por la Fiscal 129 del Ministerio Publico P.V. vulneran en forma flagrante estos derechos y garantías EXTREMA URGENCIA " a la Supertendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, solicitando cuentas bancarias que mi representado pueda tener en la Republica Bolivariana de Venezuela, al Jefe del Departamento de Avaluos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, solicitando: " REALIZAR AVALUO REAL DE DICHO INMUEBLE", al Ministerio de Interior y Justicia, solicitando Los posibles antecedentes penales de mi representado, la SIPOL solicitando Los posibles registros y solicitudes policiales que pudiera registrar mi representado, e indicando textualmente al pie de todas las comunicaciones referidas: "Dicha solicitud obedece a que este despacho fiscal adelanta investigación penal N 01F129-0195-06", se violentaron en forma arbitraria, con abuso y extralimitación de poder, Los derechos y garantías constitucionales ... estas solicitudes en nada guardan relación con el hecho que se investiga y en cuya investigación no es parte, a mi representado se le esta vulnerando su reputación e imagen al solicitar Las mismas- con extrema urgencia ... como si se tratara de delitos mayores ... existe amenaza inminente de violación a su vida privada, secreta de comunicaciones y confidenciabilidad, al emitirse Las respuestas de Los organismos que están obligados a evacuar Las solicitudes del Ministerio Publico. DERECHO DE LA DEFENSA Y AL DEBIDO PROCESO ... la Fiscal 129 del Ministerio Publico, patriciaV. con sus actuaciones a vulnerado contra mi representado la garantía del debido proceso en casi todas sus formas cuando investiga un hecho, contrato compra-venta, absolutamente permitido por Las leyes de la Republica Bolivariana de Venezuela, lo cual no constituye ningún delito 0 falta previsto previamente ... investiga un contrato de compra-venta de eminente naturaleza civil ante la jurisdicción penal, violando con ello el juez natural, dado que existir algún cuestionamiento en cuanto a su validez la acción debe ser tramitada ante la jurisdicción civil y mercantil y no ante la penal; investiga a mi representado en un proceso penal en el cual en nada guarda relación ... CAPITULO V SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE URGENCIA ... solicito a este Honorable Tribunal que mientras dure el procedimiento para sustanciar la presente acción de amparo constitucional contra decisiones judiciales lesivas y hasta la sentencia definitiva, se dicte con carácter de extrema urgencia medida cautelar innominada, de conformidad con lo establecido en el articulo 588 del Código de Procedimiento Civil ... se Oficie a Los organismos indicados supra, para que se abstengan de evacuar solicitudes remitidas mediante Oficios dirigidos a la Registradora Inmobiliaria de El Hatillo, al Ministerio de Interior y Justicia, a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, al jefe de Departamento de Avaluos y a la ISSPOL, y en caso de que alguno de dichos organismo en cumplimiento de Las mismas hubiese Oficiado a otra institución se sirvan remitirles comunicación informándole de la solicitud de abstención en su evacuación y se ordene a la Fiscal 129 del Ministerio Publico, Patricia se abstenga hasta tanto culmine en el presente caso de continuar con la investigación alguna contra mi representado e igualmente relativa a la operación propia de compra venta ... CAPITULO VI PETITORIO FINAL ... solicitamos que esta acción de amparo sea declarada con Lugar en el fondo, declarando nulos y remitiendo Oficios a Los organismos involucrados dejando sin efecto: -Oficio a la Registradora Inmobiliaria de El Hatillo, solicitando información clara y detallada sobre como se efectuó el pago de dicho inmueble- Oficio al Jefe del Departamento de Avaluos del CICPC, a Los fines que funcionarios de la Division se trasladen a la referida casa ubicada en el Alto Hatillo y practiquen Avaluo Real de dicho inmueble. - Oficio al Ministerio del Interior y Justicia, requiriendo Los Antecedentes Penales de mi representado ciudadano P.A.P.S..- Oficio a SIPOL, requiriendo Los posibles registros y solicitudes policiales de mi representado ciudadano P.A. PEÑUEIA SALAZAR.¬ Oficio dirigido a la Superintendencia de bancos y Otras Instituciones Financieras, mediante el cual solicita se informe si mi representado P.A.P.S. posee cuentas bancarias en la Republica Bolivariana de Venezuela. Se ordene a la Fiscal 129 del Ministerio Publico, P.V. no continuar en el referido proceso con investigación alguna contra mi representado, ni continuar con investigación alguna en lo relativo al contrato de compra-venta, y se le releve de la investigación por haber demostrado absoluta arbitrariedad, abuso y extralimitacion de competencias ... " ,

    Acción ésta que condujo a...

  2. LA RECURRIDA.-

    Fue dictada por el Juzgado 4º de Juicio de este Circuito el 29-10-07...

    “...consideró esta Juzgadora que dicho poder no era suficiente a los fines de ejercer su representación de manera efectiva y valida, así como se han establecido en sentencias del tribunal Supremo de Justicia las cuales se harán referencia en el texto de esta decisión, así como también dicho poder fue consignado solo en copia simple.- A los fines de corregir la omisión o aclaratoria, ante señalada la Apoderada Judicial, contó con un lapso de CUARENTA Y OCHO (48) HORAS siguientes a su notificación, conforme al contenido el articulo 19 de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales.

    En fecha 26-10-07, compareció por ante este Tribunal, siendo las 12:30 horas de la tarde, DRA. A.I., Abogado en ejercicio y de este domicilio, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano P.A.P.S., quien se dio por notificada del auto dictado por este Tribunal, de fecha 24-10-07. - Siendo que en el día de hoy la misma no se presentó ante este tribunal, a los fines de dar cumplimiento a la omisión y aclaratoria, la cual fue ordenada en auto de fecha 24-10-07, así como también se observa que no fue presentado, el original del poder conferido.-

    Delineados como han sido los derechos jurídicos y constitucionales presuntamente violados, y considerando que los mismos son afines con la materia de la competencia de los Tribunales Unipersonales en funciones de Juicio, por tratarse no exclusivamente de una acción de amparo a la libertad y seguridad personal como único medio idóneo y capaz de solventar la situación jurídica que consideran infringida, los cuales son de la competencia única y exclusiva de los Tribunales de Primera Instancia en funciones de Control, desde la entrada en vigencia del Código Orgánico Procesal Penal, por disposición del articulo 64, en consecuencia se considera que este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, es competente para conocer de la presente solicitud de A.C. por la violación o inminencia de violación de derechos constitucionales sobre la base de bienes jurídicos superiores de tutela exclusiva del Derecho Penal todo de conformidad con los Artículos 27,51, Y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, y los Artículos 2, 7 y 18 de la Ley de Amparo y Garantías Constitucionales, y el Articulo 64 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser derechos afines a la naturaleza misma de la competencia material de los Tribunales de Juicio, debiendo a continuación pronunciarse respecto a la admisibilidad de la acción:

    (...)

    ...considera esta Juzgadora que del Poder conferido antes transcrito se determina que existe una deficiencia en el mismo, por no delimitar suficientemente la facultad en relaci6n a poder ejercer Acción de A.C., ya que se ha establecido que la Acción de A.C., es una acción aut6noma que debe quedar bien definida dicha facultad en el poder conferido, siendo asi, considera esta Juzgadora que la ciudadana DRA. A.I., Abogado en ejercicio y de este domicilio, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano P.A.P.S., no subsanó tal omisión o aclaratoria ordenada por este Juzgado en fecha 24-10-07, así tampoco consignó el poder original que le faculta el ejercicio de tal Acción de A.C., es por lo cual considera esta Juzgadora que no cumplió con dicha orden en el lapso establecido en el articulo 19 de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales, que establece:" Si la solicitud fuere oscura o no llenare los requisitos exigidos anteriormente especificados, se notificara al solicitante del amparo para que corrija el defecto u omisión dentro del lapso de cuarenta y ocho horas siguientes a la correspondiente notificación. Si no lo hiciere, la acción de amparo será declarada inadmisible, en consecuencia no demostró tener la legitimación activa suficiente para el ejercicio de dicha acción, es en tal sentido considera esta Juzgadora que lo procedente y ajustado a derecho en este caso es DECLARAR LA INADMISIBILIDAD DE LA PRESENTE ACCION DE AMPARO, interpuesto por la ciudadana DRA. A.I., Abogado en ejercicio y de este domicilio, de fecha 16-10-07, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano P.A.P.S., contra actos lesivos al derecho de honor y privacidad, secreta de comunicación, de defensa y debido proceso y de juez natural del ciudadano P.A.P.S., emanados por la ciudadana DRA. P.V.G., en su carácter de Fiscal 1290 del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, por incumplimiento del articulo 19 en relación con el articulo 18, numeral 1, ambos de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales, relacionado a la falta de suficiente identificación del poder conferido

    ...,

    Decisión que fue impugnada por la Accionante...

