Decisión nº S-No. de Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo. Extensión Tucacas. de Falcon (Extensión Tucacas), de 11 de Enero de 2007

Fecha de Resolución11 de Enero de 2007
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo. Extensión Tucacas.
PonenteLuis Bautista Zambrano Roa
ProcedimientoDivorcio 185-A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN

Tucacas, 11 de Enero de 2007

Años: 196° y 147°

EXPEDIENTE No.: 2583

SOLICITANTES: O.E.B.-CAMBIAZO FIERRO

Y M.E.L.A.

ABOGADO ASISTENTE: B.L.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

I

Mediante escrito presentado en fecha 30 de Noviembre de 2006, por los ciudadanos O.E.B.-CAMBIAZO FIERRO y M.E.L.A., chileno el primero y venezolana la segunda de los nombrados, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-82.044.323 y 11.752.978, respectivamente, de este domicilio, debidamente asistidos por el abogado B.L., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 40.011, manifestaron estar separados de hecho y no haber llevado vida común desde hace más de cinco años, por estos motivos y con fundamento a lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil; solicitaron se decretara la disolución del vínculo matrimonial.

Manifestaron en su escrito de solicitud de divorcio que durante su unión conyugal no procrearon hijos ni adquirieron bienes.

Por auto de fecha 04 de Diciembre de 2006, se admitió dicha solicitud, y se libró Boleta de Notificación a la ciudadana Fiscal Décima Octava del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, para que compareciera dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a exponer lo conducente.

En diligencia de fecha 09 de Enero de 2007, el Alguacil de este Tribunal Consignó Boleta de Notificación debidamente firmada por la ciudadana N.U., en su condición de Auxiliar Administrativo I de la Fiscalía Décima Octava del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial.

En fecha 09 de Enero de 2007, compareció el abogado J.L.L.C.V., en su carácter de Fiscal Auxiliar Décimo Octavo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y presentó escrito en el cual expone que esa Representación Fiscal no hace objeción alguna para que se declare con lugar el divorcio en el lapso correspondiente.

En fecha 10 de Enero de 2007, se agregó a los autos del expediente el escrito consignado por el Fiscal Quinto del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial.

II

Por cuanto se han cumplido todos los requisitos y procedimiento exigidos en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, formulada por los ciudadanos O.E.B.-CAMBIAZO FIERRO y M.E.L.A., chileno el primero y venezolana la segunda de los nombrados, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. E-82.044.323 y 11.752.978, respectivamente, de este domicilio, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el día diez (10) de Febrero de 1999, fecha en que contrajeron matrimonio por ante la Prefectura del Municipio Autónomo J.L.S.d.E.F..

No se hace pronunciamiento sobre hijos por no constar en autos su existencia.

Liquídese la comunidad conyugal.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Tucacas, a los once (11) días del mes de Enero de 2007. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

El Juez,

Dr. L.B. ZAMBRANO ROA.

La Secretaria

Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO

En la misma fecha de hoy, 11-01-2007, se dictó y publicó decisión.

Secretaría

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR