Sentencia nº 236 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 21 de Abril de 2010

Fecha de Resolución21 de Abril de 2010
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Interpretación

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 21 de Abril de 2010

200º y 151º

Recibido el presente expediente de la Sala, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia N° 00239, publicada en fecha 17 de marzo de 2010; y, habiéndose dado cuenta del mismo en fecha 14 de abril de 2010, este Juzgado, al respecto, observa:

Mediante la aludida decisión, esta Sala Político-Administrativa se declaró competente y admitió el presente recurso de interpretación de los artículos 16, 17, 18, 27, 33, 43 y 65, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.632, de fecha 26 de febrero de 2007 (folio 2 de este expediente), ejercido en fecha 18 de febrero de 2010, por la abogada Y. deJ.B.T., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 99.306, actuando con el carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil Cebra, S.A.; igualmente, la Sala ordenó publicar un cartel de emplazamiento, a costa de la empresa solicitante, a objeto de que los interesados manifiesten por escrito lo que estimen conveniente en esta causa, dentro de los treinta (30) días continuos a su publicación.

En razón de lo anterior, este Juzgado acuerda notificar a las ciudadanas, Presidenta de la Asamblea Nacional, Procuradora General de la República y Fiscal General de la República y a los ciudadanos Contralor General de la República y Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), remitiéndoles copias certificadas del libelo, de la documentación acompañada a éste, de la mencionada sentencia Nº 00239 y de la presente decisión. Líbrense oficios.

La notificación de la ciudadana Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Líbrese el cartel a que se refiere la dispositiva de la indicada decisión N° 00239 en el tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas.

Por último, este Juzgado advierte que vencido como sea el mencionado lapso de treinta (30) días continuos, sin perjuicio de lo establecido en el citado artículo 86, se remitirán nuevamente estas actuaciones a la Sala; ello, en acatamiento a lo dispuesto en el fallo antes señalado.

La Jueza,

M.L.A.L.

La Secretaria,

N. delV.A.

Exp. N° 2010-0121/ytdeg.

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