Decisión nº 2M-112-07 de Tribunal Tercero de Juicio Los Teques de Miranda, de 15 de Junio de 2009

Fecha de Resolución15 de Junio de 2009
EmisorTribunal Tercero de Juicio Los Teques
PonenteEduviges Claret Fuenmayor de Polidor
ProcedimientoSentencia Condenatoria

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

JUZGADO TERCERO ITINERANTE EXTENSIÓN LOS TEQUES

Corresponde a este Juzgado fundamentar la Sentencia Condenatoria, cuyo dispositivo fue pronunciado en fecha 28 de Mayo de 2009, una vez culminado el Juicio Oral y Público celebrado en la presente causa, conforme a lo dispuesto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, cumpliendo para ello con los requisitos exigidos en el artículo 364 ejusdem y en consecuencia, pasa a pronunciarse en los términos siguientes:

CAPÍTULO “I”

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES

ACUSADO: S.A.G.B., de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques Edo. Miranda, donde nació el 15-08-88, de 20 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Indefinida, residenciado en el sector El Jockey, La Macarena, casa Nro. 17, Los Teques, Estado Miranda y titular de la cédula de identidad Nro. V-19.739.149.

DEFENSA: Dr. M.C., Defensor Público Penal Itinerante Penal del Estado M.E.L.T..

FISCAL: Dra. K.N.H.P., Fiscal Sexagésima Primera del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, con comisión ampliada por la ciudadana Fiscal General de la República Dra. L.O.D., para actuar en el Estado Miranda.

VÍCTIMA: D.N.G.L..

CAPÍTULO “II”

ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS OBJETO DE JUICIO

Constan en el Expediente, escrito de acusación presentado por el Dr. M.B.G., en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en contra del ciudadano S.A.G.B., por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano D.N.G.L., la cual fue explanada en la audiencia de apertura del juicio oral y público, por la Dra. K.N.H.P., Fiscal Sexagésima Primera del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, con comisión ampliada por la ciudadana Fiscal General de la República Dra. L.O.D., para actuar en el Estado Miranda, en los siguientes términos:

Esta Representación Fiscal ratifica la acusación presentada en contra del ciudadano S.A.G.B., por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, la cual fuera debidamente admitida por el Tribunal Sexto de Control de este Circunscripción Judicial, en fecha quince (15) de noviembre de (2007), en virtud a los hechos que dieron lugar en fecha veinte (20) de septiembre de (2007), el ciudadano G.L.D.N., se encontraba en su vehículo tipo moto, marca Único, Modelo MATRIX, de uso particular, color azul, placas ABL-025, serial de carrocería LJ4TCKPJ46J000633, en el estacionamiento de su residencia ubicada en el parque residencial El Encanto, primera etapa, edificio Caracas, Los Teques, Estado Miranda, cuando el imputado G.B.S.A., en compañía de otro ciudadano, se le acercó a la víctima agarrándolo por el cuello, y el hoy acusado golpeándolo en la cabeza con un arma de fuego y esgrimiendo la misma bajo amenaza de muerte o de un grave daño a su integridad física, le gritó a viva voz que era un asalto y que se bajara de la moto, la víctima buscando su defensa forcejeó con el imputado a los fines de repeler su acción delictiva, y luego unos vecinos del sector que observaron lo ocurrido, abordaron al imputado y llamaron a la policía, por lo que los funcionarios G.N. y Perales Douglas, practicaron su aprehensión. Por todo lo antes expuesto esta representación fiscal precalifica el hecho como TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en contra del ciudadano acusado de autos, quien se encuentra debidamente identificado en autos, de igual forma, en el transcurso del juicio se demostrará la culpabilidad o la inculpabilidad penal del acusado de autos, del hecho que hoy se le acusa, en tal sentido solicito que se evacuen los medios de pruebas, los cuales fueron debidamente admitidos por el Tribunal de Control, es todo

Una vez presentadas las argumentaciones que sustentan el acto conclusivo de proponer la correspondiente acusación por parte del Representante del Ministerio Público, procedió el Dr. M.C., Defensor Público Penal Itinerante Penal del Estado M.E.L.T., en su carácter de defensor del acusado S.A.G.B., a contestar la misma alegando entre otras cosas lo siguiente:

Efectivamente escuchada la pretensión del Ministerio Público, la defensa va a hacer formal oposición, ya que el mismo fue aprehendido, en fecha quince (15) de noviembre de (2007), por la comisión del delito, una vez dicho esto la defensa afirma que mi defendido, lo asiste la presunción de inocencia, el cual no la acompañara solo hoy, sino en todo el juicio penal, en el cual se demostrara su inocencia o culpabilidad, el mismo esta asistido por el artículo 49 numeral 2, de la Constitución de la República Boliviana de Venezuela, el cual establece que todo persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario, en este acto se oirán todos y cada uno de los órganos de pruebas, los cuales servirán para que el Ministerio Público, teniendo como carga, demuestre la culpabilidad o inocencia de mi defendido, es todo

Conforme a la narración que de los hechos efectuara la Dra. K.N.H.P., Fiscal Sexagésima Primera del Ministerio Publico del Área Metropolitana de Caracas, con comisión ampliada por la ciudadana Fiscal General de la República Dra. L.O.D., para actuar en el Estado Miranda y que fueron base para que el Dr. M.B.G., en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, arribara al acto conclusivo de proponer la correspondiente acusación, fueron presentados los siguientes elementos de prueba, debatidos en el acto del Juicio Oral y Público, con plena observancia de todos los Derechos y Garantías consagrados tanto en los Principios establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, así como en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de los cuales se realizará un breve resumen, a los fines de determinar con precisión los hechos comprobados en dicho acto.

Acto seguido, fue impuesto el acusado S.A.G.B., de sus derechos consagrados en el artículo 125 del Código Orgánico Procesal Penal y del contenido del artículo 49 Ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, explicándosele en palabras claras y sencillas el hecho que se les atribuye, quien manifestó al Tribunal, su deseo de no rendir declaración.

Con posterioridad a que el acusado se abstuviera de rendir declaración, de conformidad con lo establecido en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal, fueron llamados a declarar los testigos promovidos por la Representante del Ministerio Público y por la Defensa en el Proceso, quienes depusieron el conocimiento que tuvieron de los hechos, en los siguientes términos:

En primer lugar, declaró el funcionario C.S.C.E., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

Ratifico el contenido y firma explanados en la inspección técnica Nro. 2216. En cuanto a su contenido, dicha inspección fue realizada en el estacionamiento del Cuerpo de Investigaciones, Penales y Criminalísticas, a un vehículo automotor con las siguientes características: marca ÚNICO, modelo MATRIX, uso PARTICULAR, color azul, placa ABL-025, serial de carrocería LJ4TCKPJ46J000633, esta al ser inspeccionada en su parte externa, se aprecia en regular estado de conservación y uso, es todo

Seguidamente, el representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

Primera pregunta: ¿Cuál es objetivo de la inspección técnica realizada? Contestó: Dejar constancia del vehículo, en cuanto a sus características y estado de uso. Segunda pregunta: ¿Usted vio el vehículo? Contestó: Si. Tercera pregunta: ¿Le realizó la inspección al vehículo automotor, en el estacionamiento del Cuerpo de Investigaciones, Penales y Criminalísticas? Contestó: Si. Cuarta pregunta: ¿Recibió alguna orden para realzar la inspección? Contestó: Si, uno recibe la orden y se le realiza. Quinta pregunta: ¿El serial de carrocería es observado o peritado por otra persona? Contestó: Es observado. Sexta pregunta: ¿Además de la observación física de la unidad, se le presenta un documento de propiedad, a los fines de certificar que viene de un hecho delictivo? Contestó: El vehículo no los presenta, cuando vienen de un hecho delictivo, es todo

Acto seguido, el defensor del acusado S.A.G.B., pasa a interrogar de la siguiente manera:

Primera pregunta: ¿En el traslado del vehículo, se puede sufrir el peligro de que se modifique los seriales del vehículo? La representante del Ministerio público realizo objeción, quien en su fundamento explico, se le solicita a la defensa que se limite a interrogar al experto de manera directa y a lo relacionado, en cuanto a su actuación, dicha objeción es declarada por la Juez, con lugar; continuando con el interrogatorio. Segunda pregunta: ¿Quién hace el traslado? Contestó: Si es una policía Estadal o Municipal lo trasladan ellos, si es el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, lo trasladan ellos. Tercera pregunta: ¿Tiene conocimiento de quien lo trasladó? Contestó: No recuerdo. Cuarta pregunta: ¿A modo de ilustrar a la partes, porque la inspección no se hace en el lugar de los hechos y se hace en el despacho? Contestó: Porque no se notifica que el vehículo, fue aparcado en el despacho. Quinta pregunta: ¿En la inspección que realizó, se puede determinar de quien es la propiedad? Contestó: No, es todo

Posteriormente, declaró el funcionario PAREDES G.D.A., quien estando legalmente juramentado, de conformidad con lo establecido en los artículos 355 y 356 del Código Orgánico Procesal Penal, expuso:

El procedimiento se originó al momento en que recibimos una llamada, en la cual nos notificaron que estaba sucediendo algo en la urbanización El Encanto, cuando llegamos a la urbanización, había una aglomeración de personas, la cual nos señalaron a unas personas, manifestando que había pasado algo, después en la revuelta de la gente se pudo ver a un sujeto golpeado en la cabeza, cuando le preguntamos al sujeto qué era lo que había pasado, es nos dijo que unos sujetos le quería quitar la moto, también nos dijo que unos de ellos estaban armados, se detuvo al sujeto, se llevo a la comandancia y después se puso a la orden del Ministerio Público, es todo

Seguidamente, el representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

Primera pregunta: ¿Quién le informó sobre el procedimiento? Contestó: La central. Segunda pregunta: ¿Qué hora era? Contestó: En horas de la tarde. Tercera pregunta: ¿Dónde se encontraba cuando recibieron la llamada? Contestó: En el Cabotaje. Cuarta pregunta: ¿Qué distancia hay entra el cabotaje y el lugar donde sucedieron los hechos? Contestó: Llegamos en tres (03) minutos. Quinta pregunta: ¿Estaba en motos separadas o en la misma moto? Contestó: No recuerdo. Sexta pregunta: ¿Cómo se llama su compañero? Contestó: G.N.. Séptima pregunta: ¿Donde sucedieron los hechos? Contestó: En la entrada de la urbanización El Encanto. Octava pregunta: ¿Qué percataron? Contestó: Que había una aglomeración de personas y un sujeto salió con la cabeza rota y se señaló a un sujeto, que quería robarse una moto. Novena pregunta: ¿Recuerda si le señalaron lo que había hecho el ciudadano? Contestó: Que uno de ellos lo empujó de la moto y el otro lo apuntaba con un arma de fuego y le cayeron a golpes, cuando llegamos al lugar lo aprehendimos. Décima pregunta: ¿Sabe cual fue la acción desplegada por el acusado? Contestó: No recuerdo. Décima Primera pregunta: ¿Después que se aprehendió al sujeto, para donde se traslado el procedimiento? Contestó: Para la comisaría. Décima Segunda pregunta: ¿La moto, se traslado también para la comisaría? Contestó: Si, se trasladó conjuntamente con el sujeto aprehendido. Décima Tercera pregunta: ¿Qué impidió que los sujetos no se llevaran la moto? Contestó: Me imagino que la gente se percató e intervino y del mismo forcejeo la persona, estos lo ayudaron. Décima Cuarta pregunta: ¿Qué pasó con el otro ciudadano? Contestó: Se escapó. Décima Quinta pregunta: ¿Lo siguieron? Contestó: Cuando llegamos al lugar de los hechos, ya no estaba, es todo

Acto seguido, el defensor del acusado S.A.G.B., pasa a interrogar de la siguiente manera:

Primera pregunta: ¿Cuándo llega al sitio donde se aprehendió al sujeto que se encuentra en sala, cual era la cantidad de las personas? Contestó: No recuerdo. Segunda pregunta: ¿Le realizaron alguna revisión en el sitio? Contestó: No recuerdo. Tercera pregunta: ¿La persona que aprehendieron estaba herida? Contestó: No, no estaba herido, la gente querían tomar acciones en contra del ciudadano. Cuarta pregunta: ¿La revisión la hicieron en el lugar o después y en otro lado? Contestó: Creo que la revisión la realizó mi compañero, en el sitio de los hechos. Quinta pregunta: ¿Promovieron a los testigos que estuvieran presentes en el lugar o le tomaron entrevista a las personas? Contestó: No recuerdo, es todo

Igualmente, la ciudadana Juez pasa a interrogar de la siguiente manera:

Primera Pregunta: ¿Al señor que estaba herido lo trasladaron al hospital? Contestó: Si, él estaba consciente. Primera Pregunta: ¿Con que le habían pegado en la cabeza? Contestó: Supuestamente con un arma de fuego, es todo

Posteriormente, declaró el ciudadano D.N.G.L., quien estando legalmente juramentado manifestó:

Yo fui víctima de un atraco de vehículo automotor moto, estaba en mi vivienda, como a las una y treinta (01:30 p.m.) o dos (02:00 p.m.), horas de la tarde, me encontraba hablando con unos vecinos, cuando di la despalda se me acercan dos sujetos vestidos con camisa tipo che mis, uno de ellos tenia un arma de fuego metida en un cuaderno, el segundo joven me agarra por el cuello y me dice que es un atraco, cuando me está empujando, yo no puse mucha resistencia, él me empuja y me caí con la moto, no la pudieron prender porque la swichera estaba mala, el otro sujeto que tenia el arma le dio al gatillo, pero el arma no disparaba, el otro sujeto estaba tratando de llevarse la moto, cuando de repente llegaron unos funcionarios y detuvieron al sujeto, uno de los sujetos me dio con la cacha de la pistola, no me rompieron, después me llevaron al hospital y ahora que estoy en el Tribunal, es todo