  3. LA APELACIÓN INTERPUESTA.-

    “Consta de las actas procesales, que en fecha 26 de octubre de 2007 me doy por notificada (Folios 127 y 128), e indico respetuosamente al Juzgado que el poder que me fuere conferido por mi poderdante es amplio y suficiente para intentar cualquier tipo de acciones o demandas ante cualquier Tribunal de la Republica Bolivariana de Venezuela, encontrándose comprendidas dentro de tales facultades la de interponer recurso de amparo, y que, las facultades que me fueron conferidas conforme al instrumento poder que cursa en autos me facultan , inc1uso, para sustituir y otorgar poder especial para cualquier acción o demanda en representación de mi poderdante a cualquier abogado de la Republica, por lo que resultaría absurdo pretender que quien ostente un poder con amplias facultades se otorgue un poder especial a sí mismo, en virtud de lo cual se le solicitó reconsiderara la subsanación solicitada por no ser ajustada a derecho. Igualmente, se le ratificó a la ciudadana Juez, la celeridad de los recursos de amparo, dado el rango de las violaciones que se denuncian a través de un amparo constitucional y la necesidad inminente de protección y reestablecimiento de la situación o situaciones jurídicas infringidas.

    Posteriormente, en fecha 29 de Octubre de 2007, la Juez de Juicio procedió a dictar el fallo objeto del presente recurso de apelación, y a establecer que en virtud de no haberse subsanado la omisión 0 aclaratoria ordenada mediante sentencia de fecha 24/10/07 procede a declarar Inadmisible el Recurso de Amparo por incumplimiento del articulo 19 en relación con el articulo 18 numeral 1 de la Ley Orgánica Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

    Ciudadanos Magistrados, óbice de que el Juzgado de Juicio procedió a dictar el fallo el 29/10/2007, constando que la notificación que se me hiciere como apoderada agraviada se realiz6 el 26/1 0/2007, es decir, se dictó el fallo sin haber transcurrido las Cuarenta y Ocho Horas que a los fines de la subsanación se concedieron, ya que conforme a sentencia reiterada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (de fecha 24/07/2004), ni los sábados, ni los domingos son hábiles para actuaciones en el proceso de amparo, el Juzgado de Juicio procede a obviar en forma absoluta el escrito de consideraciones presentado en fecha 26/10/2007 ,donde se exponen argumentos de hecho y derecho relativos a la subsanación requerida, sin señalarlos, ni indicar pronunciamiento alguno en relación a los mismos.

    Amen de lo anterior, el fundamento que sirvió al Juzgado de Juicio relativo a la insuficiencia del poder que me acredita como apoderada del ciudadano P.A.P., por requerirse conforme lo establece el fallo objeto de apelación, de un poder especial para interponer una acción de amparo, no es ajustado a derecho, como tampoco son acordes ni se subsumen a el caso de marras las sentencias que son citadas como fundamento de la decisión, ya que las mismas se refieren a casos en los cuales los actuantes en amparo ostentaban la representación para una acción especial y especifica, y no a la inversa como ocurre en el presente caso.

    Consta de las actas procesales que el poder que acredita mi representación judicial establece: (. . .) Que confiero poder especial pero amplio y bastante en cuanto a derecho se requiere a ……….., para que en mi nombre y representación defiendan mis derechos e intereses ante los Tribunales de Justicia de la Republica de Venezuela, en todos los asuntos judiciales que puedan presentárseme. En virtud del presente mandato, quedan facultadas mis referidas apoderadas para demandar, oponer y contestar excepciones o convenciones…… seguir el juicio o los juicios en todas sus instancias e incidencias. Haciendo uso de los recursos ordinarios o extraordinarios. Incluso el de Casación. Y hacer en fin todo cuanto yo mismo haría para la mejor defensa de mis derechos e intereses ... "( Subrayado y Negrillas mío).

