Competencia de la Junta Directiva de una empresa del Estado, para delegar en su Comité de Normalización, la aprobación de su normativa interna. Memorando 04-00-656 del 31 de octubre de 2012

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DICTÁMENES AÑOS 2011-2012 – N° XXII
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ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA: Competencia de la Junta Direc-
tiva de una empresa del Estado, para delegar en su Comité de Normali-
zación, la aprobación de su normativa interna.
La Junta Directiva como máxima autoridad que detenta la
competencia para la aprobación de la normativa interna y
de los manuales de normas y procedimientos en la Empre-
sa Noroccidental de Mantenimiento y Obras Hidráulicas,
C.A., no puede delegar en su Comité de Normalización, la
aprobación o desaprobación de los manuales y demás nor-
mativa interna; es por tanto que, toda la normativa interna,
incluyendo los manuales de normas y procedimientos que
hubiesen sido aprobados por dicho Comité, carecerían de
validez por no emanar de la autoridad competente.
Memorando 04-00-656 del 31 de octubre de 2012.
Se solicita opinión de esta Dirección General, en torno a la pro-
cedencia de que la máxima autoridad de la Empresa Noroccidental de
Mantenimiento y Obras Hidráulicas, C.A., delegue en su Comité de
Normalización, la aprobación y desaprobación de todos los manuales y
normativas internas de dicha Empresa.
Sobre el particular, cabe indicar que de conformidad con lo pre-
visto en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de
la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal5, corresponde a
las máximas autoridades de cada ente la responsabilidad de organizar,
establecer, mantener y evaluar el sistema de control interno, el cual
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con lo dispuesto en el artículo 22 de las Normas Generales de Control
Interno6, dictadas por esta Contraloría General de la República, según
las cuales, los manuales técnicos y de procedimientos deben ser apro-
bados por las máximas autoridades jerárquicas de los órganos y entes
que ejercen el Poder Público.
En este sentido, las normas, manuales de procedimientos, indica-
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ten el funcionamiento del sistema de control interno en cada órgano o
ente, cuyo contenido debe estar en consonancia con las normas básicas
dictadas por la Contraloría General de la República, a quien le corres-
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del año 2010.
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