Seguidamente, el Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

Primera pregunta: ¿A que hora sucedieron los hechos? Contestó: Una y treinta (01:30 p.m.) o (02:00 p.m.), horas de la tarde. Segunda pregunta: ¿Usted ya se había estacionado en el estacionamiento de su vivienda? Contestó: Si, estaba sentado en la moto. Tercera pregunta: ¿Cuál fue la acción de los dos sujetos? Contestó: Uno me apunta con la pistola, el otro me garra por el cuello y me empujó de la moto, éste le decía al otro que me diera un cachazo. Cuarta pregunta: ¿Quién dijo que le diera un cachazo? Contestó: El que me tenía por el cuello. Quinta pregunta: ¿Cuál sujeto? Contestó: El que tenía atrás. Sexta pregunta: ¿Vio las características físicas del sujeto? Contestó: Si. Séptima pregunta: ¿Vio las características físicas del sujeto que tenía el arma? Contestó: Si. Octava pregunta: ¿Qué pasó después que lo golpearon en la cabeza y quien le pegó? Contestó: Quede desconcertado, el que me golpeó en la cabeza fue el sujeto que tenía el arma de fuego. Novena pregunta: ¿El otro? Contestó: Me golpeó por la espalda y por la costilla. Décima pregunta: ¿Cuanto duró la acción de despojo? Contestó: Fue rápido. Décima Primera pregunta: ¿Habían otras personas que vieran el hecho? Contestó: Si, a esa hora la zona es muy concurrida, ya que hay un colegio cerca del lugar donde sucedieron los hechos. Décima Segunda pregunta: ¿Qué hicieron los sujetos al ver que no prendía la moto? Contestó: Uno de los sujeto le daba al gatillo, pero no salía el tiro, como vi que no podía y vio que llegaba mucha gente, salio corriendo, cuando llego la policía lo detuvieron. Décima Tercera pregunta: ¿A quien agarró la policía? Contestó: Al sujeto que me tenía agarrado por el cuello. Décima Cuarta pregunta: ¿Los sujetos se llevaron alguna pertenencia suya? Contestó: No, no pudieron llevarse nada. Décima Quinta pregunta: ¿Qué herida sufrió? Contestó: Golpes. Décima Sexta pregunta: ¿Recibió asistencia médica? Contestó: Si, fueron pequeños golpes, no recuerdo lo que decía el informe medico. Décima Séptima pregunta: ¿Le dieron reposo medico? Contestó: No me dieron reposo, porque la herida no era profunda. Décima Octava pregunta: ¿Las dos personas que intervinieron en el robo lo agredieron verbal y físicamente? Contestó: Si, ambas. Décima Novena pregunta: ¿Qué le dijeron? Contestó: Uno me decía que me bajara de la moto y el otro me decía que me iba a matar, todo para que soltara la moto. Vigésima pregunta: ¿Cómo quedó emocionalmente? Contestó: Aturdido, estuve dos semanas con dolores y emotivamente tuve mas tiempo, cuando salía creía que me iban a robar. Vigésima Primera pregunta: ¿Cuanto tiempo se pudo retomar su estabilidad y hablar con los funcionarios? Contestó: Como cinco (05) minutos. Vigésima Segunda pregunta: ¿Recibió ayuda de los vecinos? Contestó: Si se acercaron y vieron que no me pasó nada. Vigésima Segunda pregunta: ¿Cuando se enteró, que habían detenido al ciudadano? Contestó: Como a los dos (02) minutos, pude ver que la policía lo habían agarrado, el otro funcionario me llevó para el hospital. Vigésima Tercera pregunta: ¿Qué distancia había del lugar de los hechos y del lugar que lo habían aprehendido? Contestó: Como a unos cien metros (100 mtrs). Vigésima Cuarta pregunta: ¿Vio al sujeto que lo había agarrado por el cuello? Contestó: Si, es el acusado que esta en la sala. Vigésima Quinta pregunta: ¿El acusado que se encuentra en sala, es el sujeto que tenía el arma de fuego o el que lo agarró por el cuello? Contestó: El que me agarró por el cuello, es todo

Acto seguido, el defensor del acusado S.A.G.B., pasa a interrogar de la siguiente manera:

Primera pregunta: ¿Hace referencia que vio a la policía, quien vio a la policía? Contestó: Cuando llegó la policía, yo estuve diez (10) minutos convaleciente, yo vi a la policía que tenia al sujeto, como a unos sesenta metros (60 mtrs). Segunda pregunta: ¿Tiene conocimiento de quien le avisó a la policía, de los hechos? Contestó: No, creo que ellos estaban patrullando. Tercera pregunta: ¿Qué hacías en el sitio y con cuantas personas estaba cuando estacionaste la moto? Contestó: Habían varios vecinos, el mas cercano era uno, luego llegaron los sujetos. Cuarta pregunta: ¿Cuál fue la acción desplegada por el vecino más cercano, al ver tal situación? Contestó: Por el pánico se asomó y vio el hecho, el pensaba que ellos estaba jugando conmigo, cuando vio el arma de fuego, se dio cuenta que me querían robar. Quinta pregunta: ¿Hace referencia de un cuaderno, quien tenía el cuaderno? Contestó: El que tenía el arma, creo que era para esconder el arma. Sexta pregunta: ¿Viste el arma de fuego? Contestó: Si. Séptima pregunta: ¿Dónde te apuntó? Contestó: Como a un metro (1 mtrs) de la cabeza, de frente. Octava pregunta: ¿Al llegar los funcionarios, cuantos llegaron al lugar de los hechos? Contestó: De momento vi uno y después llegó otro en una moto. Novena pregunta: ¿En que llegaron los funcionarios? Contestó: Uno en una unidad y el otro en una moto. Décima pregunta: ¿Cuándo los sujetos desisten de despojarle la moto, que hicieron estos sujetos? Contestó: El sujeto de la pistola jalaba el gatillo, al ver que no dispara, salió corriendo, yo me quedé paralizado al ver esto, yo sentí que estaba muerto. Décima Primera pregunta: ¿El otro se quedo en el sitio? Contestó: Se quedó para llevarse la moto, pero como la swichera estaba dañada, la moto no prendía, lo agarró la policía, yo vi cuando los policías lo aprehendieron. Décima Segunda pregunta: ¿El sujeto fue aprehendido por la policía y no por las personas que estaban en el lugar de los hechos? Contestó: La gente gritaba ladrón párate, párate, y la policía lo agarro, es todo

Igualmente, la ciudadana Juez pasa a interrogar de la siguiente manera:

