Se delega en las Comisiones de Modernización y Transformación de los Institutos y Colegios Universitarios, como órganos colegiados desconcentrados de este Ministerio, las atribuciones contenidas en los artículos 82, 84, 88, 89, 91, 94, 116, 127 y 129, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas, en los términos que en ella se indican.

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