    En el caso subjudice, no cabe duda que la representación judicial que me fue conferida por el ciudadano P.A.P., tal como lo indica el poder que acredita mi representación, es amplia y suficiente para intentar cualquier acción 0 demanda judicial ante cualquier Tribunal de la Republica, por lo que mi representación en el presente proceso para interponer el recurso de amparo es suficiente y valida, y al requerir un poder especial para tal fin se están estableciendo restricciones no previstas en ninguna normativa (donde no distingue el legislador no le esta dado hacerlo al interprete), y contrariando sentencias reiteradas de nuestro Tribunal Supremo de Justicia.

  4. MOTIVACION PARA DECIDIR.-

    Como se narró arriba, en la causa que nos ocupa, una abogada, que alude su condición de apoderado Judicial de un ciudadano, Peñuela, acciona en Amparo, en contra de una Fiscalía del Ministerio Público, por su supuesta actuación en una causa penal instaurada en la que fungen de supuestos victimario y victima, Oti Loza y Aluicio, respectivamente, causa en la que se vería perjudicado patrimonialmente el accionante Peñuela. Es así, que en la recurrida, se inadmitió dicha acción, en el cuestionamiento del Poder presentado por la profesional del derecho Ibarra para accionar en amparo.

    Pero es el caso que, posteriormente a tal interposición de la acción, y de la propia impugnación de la decisión que la hacia inadmisible, dicha abogado Ibarra comparece ante esta Sala, como Tribunal Constitucional de Alzada, manifestando desistir de la acción.

    Ahora bien, en Autos se evidencia que el Juzgado de la recurrida, el 24-10-07 libra Despacho Saneador, conforme al Artículo 19 de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales...

    ...en relación al señalamiento de la suficiente identificación en el poder conferido en relación a la Acción de A.C., y consignación del poder en original, para lo cual se le otorga un lapso de CUARENTA Y OCHO (48) HORAS, a contar desde la fecha y hora de la notificación

    ...,

    lo que le fue notificado a la accionante el 26-10-07, a las 12:30 p.m, siendo que el referido Juzgado 4º de Juicio de este Circuito, dictó la accionada el 29-10-07.

    Es decir, conforme al Despacho Saneador notificado a la accionante el 26-10-07, el Juzgado debió esperar el transcurrir de la totalidad de los dos (2) días hábiles siguientes de su Despacho, para verificar el saneamiento o no, de lo solicitado a la Accionante. Recuérdese que en este caso el Juzgado Constitucional competente para conocer la acción es un Juzgado de Juicio, el que por atribución del Artículo 172 del Código Orgánico Procesal Penal, no tiene como días hábiles, “...los sábados, domingos y días que sean feriados, conforme a la ley, y aquellos en los que el tribunal resuelva no despachar”... . Vale decir entonces que notificada la accionante del Despacho Saneador el 26-10-07, es de calendario que los dos (2) días siguientes fueron el sábado 27 y el domingo 28 de Octubre de 2007; siendo que, entonces, la accionante contaba hasta el Martes 30 de Octubre de 2007, para sanear lo solicitado por el Juzgado.

    Es así que el Juzgado 4º de Juicio de este Circuito, como Tribunal Constitucional, no aguardó hasta esa fecha para esperar el saneamiento, sino que, contrario a ello, decidió antes, el 29-10-07, la hoy apelada.

    La espera del transcurrir de la totalidad de los días hábiles en los que se hallan las 48 horas para sanear un amparo, ha sido impuesto por el precedente vinculante que proviene de las decisiones del M.I. de la Constitucionalidad en nuestro País, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. En efecto, en la famosa Sentencia 1816 del 20-10-06, dicha Sala le dio interpretación al Artículo 27 Constitucional, en precedente vinculante...