Primera Pregunta: ¿Usted a sido amenazado? Contestó: No. Segunda Pregunta: ¿Usted tiene miedo de estar en el lugar? Contestó: No. Segunda Pregunta: ¿Cual fue la participación del acusado en su contra? Contestó: Me estaba agarrando por el cuello y no me soltaba, lo que pude ver es que le dio el arma de fuego al otro sujeto. Tercera Pregunta: ¿Quién le dio el cachazo en la cabeza? Contestó: El que tenia alarma de fuego, es todo

Con posterioridad, se llamó a declarar al funcionario G.T.N.A., quien estando legalmente juramentado manifestó:

Ratifico que el contenido y firma explanados en el acta policial, fueron realizados por mi persona. En cuanto a los hechos, yo me encontraba de labores de patrullaje en la unidad motorizada, específicamente en la zona del Encanto, se encontraba la ciudadanía agarrando a un sujeto, la multitud manifestó que el sujeto le quería quitar la moto a un ciudadano, me traslade en moto y mi compañero en una patrulla, al sujeto presente en sala lo tenían unas personas agarrado, me entrevisté con la gente del lugar, los cuales señalaron al sujeto que está en sala, como el que le quería quitar la moto, al otro ciudadano, le practicamos la detención pertinente, luego procedimos a trasladar al agraviado al Hospital, luego remitimos el procedimos para la fiscalía, es todo

Seguidamente, el representante del Ministerio Público pasa a interrogar de la siguiente manera:

Primera pregunta: ¿Cuánto tiempo tardó del llamado que recibió al llegar al sitio de la aprehensión? Contestó: Exactamente, no voy a decir el tiempo, porque no lo se, como diez (10) minutos. Segunda pregunta: ¿Estaba solo o integraba una comisión policial? Contestó: Estábamos realizando un operativo, pero como yo estaba en moto llegué primero y después llegó la patrulla. Tercera pregunta: ¿Cómo se llama el funcionario que estaba con usted? Contestó: No recuerdo. Cuarta pregunta: ¿Cuándo llegó al sitio cual era la cantidad de personas que tenía al sujeto retenido? Contestó: Como siete (07) a (08) personas, después llegaron mas personas para observar lo sucedido, procedimos a resguardar al sujeto aprehendido. Quinta pregunta: ¿Qué tiempo duro el procedimiento? Contestó: El procedimiento duro como cinco (05) a diez (10) minutos, porque se tenía que sacar el ciudadano del lugar porque lo querían golpear. Sexta pregunta: ¿La otra persona se fue, usted vio, que pasó con el ciudadano? Contestó: Nos enteramos del otro ciudadano por los comentarios que nos suministraba la gente. Séptima pregunta: ¿Qué le manifestó el sujeto que estaba golpeado? Contestó: Nos abordo rápidamente y nos dijo lo que había sucedido. Octava pregunta: ¿Estaba la moto? Contestó: Si, estaba en el lugar. Novena pregunta: ¿Qué le manifestó la victima? Contestó: Que se encontraba en el lugar, el dijo que estaba llegando o saliendo y después llegaron los sujetos con un arma de fuego, lo apuntaron y lo amenazaron de muerte, es todo

Acto seguido, el defensor del acusado S.A.G.B., pasa a interrogar de la siguiente manera:

Primera pregunta: ¿Al momento de llegar al sitio de la aprehensión, que la persona que estaba aprendida, lo tenían unas personas? Contestó: A él lo tenían agarrado por las manos. Segunda pregunta: ¿Cuántas personas lo tenían agarrado? Contestó: Siete (07) personas. Tercera pregunta: ¿Entre todas la personas lo tenían agarrado? Contestó: Si, por la contextura física del ciudadano lo ameritaba. Cuarta pregunta: ¿Al momento de llegar, cuantos funcionarios estaba en la unidad vehicular? Contestó: Uno solo. Quinta pregunta: ¿Cuál es el nombre del funcionario? Contestó: Paredes Douglas. Sexta pregunta: ¿Entre el funcionario y usted realizaron el procedimiento? Contestó: Si. Séptima pregunta: ¿En el lugar práctico la correspondiente revisión corporal del sujeto? Contestó: No sabría decir, por cuanto he tenido varios procedimientos, pero mi compañero lo practicó. Octava pregunta: ¿Se encontró algún elemento de interés criminalístico? Contestó: No, pero el elemento criminalístico era la moto, pero arma de fuego o cuchillo, no se le encontró. Novena pregunta: ¿Requirieron algún testigo para que observara la revisión? Contestó: Si, las personas que estaban en el lugar, fue difícil porque la gente estaba agresiva y querían agredir al sujeto aprehendido, por eso pedí apoyo. Décima pregunta: ¿El apoyo llego al lugar de los hechos? Contestó: Si. Décima Primera pregunta: ¿Es decir, intervinieron los ciudadanos? Contestó: No, porque cuando llegaron al lugar ya se lo habían llevado. Décima Segunda pregunta: ¿El sujeto aprehendido estaba herido? Contestó: No. Décima Tercera pregunta: ¿La victima estaba herida? Contestó: El manifestó que estaba herido, pero no se le vio nada de sangre, el dijo que le dolía la cabeza, por el golpe que le habían dado, pero eso lo determina un medico forense, porque lo revisa completamente. Décima Cuarta pregunta: ¿Usted hace referencia que se trasladó la moto, para donde se trasladó la moto del agraviado? Contestó: Para la comisaría de Los Nuevos Teques. Décima Quinta pregunta: ¿Quién realizó el traslado? Contestó: Como lo mencioné anteriormente, en la patrulla ciento cuarenta y cuatro (144) se trasladó al ciudadano y el otro funcionario coordinó para que se llevaran la moto. Décima Sexta pregunta: ¿Recuerda si le hicieron referencia de las personas, que le habían dicho otro sujeto? Contestó: Habían otros sujetos eran muchas, se tomó nota de lo sucedido. Décima Séptima pregunta: ¿Tiene conocimiento de la aprehensión del otro ciudadano? Contestó: Por los radios trasmisores, uno notifica lo que sucede, es todo

Fueron incorporadas para su lectura, de conformidad con lo establecido en el artículo 359 del Código Orgánico Procesal Penal, las siguientes pruebas:

1) Inspección técnica Nro. 2216, inserta al folio (63) de la primera pieza que conforma la presente causa.

