Comentarios sobre el régimen de los bienes públicos en la Constitución de 1999

AutorArmando Rodríguez García
Páginas63-68
Comentarios Monográficos
COMENTARIOS SOBRE EL RÉGIMEN DE LOS
BIENES PÚBLICOS EN LA CONSTITUCIÓN DE 1999
Armando Rodríguez García
Profesor de Derecho Administrativo UCV
I. INTRODUCCIÓN
No cabe duda que los ordenamientos jurídicos constituyen sistemas complejos, caracte-
rizados por las peculiaridades propias de su componente esencial: la norma jurídica. De allí
que resulten altamente sensibles a los cambios internos que genera la sola incorporación o
exclusión de alguna de sus disposiciones, o inclusive la simple modificación de alguno de sus
componentes, con las ineludibles consecuencias adicionales que sobre la vida social ello
produce.
La entrada en vigencia de un nuevo texto constitucional, por la sola categoría de supe-
rioridad sustantiva y formal que ese cuerpo normativo ostenta, debe comportar transforma-
ciones en el campo jurídico, económico y social con especial trascendencia como para des-
pertar interés inmediato por su conocimiento, análisis y evaluación crítica, no solamente en
cuanto a los términos formales que exhiban las nuevas disposiciones, sino en lo atinente a sus
consecuencias prácticas sobre la estructura y funcionamiento del sistema jurídico en su con-
junto, y sobre las manifestaciones propias de los diferentes sectores de la colectividad.
Pero además, cuando a estas consideraciones teóricas se unen la resonancia política y
social del proceso de cambio y las expectativas sembradas en la opinión pública por su impe-
riosa necesidad e inevitables bondades de sus efectos –tal como ha sucedido en el caso vene-
zolano-, el interés analítico cobra dimensiones de requerimiento necesario y urgente, a fin de
contar con referencias orientadoras, aún a riesgo de la superficialidad que pesa sobre las
expresiones derivadas de reflexiones preliminares e inmediatas, necesariamente impregnadas,
por fuerza de esa misma circunstancia, de componentes prospectivos altamente especulativos,
en razón de la evidente ausencia de datos de comprobación sobre la efectividad práctica de
los cambios instalados o simplemente “proclamados” en el nuevo texto fundamental.
Ello justifica y explica las presentes notas, elaboradas para la Revista de Derecho Públi-
co, atendiendo la gentil y honrosa invitación de sus editores, y compartiendo plenamente el
objetivo de ofrecer aportes que puedan servir para incentivar el interés por la elaboración de
estudios mas extensos, profundos y detenidos sobre los diversos contenidos que la Constitu-
ción de 1.999 pone a disposición de la investigación jurídica.
Ese es el perfil que se ha dado al presente ensayo, que se limita a presentar una breve
sistematización de los aspectos mas destacados del nuevo contenido constitucional respecto
de los bienes públicos, poniendo un cierto acento en los puntos que resulten de mayor interés
y atractivo a la investigación crítica, por su novedad o por sus posibles consecuencias, sin
pretender desarrollar su análisis en forma integral o exhaustiva.
Desde el punto de vista de su presentación, ante la lógica ausencia de un tratamiento sis-
temático de este tema por el texto constitucional, que agrupara en un determinado acápite las
disposiciones relativas a los bienes públicos, abordaremos las referencias a las disposiciones

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