Sentencia nº 1127 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 1 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución 1 de Diciembre de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

SALA ELECTORAL

Caracas, 1° de diciembre de 2014

204º y 155º

Visto el escrito presentado en fecha 27 de noviembre de 2014 por los ciudadanos N.M. y J.M., titulares de la cédula de identidad N° 10.919.212 y 9.788.823, respectivamente, asistidos por el abogado V.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, mediante el cual interponen recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada contra las Asambleas Extraordinarias celebradas los días 20 y 22 de septiembre de 2014 en el Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA), en consecuencia, se acuerda según lo establecido en el artículo 184 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, solicitar al Comité Directivo Seccional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA), los antecedentes administrativos del caso, así como también el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, para lo cual dispondrá de un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de la distancia de ocho (08) días, que se computarán por días continuos, contado a partir de la notificación. Remítase copia certificada del escrito libelar y del presente auto. Líbrese Oficio.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L. y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar al Comité Directivo Seccional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA), el cual puede ser ubicada en el Edificio Las Termas, Calle 78, Dr. Portillo, N° 3ª-23, Maracaibo, Municipio Maracaibo, estado Zulia, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

Ahora bien, teniendo en cuenta que en el presente recurso se ha interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada, esta Sala Electoral de conformidad con lo establecido en el artículo 185 eiusdem, designa ponente al Magistrado MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ, a quien se ordena remitir el expediente de inmediato a los fines de que se pronuncie respecto a la admisión del recurso y las solicitudes cautelares formuladas.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000106

FRVT/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

En primero (1°) de diciembre de 2014, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L. y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor), a los fines de notificar al Comité Directivo Seccional del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA), del auto dictado en esta misma fecha.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2014-000106

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L. y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor).

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada por los ciudadanos N.M. y J.M., titulares de la cédula de identidad N° 10.919.212 y 9.788.823, respectivamente, asistidos por el abogado V.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, contra las Asambleas Extraordinarias celebradas los días 20 y 22 de septiembre de 2014 en el Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA), este Juzgado acordó comisionar para notificar al Comité Directivo del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA), del auto dictado en fecha 1° de diciembre de 2014. A tal fin se remite Oficio de notificación.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de tres (03) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 1° de diciembre de 2014.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000106

FRVT/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 1° de diciembre de 2014

Oficio Nº

Ciudadano

Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, J.E.L. y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia (Distribuidor).

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y medida cautelar innominada por los ciudadanos N.M. y J.M., titulares de la cédula de identidad N° 10.919.212 y 9.788.823, respectivamente, asistidos por el abogado V.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, contra las Asambleas Extraordinarias celebradas los días 20 y 22 de septiembre de 2014 en el Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA).

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2014-000106

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 1° de diciembre de 2014

Oficio Nº 14-657

Ciudadanos

G.M. y Rubí, A.Á., Z.C., J.R., Gipse Pérez, L.M., L.S., N.R., M.L., T.M., Duilian González y J.A..

Integrantes del Comité Directivo del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA) y demás miembros.

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de hacer de su conocimiento que en fecha 27 de noviembre de 2014, se dio cuenta a la Sala del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, y medida cautelar innominada, por los ciudadanos N.M. y J.M., titulares de la cédula de identidad N° 10.919.212 y 9.788.823, respectivamente, asistidos por el abogado V.B., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 9.162, contra las Asambleas Extraordinarias celebradas los días 20 y 22 de septiembre de 2014 en el Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA). Asimismo, se les informa que esta Sala Electoral en fecha 1° de diciembre de 2014 dictó auto en el cual acordó solicitar a ese Comité Directivo del Sindicato Unitario del Magisterio del estado Zulia (SUMA ZULIA), los antecedentes administrativos del caso, así como el informe sobre los aspectos de hecho y de derecho relacionados con el recurso, los cuales deberán ser remitidos a esta Sala en un lapso de tres (03) días de despacho, más el término de la distancia de ocho (08) que se computarán por días continuos, contados a partir de su notificación. Se remite copia certificada del escrito libelar y del referido auto.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2014-000106

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