Por último, una vez finalizada la etapa de recepción de pruebas en el presente Juicio, fueron presentadas las conclusiones por parte del Representante del Ministerio Público, en los siguientes términos:

En esta sala de juicio se comprobó que el veinte (20) de septiembre del año dos mil siete (2007), a la una treinta (01:30 p.m.), horas de la tarde, en la Urbanización El Encanto, específicamente en la primera etapa, el ciudadano D.N., luego de haber llegado al sitio donde reside, fue abordado por dos ciudadanos, uno con un arma de fuego y el otro agarrándolo por el cuello, a los fines de quitarle la moto, que le pertenecía, tuvo un forcejeo con los ciudadanos, el que tenía el arma de fuego accionó el arma, con suerte para la víctima, el arma no disparó, el acusado constreñía a la víctima, para quitarle la moto, escuchamos en la oportunidad pasada al funcionario Douglas y en escasos momentos el funcionario Newman, con una coherencia manifestó a viva voz, cuando sucedieron los hechos, como llegaron al lugar de los hechos, manifestaron que al llagar al sitio vieron un tumulto de personas que tenían retenido al acusado, manifestaron que habían otra persona que se escapó, también se escuchó la exposición del funcionario C.C., el cual manifestó que en fecha veintiuno (21) de septiembre del año dos mil siete (2007), realizo experticia, aunque el experto no estaba en el lugar de los hechos, este es un elemento que el Tribunal debe estimar, por cual realizo una inspección de un vehículo, tipo moto, el cual fue intentado de robar, es por lo que se compromete la responsabilidad penal del acusado, por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, es por lo que el Ministerio Público solita que se dicte una sentencia condenatoria, es todo

En el mismo acto, la defensa del acusado S.A.G.B., presentó sus conclusiones en los términos siguientes:

El día catorce (14) de mayo del presente año, se dio el inicio del presente acto, en el cual se escucharon todos los órganos de prueba, estos fueron contestes, sin embargo le llama la atención a la defensa, las declaraciones de dichos órganos, si pues, la Fiscal del Ministerio Público, explicó como se suscitaron los hechos, no le queda mas a la defensa que afirmar en cuanto a la consistencia de la declaración de la víctima, en cuanto a la aprehensión de mi defendido, queda la duda de cómo fue la forma o circunstancia de su detención, manifiestan que la aprehensión realizada por la policía fue flagrante, también hace referencia, en cuanto a quien portaba el arma de fuego, cuando en acta quedó constancia de su declaración, cuando en primer lugar se refería a que había una persona que tenía un arma de fuego y el otro sujeto lo agarró por el cuello, logrando tumbarlo al piso con la moto, es por lo que resulta una duda de quien tenía el arma de fuego y quien lo amenazó, es por lo que existe la duda de la acción realizada por mi defendido en los hechos, aun viendo la participación de los funcionarios, que depusieron, si los ciudadanos que vieron los hechos, los cuales no vinieron a sala, a los fines de dejar constancia de lo sucedido ese día, es por lo que existe la duda en cuanto a los hechos que le quieren atribuir a mi defendido, la defensa va solicitar que mi defendido se a juzgado por la sana critica, es una solicitud que hace la defensa, es todo

El Representante del Ministerio Público, ejerció su derecho a réplica en los términos siguientes:

CAPÍTULO “III”

DETERMINACIÓN PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS QUE ESTE TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADOS

Este Juzgado Unipersonal luego del detenido análisis de los elementos probatorios debatidos en el presente juicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, procede a determinar los hechos que quedaron probados en el mismo, teniendo como base la sana crítica, las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias. En consecuencia tenemos:

