Comentarios al Título II de la Constitución de 1999 sobre el espacio geográfico y la división política

AutorRamón Crazut
Páginas40-46
COMENTARIOS AL TITULO II DE LA
CONSTITUCIÓN DE 1999 SOBRE EL ESPACIO
GEOGRÁFICO Y LA DIVISIÓN POLÍTICA
Ramón Crazut
Profesor de la Universidad Central de Venezuela
y de la Universidad Católica Andr és Bello
I. EL CONCEPTO DE ESPACIO GEOGRÁFICO
La primera puntualización o comentario que debemos formular acerca del articulado
de la Constitución de 1999 agrupado bajo el Título II, se relaciona con la reiterada utiliza-
ción del concepto de “Espacio Geográfico”, el cual sustituye o en algunos casos comple-
menta o aclara la noción tradicional de “territorio” contenida en la Constitución de 1961, en
cuyo Capítulo II se utilizaba la expresión “Del Territorio y la División Política” para encabe-
zar las disposiciones fundamentales sobre esta materia. Evidentemente, la noción del “Espa-
cio Geográfico” tiene mucho mayor amplitud y está más acorde con la concepción geográfi-
ca y geopolítica moderna que sustenta la idea de que la soberanía no solo debe ejercerse
sobre el territorio, sino también sobre el “cielo que lo cubre y el mar y océano que lo cir-
cunda”. Cabe observar que en el campo del Derecho Internacional Público el concepto de
espacio geográfico está explícita e implícitamente contemplado, al considerar como materia
de estudio no solo el llamado territorio terrestre, sino como la atmósfera suprayacente al
territorio y el mar territorial, pero el encabezamiento del Capitulo II de la Constitución de
1961 parece tener un carácter más limitativo.
El espacio geográfico, según expresión de una conocida especialista, “es aquél que
podría contemplarse desde lo alto, casi a punto de romper el limite de la atmósfera, como si
armados de un poderoso lente de aumento contempláramos a distancia el ámbito de nuestro
territorio”.1 Dentro de la concepción de espacio geográfico se incluyen los conceptos de espa-
cio terrestre, marítimo, aéreo, así como también el de espacio político y humano los cuales
configuran una unidad inseparable e indivisibles dentro del binomio hombre-naturaleza. La
noción de espacio tiene también connotaciones históricas, jurídicas y culturales, por ser el
ámbito en donde vivieron nuestros antepasados y al que debemos preservar y defender para
nuestro propio provecho y el de las futuras generaciones, así como para afianzar nuestro
valores y tradiciones.
Definido por los tratadistas como la porción de la corteza terrestre que emerge del
mar, contentiva del suelo y del subsuelo y de las aguas interiores, el espacio territorial consti-
tuye el asiento físico del Estado y el requisito esencial de su existencia. A los restantes
espacios se les ha considerado tradicionalmente como accesorios, pero imprescindibles para
la seguridad y defensa del primero y para la explotación de sus recursos naturales. El espa-
cio marítimo es una prolongación física del terrestre, cuya mayor o menor importancia para
un determinado país depende de numerosos factores, geográficos, económicos y geopolíti-
cos. Como es obvio, tiene mayor importancia para los países predominantes costeros e
1 Sequera Tamayo, Isbelia. Reflexiones sobre Economía y Espacio. Publicaciones de la Academia
Nacional de Ciencias Económicas. Caracas, 1991.

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