    ...esta Sala señaló en sentencia de fecha 1º de febrero de 2000, donde se adaptó el procedimiento de amparo constitucional señalado en la Ley Orgánica de A. sobreD. y Garantías Constitucionales a la vigente Constitución, en particular a sus artículos 26, 27 y 49, que ni los sábados, ni los domingos, ni los días de fiesta contemplados en la Ley de Fiestas Nacionales publicada en la Gaceta Oficial N° 29.541 del 22 de junio de 1971, serían hábiles para actuar en el proceso de amparo, ya que se considera que el único aparte del artículo 13, chocaba con postulados constitucionales, en particular, con el derecho de defensa, y sólo una interpretación procedimentalista, rígida, dogmática y aislada de los principios, puede concebir que el artículo 13 señalado, se aplique en cuanto a los cómputos de los términos procesales, en forma literal (Vid. sentencia N° 501/31.5.2000)

    ...

    Pero es que, por lo demás, siendo que en la recurrida se declaraba inadmisible la acción de amparo, por no constar el Poder Original que el accionante Peñuela le concede a su Abogada Ibarra para accionar, este razonamiento es contrario también a lo interpretado en jurisdatio en el mencionado fallo de la Sala Constitucional. Así, en la mencionada Sentencia se especificó que...

    “...ante la importancia de lo expedito del juicio de amparo, ha sido la práctica de esta Sala y con base en la no sujeción a formalidades y en búsqueda de la celeridad en los procesos de amparo, tal como lo exige el artículo 27 de la Constitución, que en caso de no consignarse las copias certificadas al momento de interponerse la solicitud de amparo constitucional, se exhorta a la(s) parte(s) accionante(s) a que presente(n) los documentos auténticos al momento de la audiencia oral (Vid. entre otras sentencia N° 332/26.2.2002 y N° 1781/5.8.2002).

    1. - ORDENA incluir mención destacada de este fallo en el sitio oficial de Internet de este Tribunal Supremo, con la siguiente indicación: “Sentencia de la Sala Constitucional que reitera el criterio vinculante sobre el cómputo de los días en materia de amparo constitucional”...

    Ahora bien, ya riela en el Expediente el Poder Autentico que Peñuela le confirió a la Dra. Ibarra para accionar en Amparo autenticado el 3-8-07 por ante la Notaría Publica 7ª del Municipio Baruta de esta Ciudad. Y en el mismo se especifica que además de ser éste un Poder Especial, se le otorga a la apoderada la expresa facultad de “desistir” .

    El desistimiento de la acción de amparo es una posibilidad cierta conforme al Artículo 25 de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales, siendo que solo el “...malicioso o el abandono del trámite por el agraviado será sancionado”..., lo cual no es el caso que nos ocupa, relatándose en la narrativa de este fallo el interés del accionante en proseguir la causa, que conllevo otros derroteros habida cuenta la transacción verificada en vía civil, a favor del accionante Peñuela, expuesta también en la narrativa de este fallo.

    Entonces, siendo expreso el desistimiento como curso procesal, conforme al Encabezado del Artículo 25 de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales, no otro asunto le corresponde a este Juzgado que homologar la voluntad expresa de la accionante y así acordar el Desistimiento de la Acción de Amparo conocida, toda vez que mal puede interpretarse que (a) hay afectación de las buenas costumbres en no continuar con una acción de amparo en reclamo de derechos patrimoniales, cuando el ejercicio de tales derecho se verificó en vía civil por transacción suscrita por el accionante Peñuela, y (b) por otra parte, en lo que atañe a verificar si aún con el desistimiento hubo violación “...de un derecho de eminente orden público”..., ello no se patentiza en la acción puesto que solicitadas las actuaciones originales de la causa, en ellas se percibe que la Fiscalía del Ministerio Público actuó conforme a las pautas que le imponía el Código Orgánico Procesal Penal y la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una V.L. deV..

    Por ello esta Sala, en atención al Artículo 27 Constitucional, y el Artículo 25 de la Ley Orgánica de A. sobreD. y Garantías Constitucionales, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DE LA ACCION DE AMPARO conocida por el Tribunal 4º de Juicio de este Circuito, interpuesta por la Abg. A.I., quien en autos consta es apoderada judicial del colombiano, domiciliado en Miami, Estados Unidos de América, P.P., causa que conoció esta Sala por apelación interpuesta en contra de la decisión dictada por el Juzgado 4º de Juicio de este Circuito, el 29-10-07, mediante la cual había declarado...