Que se encuentra plenamente comprobado, que en fecha 20 de Septiembre de 2007, siendo aproximadamente la una de la tarde, cuando el ciudadano D.N.G.L. llegaba al estacionamiento de su residencia, ubicada en del Conjunto Residencial El Encanto de esta ciudad, en su vehículo clase Moto, marca Único, modelo Matriz, serial carrocería LJ4TCKPJ46J000633, año 2006 y portadora de la placa ABL-025, lo interceptó el acusado S.A.G.B., en compañía de otro sujeto que portaba un arma de fuego y que logró darse a la fuga, quien luego de empujarlo violentamente y hacerlo caer al piso con su vehículo, intentó llevarse el mismo, no lográndolo por cuanto el mismo no le prendió debido a que tiene la swuichera dañada y a la pronta intervención de los vecinos y de una comisión de la Policía del Estado, quienes practicaron la aprehensión del mencionado acusado. Todo lo cual se evidencia de los testimonios de los funcionarios PAREDES G.D.A., quien al respecto manifestó: “El procedimiento se originó al momento en que recibimos una llamada, en la cual nos notificaron que estaba sucediendo algo en la urbanización El Encanto, cuando llegamos a la urbanización, había una aglomeración de personas, la cual nos señalaron a unas personas, manifestando que había pasado algo, después en la revuelta de la gente se pudo ver a un sujeto golpeado en la cabeza, cuando le preguntamos al sujeto qué era lo que había pasado, es nos dijo que unos sujetos le quería quitar la moto, también nos dijo que unos de ellos estaban armados, se detuvo al sujeto, se llevo a la comandancia y después se puso ala orden del Ministerio Público, es todo” y a preguntas formuladas contestó: “Primera pregunta: ¿Quién le informó sobre el procedimiento? Contestó: La central. Segunda pregunta: ¿Qué hora era? Contestó: En horas de la tarde. Tercera pregunta: ¿Dónde se encontraba cuando recibieron la llamada? Contestó: En el Cabotaje. Cuarta pregunta: ¿Qué distancia hay entra el cabotaje y el lugar donde sucedieron los hechos? Contestó: Llegamos en tres (03) minutos. Quinta pregunta: ¿Estaba en motos separadas o en la misma moto? Contestó: No recuerdo. Sexta pregunta: ¿Cómo se llama su compañero? Contestó: G.N.. Séptima pregunta: ¿Donde sucedieron los hechos? Contestó: En la entrada de la urbanización El Encanto. Octava pregunta: ¿Qué percataron? Contestó: Que había una aglomeración de personas y un sujeto salió con la cabeza rota y se señaló a un sujeto, que quería robarse una moto. Novena pregunta: ¿Recuerda si le señalaron lo que había hecho el ciudadano? Contestó: Que uno de ellos lo empujó de la moto y el otro lo apuntaba con un arma de fuego y le cayeron a golpes, cuando llegamos al lugar lo aprehendimos. Décima pregunta: ¿Sabe cual fue la acción desplegada por el acusado? Contestó: No recuerdo. Décima Primera pregunta: ¿Después que se aprehendió al sujeto, para donde se traslado el procedimiento? Contestó: Para la comisaría. Décima Segunda pregunta: ¿La moto, se traslado también para la comisaría? Contestó: Si, se trasladó conjuntamente con el sujeto aprehendido. Décima Tercera pregunta: ¿Qué impidió que los sujetos no se llevaran la moto? Contestó: Me imagino que la gente se percató e intervino y del mismo forcejeo la persona, estos lo ayudaron. Décima Cuarta pregunta: ¿Qué pasó con el otro ciudadano? Contestó: Se escapó. Décima Quinta pregunta: ¿Lo siguieron? Contestó: Cuando llegamos al lugar de los hechos, ya no estaba, es todo…Primera pregunta: ¿Cuándo llega al sitio donde se aprehendió al sujeto que se encuentra en sala, cual era la cantidad de las personas? Contestó: No recuerdo. Segunda pregunta: ¿Le realizaron alguna revisión en el sitio? Contestó: No recuerdo. Tercera pregunta: ¿La persona que aprehendieron estaba herida? Contestó: No, no estaba herido, la gente querían tomar acciones en contra del ciudadano. Cuarta pregunta: ¿La revisión la hicieron en el lugar o después y en otro lado? Contestó: Creo que la revisión la realizó mi compañero, en el sitio de los hechos. Quinta pregunta: ¿Promovieron a los testigos que estuvieran presentes en el lugar o le tomaron entrevista a las personas? Contestó: No recuerdo, es todo…Primera Pregunta: ¿Al señor que estaba herido lo trasladaron al hospital? Contestó: Si, él estaba consciente. Primera Pregunta: ¿Con que le habían pegado en la cabeza? Contestó: Supuestamente con un arma de fuego, es todo” y G.T.N.A., quien manifestó: “Ratifico que el contenido y firma explanados en el acta policial, fueron realizados por mi persona. En cuanto a los hechos, yo me encontraba de labores de patrullaje en la unidad motorizada, específicamente en la zona del Encanto, se encontraba la ciudadanía agarrando a un sujeto, la multitud manifestó que el sujeto le quería quitar la moto a un ciudadano, me traslade en moto y mi compañero en una patrulla, al sujeto presente en sala lo tenían unas personas agarrado, me entrevisté con la gente del lugar, los cuales señalaron al sujeto que está en sala, como el que le quería quitar la moto, al otro ciudadano, le practicamos la detención pertinente, luego procedimos a trasladar al agraviado al Hospital, luego remitimos el procedimos para la fiscalía, es todo” y a preguntas formuladas contestó: “Primera pregunta: ¿Cuánto tiempo tardó del llamado que recibió al llegar al sitio de la aprehensión? Contestó: Exactamente, no voy a decir el tiempo, porque no lo se, como diez (10) minutos. Segunda pregunta: ¿Estaba solo o integraba una comisión policial? Contestó: Estábamos realizando un operativo, pero como yo estaba en moto llegué primero y después llegó la patrulla. Tercera pregunta: ¿Cómo se llama el funcionario que estaba con usted? Contestó: No recuerdo. Cuarta pregunta: ¿Cuándo llegó al sitio cual era la cantidad de personas que tenía al sujeto retenido? Contestó: Como siete (07) a (08) personas, después llegaron mas personas para observar lo sucedido, procedimos a resguardar al sujeto aprehendido. Quinta pregunta: ¿Qué tiempo duro el procedimiento? Contestó: El procedimiento duro como cinco (05) a diez (10) minutos, porque se tenía que sacar el ciudadano del lugar porque lo querían golpear. Sexta pregunta: ¿La otra persona se fue, usted vio, que pasó con el ciudadano? Contestó: Nos enteramos del otro ciudadano por los comentarios que nos suministraba la gente. Séptima pregunta: ¿Qué le manifestó el sujeto que estaba golpeado? Contestó: Nos abordo rápidamente y nos dijo lo que había sucedido. Octava pregunta: ¿Estaba la moto? Contestó: Si, estaba en el lugar. Novena pregunta: ¿Qué le manifestó la victima? Contestó: Que se encontraba en el lugar, el dijo que estaba llegando o saliendo y después llegaron los sujetos con un arma de fuego, lo apuntaron y lo amenazaron de muerte, es todo…Primera pregunta: ¿Al momento de llegar al sitio de la aprehensión, que la persona que estaba aprendida, lo tenían unas personas? Contestó: A él lo tenían agarrado por las manos. Segunda pregunta: ¿Cuántas personas lo tenían agarrado? Contestó: Siete (07) personas. Tercera pregunta: ¿Entre todas la personas lo tenían agarrado? Contestó: Si, por la contextura física del ciudadano lo ameritaba. Cuarta pregunta: ¿Al momento de llegar, cuantos funcionarios estaba en la unidad vehicular? Contestó: Uno solo. Quinta pregunta: ¿Cuál es el nombre del funcionario? Contestó: Paredes Douglas. Sexta pregunta: ¿Entre el funcionario y usted realizaron el procedimiento? Contestó: Si. Séptima pregunta: ¿En el lugar práctico la correspondiente revisión corporal del sujeto? Contestó: No sabría decir, por cuanto he tenido varios procedimientos, pero mi compañero lo practicó. Octava pregunta: ¿Se encontró algún elemento de interés criminalístico? Contestó: No, pero el elemento criminalístico era la moto, pero arma de fuego o cuchillo, no se le encontró. Novena pregunta: ¿Requirieron algún testigo para que observara la revisión? Contestó: Si, las personas que estaban en el lugar, fue difícil porque la gente estaba agresiva y querían agredir al sujeto aprehendido, por eso pedí apoyo. Décima pregunta: ¿El apoyo llego al lugar de los hechos? Contestó: Si. Décima Primera pregunta: ¿Es decir, intervinieron los ciudadanos? Contestó: No, porque cuando llegaron al lugar ya se lo habían llevado. Décima Segunda pregunta: ¿El sujeto aprehendido estaba herido? Contestó: No. Décima Tercera pregunta: ¿La victima estaba herida? Contestó: El manifestó que estaba herido, pero no se le vio nada de sangre, el dijo que le dolía la cabeza, por el golpe que le habían dado, pero eso lo determina un medico forense, porque lo revisa completamente. Décima Cuarta pregunta: ¿Usted hace referencia que se trasladó la moto, para donde se trasladó la moto del agraviado? Contestó: Para la comisaría de Los Nuevos Teques. Décima Quinta pregunta: ¿Quién realizó el traslado? Contestó: Como lo mencioné anteriormente, en la patrulla ciento cuarenta y cuatro (144) se trasladó al ciudadano y el otro funcionario coordinó para que se llevaran la moto. Décima Sexta pregunta: ¿Recuerda si le hicieron referencia de las personas, que le habían dicho otro sujeto? Contestó: Habían otros sujetos eran muchas, se tomó nota de lo sucedido. Décima Séptima pregunta: ¿Tiene conocimiento de la aprehensión del otro ciudadano? Contestó: Por los radios trasmisores, uno notifica lo que sucede, es todo”, quienes fueran los funcionarios policiales que practicaron la aprehensión del acusado S.A.G.B., momentos después que este en compañía de otro sujeto que portaba un arma de fuego y logró darse a la fuga, intentaran despojar de su moto al ciudadano D.N.G.L., cuya existencia se encuentra comprobada con el dicho del Experto C.E.C.S., quien expuso: “Ratifico el contenido y firma explanados en la inspección técnica Nro. 2216. En cuanto a su contenido, dicha inspección fue realizada en el estacionamiento del Cuerpo de Investigaciones, Penales y Criminalísticas, a un vehículo automotor con las siguientes características: marca ÚNICO, modelo MATRIX, uso PARTICULAR, color azul, placa ABL-025, serial de carrocería LJ4TCKPJ46J000633, esta al ser inspeccionada en su parte externa, se aprecia en regular estado de conservación y uso, es todo” y a preguntas formuladas contestó: “Primera pregunta: ¿Cuál es objetivo de la inspección técnica realizada? Contestó: Dejar constancia del vehículo, en cuanto a sus características y estado de uso. Segunda pregunta: ¿Usted vio el vehículo? Contestó: Si. Tercera pregunta: ¿Le realizó la inspección al vehículo automotor, en el estacionamiento del Cuerpo de Investigaciones, Penales y Criminalísticas? Contestó: Si. Cuarta pregunta: ¿Recibió alguna orden para realzar la inspección? Contestó: Si, uno recibe la orden y se le realiza. Quinta pregunta: ¿El serial de carrocería es observado o peritado por otra persona? Contestó: Es observado. Sexta pregunta: ¿Además de la observación física de la unidad, se le presenta un documento de propiedad, a los fines de certificar que viene de un hecho delictivo? Contestó: El vehículo no los presenta, cuando vienen de un hecho delictivo, es todo…Primera pregunta: ¿En el traslado del vehículo, se puede sufrir el peligro de que se modifique los seriales del vehículo? La representante del Ministerio público realizo objeción, quien en su fundamento explico, se le solicita a la defensa que se limite a interrogar al experto de manera directa y a lo relacionado, en cuanto a su actuación, dicha objeción es declarada por la Juez, con lugar; continuando con el interrogatorio. Segunda pregunta: ¿Quién hace el traslado? Contestó: Si es una policía Estadal o Municipal lo trasladan ellos, si es el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, lo trasladan ellos. Tercera pregunta: ¿Tiene conocimiento de quien lo trasladó? Contestó: No recuerdo. Cuarta pregunta: ¿A modo de ilustrar a la partes, porque la inspección no se hace en el lugar de los hechos y se hace en el despacho? Contestó: Porque no se notifica que el vehículo, fue aparcado en el despacho. Quinta pregunta: ¿En la inspección que realizó, se puede determinar de quien es la propiedad? Contestó: No, es todo”.

