¿La cláusula democrática del Mercosur en la encrucijada? Algunas reflexiones sobre el ingreso de Venezuela

AutorMariela Morales-Antoniazzi, Ll. M
Páginas7-37
Artículos
¿La cláusula democrática del Mercosur
en la encrucijada?
Algunas reflexiones sobre el ingreso de Venezuela
Mariela Morales-Antoniazzi, LL. M
Miembra de la Asociación de Derecho Constitucional de Venezuela y
de la Asociación Alemana de investigación sobre América Latina
Resumen: La era posnacional, caracterizada por la radical mutación
del concepto de Estado cerrado, ha permitido nuevas formas de articula-
ción del espacio público, siendo el Mercosur una especie de tertium g e-
nius. En este bloque, la interacción e interdependencia entre democra-
cia, derechos humanos y dimensión social constituyen elementos medu-
lares de su construcción y consolidación, y reflejan la penetración del
fenómeno de la internacionalización e interamericanización del para-
digma democrático. La condicionalidad para la adhesión es una herra-
mienta persuasiva en cuanto a los es tándares, que no son sólo soft law.
La hegemonía discursiva de la sociedad democrática es un acervo cons-
truido y las rupturas son inaceptables. Paradójica es la condicionalidad
de facto, más que de jure, en el caso venezolano.
Palabras Clave: Cláusula democrática, interacción entre órdenes nor-
mativos, penetración del derecho interamericano.
Abstract: The postnational era, characterized by the radical mutation of
the concept of the closed State, has allowed for new ways of articulating
the public space, Mercosur being a kind of tertium genius. In this bloc,
the interaction and interdependency between democracy, human rights
and social dimension constitute fundamental elements of its construction
and consolidation, and reflect the penetration of the internationalization
and interamericanization phenomenon of the democratic paradigm.
Conditionality for adhesion is a persuasive tool for the standards, which
are not only soft law. The discursive dominance of the democratic society
is a constructed heritage and ruptures are unacceptable. De facto condi-
tionality, more than de iure, is paradoxical is the Venezuelan case.
Key words: Democratic clause, interaction between legal orders, pe ne-
tration of the interamerican law.
SUMARIO
I. COYUNTURA ACTUAL
II. GÉNESIS Y EVOLUCIÓN DE LA CLÁUSULA DEMOCRÁTICA EN MERCOSUR
III. APROXIMACIÓN CONCEPTUAL
IV. ALCANCE DE LA JURIDICIDAD DE LA CLÁUSULA
V. LA CONDICIONALIDAD DEMOCRÁTICA Y EL INGRESO DE VENEZUELA
VI. A TÍTULO DE CONCLUSIÓN: DESAFÍOS
REVISTA DE DERECHO PÚBLICO Nº 128/2011
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El presente trabajo analiza la cláusula democrática del Mercosur desde la perspectiva de
su juridicidad, como conditio sine qua non de este proceso integracionista, como sustento
esencial de su legitimidad,1 vinculada a la gramática de los derechos humanos2. Se revisa el
origen, desarrollo y alcance del principio democrático, para luego examinar la condicional i-
dad democrática y el in greso de Venezuela. Como parámetro de evaluación se acude al blo-
que de convencionalidad democrático interamericano, destacando la necesaria interacción
entre ambos sistemas y tomando como parámetro esencial la Carta Democrática Interamer i-
cana. Tanto en el espacio mercosureño como en el interamericano se constata la creciente
construcción de ius commune signado por la dob le condicionalidad entre democracia y der e-
chos humanos rasgo además característico de la tradición constitucional de los Estados Parte
del Mercosur, que se asocia a la cuestión de la justicia social léase derechos económicos,
sociales y culturales y dotado de mecanismos de preservación de la institu cionalidad de-
mocrática. Se concluye con reflexiones de cara a los desafíos que genera el cumplimiento del
estándar de una so ciedad democrática y de la garantía de los derechos humanos como condi-
cionalidad para la adhesión de Venezuela al Mercosur, en particular bajo el paraguas del
sistema interamericano de protección de los derechos humanos.
I. COYUNTURA ACTUAL
Fue después del final de la guerra fría que el mundo ha experimentado una nueva ola de
democratización. A partir de la década de los noventa, vinculado particularmente con la
emergencia de las democracias, tuvo lugar también una “euforia” por la democracia.3 El
verdadero cambio de paradigma en los últimos años significó entrar en la denominada “era de
la internacionalización de la democracia”,4 acompañando así la internacionalización de los
1 V. Bazán, El Mercosur en prospectiva: la dimensión constitucional del proceso integrativo. La
opción axiológica en favor de la seguridad jurídica comunitaria y de la protección de los derechos
fundamentales, El Derecho, 10 de diciembre de 1998, Buenos Aires, pp. 10-16. Sobre las funcio-
nes de los derechos humanos en los procesos de integración, Cfr. J. M. Casal, Los derechos huma-
nos en los procesos de integración, Estudios Constitucionales, Año 3, N° 2, Santiago de Chile,
2005, pp. 255 y ss.
2 La relación entre derechos humanos y democracia es uno de las cuestiones más estudiadas por la
teoría jurídica y política. Samantha Besson refiere a Thomas Christiano, Jürgen Habermas, Robert
Alexy, Ernst-Wolfgang Böckenforde. Véase S. Besson, Human rights a nd democracy in a global
context: decoupling and recoupling, en: Ethics & Global Politics, Vol. 4, 1, 2011, pp. 19-50, p.
20. Respecto al Mercosur, L. Lixinski, Human Rights in Mercosur, en: The Law of Mercosur,
Franca Filho, Lixinski, Giupponi, Oxford, 2010, p. 352 y ss.
3 Para un análisis completo, véase N. P eterson, Demokratie als teleologisches Prinzip. Zur Legiti-
mität von Staatsgewalt im Völkerrecht, Berlin, 2009. Incluso algunas organizaciones regionales,
tales como el Consejo de Europa (coe) y la Organización de los Estados Americanos (OEA), hab-
ían proclamado la democracia como un objetivo claro. Cfr. G. Fox, Democracy, Right to, Interna-
tional Protection, Max Planck Encyclopedia of Public International Law.
http://www.mpepil.com/ sample_articles.
4 A. Cançado Trindade, El Derecho internacional de los derechos humanos en el siglo XXI, Barce-
lona, Ed. Jurídica de Chile, 2001, pp. 147-183. La internacionalización de la democracia se vincula
estrechamente al fenómeno de la globalización y los espectaculares desarrollos económicos y tec-
nológicos que impactan el mundo contemporáneo. Cfr. B. M. Ramacciotti, La Internacionalización
de la Democracia en el Sistema Intera mericano, en: GCG Georgetown University, Universia, Vol.
2 Num. 1, 2008, p. 61. Incluso desde el inicio del milenio existe la Comunidad de Democracias
como una iniciativa multilateral de promoción de la democracia, establecida en la Declaración de
Varsovia (2000), que ya ha realizado su sexta conferencia, debatiéndose entre ser una comunidad o
un foro. Cfr. C. Barrios, La comunidad de democracias: ¿debería Europa participar?, en FRIDE,
Comentario, enero de 2008, pp. 1-8. Ver también la página web del Consejo.

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