    …LA INADMISIBILIDAD DE LA PRESENTE ACCION DE AMPARO, interpuesto por la ciudadana DRA. A.I., Abogado en ejercicio y de este domicilio, de fecha 16-10-07, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano P.A.P.S., contra actos lesivos al derecho de honor y privacidad, secreta de comunicación, de defensa y debido proceso y de juez natural del ciudadano P.A.P.S., emanados por la ciudadana DRA. P.V.G., en su carácter de Fiscal 1290 del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, por incumplimiento del articulo 19 en relación con el articulo 18, numeral 1, ambos de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales, relacionado a la falta de suficiente identificación del poder conferido…

    ,

    habida cuenta la diligencia recibida por esta Sala el 3-2-08, de parte de la Dra. Ibarra...

    ...actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano P.A.P....y respetuosamente expone: Suficientemente facultada por mi poderdante para este acto, tal como consta del Instrumento Poder ut supra señalado que acredita mi persona cursante en autos procedo en nombre y representación de mi mandante a desistir del presente procedimiento

    ...,

    ASI SE DECIDE.-

    DISPOSITIVA

    En virtud de los razonamientos antes expuestos esta Sala Nº 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley,

    En atención al Artículo 27 Constitucional, y el Artículo 25 de la Ley Orgánica de A. sobreD. y Garantías Constitucionales, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DE LA ACCION DE AMPARO conocida por el Tribunal 4º de Juicio de este Circuito, interpuesta por la Abg. A.I., quien en autos consta es apoderada judicial del colombiano, domiciliado en Miami, Estados Unidos de América, P.P., causa que conoció esta Sala por apelación interpuesta en contra de la decisión dictada por el Juzgado 4º de Juicio de este Circuito, el 29-10-07, mediante la cual había declarado...

    …LA INADMISIBILIDAD DE LA PRESENTE ACCION DE AMPARO, interpuesto por la ciudadana DRA. A.I., Abogado en ejercicio y de este domicilio, de fecha 16-10-07, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano P.A.P.S., contra actos lesivos al derecho de honor y privacidad, secreta de comunicación, de defensa y debido proceso y de juez natural del ciudadano P.A.P.S., emanados por la ciudadana DRA. P.V.G., en su carácter de Fiscal 1290 del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, por incumplimiento del articulo 19 en relación con el articulo 18, numeral 1, ambos de la Ley Orgánica de A.S.D. y Garantías Constitucionales, relacionado a la falta de suficiente identificación del poder conferido…

    ,

    habida cuenta la diligencia recibida por esta Sala el 3-2-08, de parte de la Dra. Ibarra...

    ...actuando en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano P.A.P....y respetuosamente expone: Suficientemente facultada por mi poderdante para este acto, tal como consta del Instrumento Poder ut supra señalado que acredita mi persona cursante en autos procedo en nombre y representación de mi mandante a desistir del presente procedimiento

    ...,

    Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente decisión, notifíquese de la misma a las partes y remítase en su oportunidad legal. Notifíquese, de igual manera a los ciudadanos: J.A.G.R., L.O.V., V.A., A.O.L., L.O. y B.D.N.. Insértese la decisión original en el Cuaderno de la Especial Acción que será remitido al Juzgado 4º de Juicio de este Circuito. Inserte, asimismo, copia certificada de este fallo tanto en las actuaciones que provinieron del Juzgado 3º de Control de este Circuito, como las que provinieron de la Fiscalía 4ª del Ministerio Público, a cuyos entes se remitirán tales actuaciones, respectivamente. Remítase al Juzgado 4º de Juicio de este Circuito, en su oportunidad, las resultas de las notificaciones Cúmplase por Secretaría.

    EL JUEZ PRESIDENTE

    PONENTE

    DR. ANGEL ZERPA APONTE

    EL JUEZ EL JUEZ

    DR. J.A. DUGARTE R. DR. J.C. VILLEGAS

    LA SECRETARIA

    ABG. M.S.G.

    En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

    LA SECRETARIA

    ABG. M.S.G.

    AZA/JADR/FCS/AL/legm.-

    CAUSA N° 2224-07.-

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