La relación histórica acotada supra, se encuentra plenamente corroborada con el testimonio aportado por la víctima, ciudadano D.N.G.L., quien además de reconocer en sala al acusado S.A.G.B., manifestó: “Yo fui víctima de un atraco de vehículo automotor moto, estaba en mi vivienda, como a las una y treinta (01:30 p.m.) o dos (02:00 p.m.), horas de la tarde, me encontraba hablando con unos vecinos, cuando di la despalda se me acercan dos sujetos vestidos con camisa tipo chemis, uno de ellos tenia un arma de fuego metida en un cuaderno, el segundo joven me agarra por el cuello y me dice que es un atraco, cuando me está empujando, yo no puse mucha resistencia, él me empuja y me caí con la moto, no la pudieron prender porque la swichera estaba mala, el otro sujeto que tenia el arma le dio al gatillo, pero el arma no disparaba, el otro sujeto estaba tratando de llevarse la moto, cuando de repente llegaron unos funcionarios y detuvieron al sujeto, uno de los sujetos me dio con la cacha de la pistola, no me rompieron, después me llevaron al hospital y ahora que estoy en el Tribunal, es todo” y a preguntas formuladas contestó: “Primera pregunta: ¿A que hora sucedieron los hechos? Contestó: Una y treinta (01:30 p.m.) o (02:00 p.m.), horas de la tarde. Segunda pregunta: ¿Usted ya se había estacionado en el estacionamiento de su vivienda? Contestó: Si, estaba sentado en la moto. Tercera pregunta: ¿Cuál fue la acción de los dos sujetos? Contestó: Uno me apunta con la pistola, el otro me garra por el cuello y me empujó de la moto, éste le decía al otro que me diera un cachazo. Cuarta pregunta: ¿Quién dijo que le diera un cachazo? Contestó: El que me tenía por el cuello. Quinta pregunta: ¿Cuál sujeto? Contestó: El que tenía atrás. Sexta pregunta: ¿Vio las características físicas del sujeto? Contestó: Si. Séptima pregunta: ¿Vio las características físicas del sujeto que tenía el arma? Contestó: Si. Octava pregunta: ¿Qué pasó después que lo golpearon en la cabeza y quien le pegó? Contestó: Quede desconcertado, el que me golpeó en la cabeza fue el sujeto que tenía el arma de fuego. Novena pregunta: ¿El otro? Contestó: Me golpeó por la espalda y por la costilla. Décima pregunta: ¿Cuanto duró la acción de despojo? Contestó: Fue rápido. Décima Primera pregunta: ¿Habían otras personas que vieran el hecho? Contestó: Si, a esa hora la zona es muy concurrida, ya que hay un colegio cerca del lugar donde sucedieron los hechos. Décima Segunda pregunta: ¿Qué hicieron los sujetos al ver que no prendía la moto? Contestó: Uno de los sujeto le daba al gatillo, pero no salía el tiro, como vi que no podía y vio que llegaba mucha gente, salio corriendo, cuando llego la policía lo detuvieron. Décima Tercera pregunta: ¿A quien agarró la policía? Contestó: Al sujeto que me tenía agarrado por el cuello. Décima Cuarta pregunta: ¿Los sujetos se llevaron alguna pertenencia suya? Contestó: No, no pudieron llevarse nada. Décima Quinta pregunta: ¿Qué herida sufrió? Contestó: Golpes. Décima Sexta pregunta: ¿Recibió asistencia médica? Contestó: Si, fueron pequeños golpes, no recuerdo lo que decía el informe medico. Décima Séptima pregunta: ¿Le dieron reposo medico? Contestó: No me dieron reposo, porque la herida no era profunda. Décima Octava pregunta: ¿Las dos personas que intervinieron en el robo lo agredieron verbal y físicamente? Contestó: Si, ambas. Décima Novena pregunta: ¿Qué le dijeron? Contestó: Uno me decía que me bajara de la moto y el otro me decía que me iba a matar, todo para que soltara la moto. Vigésima pregunta: ¿Cómo quedó emocionalmente? Contestó: Aturdido, estuve dos semanas con dolores y emotivamente tuve mas tiempo, cuando salía creía que me iban a robar. Vigésima Primera pregunta: ¿Cuanto tiempo se pudo retomar su estabilidad y hablar con los funcionarios? Contestó: Como cinco (05) minutos. Vigésima Segunda pregunta: ¿Recibió ayuda de los vecinos? Contestó: Si se acercaron y vieron que no me pasó nada. Vigésima Segunda pregunta: ¿Cuando se enteró, que habían detenido al ciudadano? Contestó: Como a los dos (02) minutos, pude ver que la policía lo habían agarrado, el otro funcionario me llevó para el hospital. Vigésima Tercera pregunta: ¿Qué distancia había del lugar de los hechos y del lugar que lo habían aprehendido? Contestó: Como a unos cien metros (100 mtrs). Vigésima Cuarta pregunta: ¿Vio al sujeto que lo había agarrado por el cuello? Contestó: Si, es el acusado que esta en la sala. Vigésima Quinta pregunta: ¿El acusado que se encuentra en sala, es el sujeto que tenía el arma de fuego o el que lo agarró por el cuello? Contestó: El que me agarró por el cuello, es todo…Primera pregunta: ¿Hace referencia que vio a la policía, quien vio a la policía? Contestó: Cuando llegó la policía, yo estuve diez (10) minutos convaleciente, yo vi a la policía que tenia al sujeto, como a unos sesenta metros (60 mtrs). Segunda pregunta: ¿Tiene conocimiento de quien le avisó a la policía, de los hechos? Contestó: No, creo que ellos estaban patrullando. Tercera pregunta: ¿Qué hacías en el sitio y con cuantas personas estaba cuando estacionaste la moto? Contestó: Habían varios vecinos, el mas cercano era uno, luego llegaron los sujetos. Cuarta pregunta: ¿Cuál fue la acción desplegada por el vecino más cercano, al ver tal situación? Contestó: Por el pánico se asomó y vio el hecho, el pensaba que ellos estaba jugando conmigo, cuando vio el arma de fuego, se dio cuenta que me querían robar. Quinta pregunta: ¿Hace referencia de un cuaderno, quien tenía el cuaderno? Contestó: El que tenía el arma, creo que era para esconder el arma. Sexta pregunta: ¿Viste el arma de fuego? Contestó: Si. Séptima pregunta: ¿Dónde te apuntó? Contestó: Como a un metro (1 metros) de la cabeza, de frente. Octava pregunta: ¿Al llegar los funcionarios, cuantos llegaron al lugar de los hechos? Contestó: De momento vi uno y después llegó otro en una moto. Novena pregunta: ¿En que llegaron los funcionarios? Contestó: Uno en una unidad y el otro en una moto. Décima pregunta: ¿Cuándo los sujetos desisten de despojarle la moto, que hicieron estos sujetos? Contestó: El sujeto de la pistola jalaba el gatillo, al ver que no dispara, salió corriendo, yo me quedé paralizado al ver esto, yo sentí que estaba muerto. Décima Primera pregunta: ¿El otro se quedo en el sitio? Contestó: Se quedó para llevarse la moto, pero como la swichera estaba dañada, la moto no prendía, lo agarró la policía, yo vi cuando los policías lo aprehendieron. Décima Segunda pregunta: ¿El sujeto fue aprehendido por la policía y no por las personas que estaban en el lugar de los hechos? Contestó: La gente gritaba ladrón párate, párate, y la policía lo agarro, es todo…Primera Pregunta: ¿Usted a sido amenazado? Contestó: No. Segunda Pregunta: ¿Usted tiene miedo de estar en el lugar? Contestó: No. Segunda Pregunta: ¿Cual fue la participación del acusado en su contra? Contestó: Me estaba agarrando por el cuello y no me soltaba, lo que pude ver es que le dio el arma de fuego al otro sujeto. Tercera Pregunta: ¿Quién le dio el cachazo en la cabeza? Contestó: El que tenia alarma de fuego, es todo”; tanto de este testimonio, como de las demás pruebas debatidas en el presente juicio, cuyos contenidos son concordantes entre sí, se colige la autoría del acusado S.A.G.B., en el hecho punible que le imputara el Ministerio Público, tipificado como TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, pues el mismo de compañía de otro sujeto que portaba un arma de fuego y lograra evadir la acción policial, inició la ejecución del robo de la moto marca Único, modelo Matriz, serial carrocería LJ4TCKPJ46J000633, año 2006 y portadora de la placa ABL-025, perteneciente al ciudadano D.N.G.L. y a pesar de realizar todo lo necesario para consumarlo, no lo logró por causas independientes a su voluntad, pues fue aprehendido de manera in fraganti, razón por la cual deberá responder penalmente en todas sus partes por la acusación que presentó en su contra al Ministerio Público, por la comisión del ilícito en referencia y ASÍ SE HACE CONSTAR.

CAPÍTULO “V”

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Una vez plasmados los hechos que quedaron acreditados en el juicio oral y público, procede quien aquí decide a encuadrarlos en las normativas jurídicas correspondientes y así tenemos:

Que los hechos anteriormente narrados, encuadran perfectamente en el tipo que se identifica como TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, así tenemos que el mismo tipifica:

Artículo 7.- Tentativa de Robo. El que iniciare la ejecución de un delito de robo de vehículo automotor, aun cuando no logre su consumación, será castigado con pena de seis a siete años de presidio.

Por lo que obviamente, en base a los hechos previamente establecidos, la conducta del acusado S.A.G.B., encuadra perfectamente en la normativa anteriormente señalada, que tipifica y sanciona el delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, razón por la cual quien aquí decide como Tribunal Unipersonal estima, que el mencionado acusado deberá responder penalmente como autor responsable del ilícito en referencia y ASÍ SE HACE CONSTAR.

PENALIDAD

El artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, establece una sanción de SEIS (06) A SIETE (07) AÑOS DE PRISIÓN, siendo su término medio conforme a lo dispuesto en el artículo 37 del Código Penal, de SEIS (06) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN. Ahora bien, a favor del mencionado acusado, obran las circunstancias atenuantes de la Minoría de Edad, porque solo contaba con 18 años para el momento de cometer el hecho y la Buena Conducta Predelictual, pues no consta en autos lo contrario, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 74 ordinales 1º y 4º ejusdem, la sanción se aplicará en su límite inferior, el cual es de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, que en definitiva la pena a imponérsele al acusado S.A.G.B. y ASÍ SE DECLARA.

D E C I S I O N

En base a las anteriores observaciones, ESTE JUZGADO TERCERO ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN LOS TEQUES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al acusado S.A.G.B., titular de la cédula de identidad No V-19.739.149, ampliamente identificado en autos anteriores, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TENTATIVA DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano D.N.G.L.. Igualmente, se le condena a las penas accesorias contenidas en los artículos 16 del Código Penal vigente y 267 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se Mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad que pesa sobre el mencionado acusado.

Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de ESTE JUZGADO TERCERO ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSIÓN LOS TEQUES, a los quince (15) días del mes de Junio del año dos mil nueve (2009). 199º DE LA INDEPENDENCIA Y 150º DE LA FEDERACIÓN.-

LA JUEZ

Dra. EDUVIGES FUENMAYOR

EL SECRETARIO

Abg. ABG. RAMÓN DIAMONT

Seguidamente, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente sentencia.-

EL SECRETARIO

Abg. ABG. RAMÓN DIAMONT

EF/ef

Exp. Nº: 2M-112-07

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