Sentencia nº 218 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 21 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución21 de Marzo de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

Caracas, 21 de marzo de 2012

201º y 153º

Vista la Sentencia Nº 157 de fecha 14 de diciembre de 2011, mediante la cual la Sala declaró INADMISIBLE la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta, se ordena librar boleta a la parte accionante a los fines de su notificación: remítasele copia certificada del referido fallo. Líbrese boleta.

Igualmente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz (Distribuidor), a los fines de notificar de la referida decisión a la parte accionante, con domicilio procesal en el Edificio Piarde, Calle Guasipati, Oficina N° 2-B, segundo piso, Puerto Ordaz, Municipio Caroní del estado Bolívar, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa al referido Tribunal que dispone de un lapso de seis (06) días para la práctica de la aludida notificación, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Líbrense oficio y despacho.

El Presidente (E),

M.G.R.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2011-000040

MGR/pc

Caracas, 21 de marzo de 2012

Oficio Nº 12-119

Ciudadano

Juez de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz (Distribuidor).

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted, a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que, a tales fines, se le remite en anexo. Todo lo relacionado con el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por el abogado A.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.111, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos L.M., P.G., E.V., C.G., RANIE FIGUEROA, C.Y.T., W.S., J.G., W.P. y R.E., titulares de la cédula de identidad número 16.616.773, 12.646.824, 11.175.585, 10.997.432, 17.748.267, 14.120.454, 14.222.387, 12.133.379, 14.222.481 y 18.865.245, respectivamente, en su carácter de miembros del Sindicato Único de Trabajadores de Security Force y P.B.I.P (SUTRA SECURITY FORCE Y P.B.I.P.).

Atentamente,

M.G.R.

Presidente de la Sala Electoral (E)

Exp. Nº AA70-E-2011-000040

MGR

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz (Distribuidor).

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones presentada por el abogado A.R., inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.111, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos L.M., P.G., E.V., C.G., RANIE FIGUEROA, C.Y.T., W.S., J.G., W.P. y R.E., titulares de la cédula de identidad número 16.616.773, 12.646.824, 11.175.585, 10.997.432, 17.748.267, 14.120.454, 14.222.387, 12.133.379, 14.222.481 y 18.865.245, respectivamente, en su carácter de miembros del Sindicato Único de Trabajadores de Security Force y P.B.I.P (SUTRA SECURITY FORCE Y P.B.I.P.), esta Sala acordó comisionar a fin de notificar la Sentencia Nº 157 de fecha 14 de diciembre de 2011 a la parte accionante. A tal fin se remite boleta de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a esta Sala, a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de seis (06) días para la práctica de la aludida notificación, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible.

Caracas, 21 de marzo de 2012.

El Presidente (E),

M.G.R.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2011-000040

MGR/pc

En veintiuno (21) de marzo de 2012, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz (Distribuidor) a los fines de notificar a la parte accionante, ciudadanos L.M., P.G., E.V., Chritian García, Ranie Figueroa, C.Y., W.S., J.G., W.P. y R.E., el fallo publicado en fecha 14 de diciembre de 2011

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2011-000040

B O L E T A

Caracas, 21 de marzo de 2012

201º y 153º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos L.M., P.G., E.V., C.G., RANIE FIGUEROA, C.Y.T., W.S., J.G., W.P. y R.E., titulares de la cédula de identidad número 16.616.773, 12.646.824, 11.175.585, 10.997.432, 17.748.267, 14.120.454, 14.222.387, 12.133.379, 14.222.481 y 18.865.245, respectivamente, y/o sus apoderados judiciales abogados A.R., Lidelsi Rondón y Meiling Jaramillo, inscritos en el Inpreabogado bajo el número 25.111, 43.360 y 106.592, respectivamente, que en fecha 14 de diciembre de 2011 la Sala Electoral dictó Sentencia Nº 157 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por Ustedes, actuando con el carácter de miembros del Sindicato Único de Trabajadores de Security Force y P.B.I.P (SUTRA SECURITY FORCE Y P.B.I.P.). En dicho fallo la Sala Electoral declaró INADMISIBLE la referida solicitud. Se remite copia certificada de la sentencia de fecha 14 de diciembre de 2011.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente (E),

M.G.R.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2011-000040

MGR/pc

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR