La configuración del contencioso administrativo como un sistema de justicia administrativa en el Derecho Comparado Latinoamericano

AutorAllan R. Brewer-Carías
CargoDirector de la Revista
Páginas43-60
La configuración del contencioso administrativo como
un sistema de justicia administrativa en el Derecho
Comparado Latinoamericano
Allan R. Brewer Carías
Director de la Revista
Resumen: Este estudio tiene por objeto destacar, en el derecho administrativo
comparado de América Latina , el proceso de configuración de la Jur isdicción
Contencioso Administrativa como un sistema de justicia a dministrativa, producto
de la progresiva ampliación de los procesos contencioso administrativos para ga-
rantizar la tutela judicia l efectiva frente a la Administra ción; de la progr esiva am-
pliación del concepto de Administración Pública y de la actuación a dministrativa
como objeto de contr ol; así como del reforzamiento del derecho constitucional de
acceso a la justicia y la consecuente flexibilización de las tr adicionales condicio-
nes de legitimidad activa para intentar los recursos y de a gotamiento de la vía a d-
ministrativa par a acceder a la Jurisdicción.
Palabras Clave: Contencioso Administrativo; J usticia Administrativa; Tutela ju-
dicial efectiva; Administración Pública; Acceso a la justicia; Legitimación activa.
Abstract: This article ha s the purpose of a nalyzing, in the Latin American co m-
para tive administrative law, the process of configuration of the Contentious Ad-
ministrative Jur isdiction as a System of Administrative Justice, which re sults from
the pr ogressive extension of the contentious administrative processes in or der to
guara nty the judicial effective protection a gainst the Administration; the progres-
sive extension of the concept of Public Administration and its actions a s object of
control; a s well as the r einforcement of the constitutional right to access to justice
making flexible the r ules of standing and previous exhaustion of the administrative
recourses in or der to access the Jurisdiction
Key words: Administrative Justice; Judicia l pr otection; Public Administration;
Access to Justice; Standing.
SUMARIO
I. LA CODIFICACIÓN DEL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
II. LA PROGRESIVA AMPLIACIÓN DE LOS PROCESOS CONTENCIOSO ADMINISTRATI-
VOS PARA GARANTIZAR LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA FRENTE A LA ADMINIS-
TRACIÓN
III. LA PROGRESIVA AMPLIACIÓN DEL CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y
DE LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA, A LOS EFECTOS DE GARANTIZAR LA TUTE-
LA JUDICIAL EFECTIVA
Este trabajo forma parte de una investigación más amplia sobre la Justicia Administrativa en
América Latina, cuya primera aproximación se ha publicado en Allan R. Brewer-Carías, La Justi-
cia Administrativa en América Latina , Editorial Olejnik, Editorial Jurídica Venezolana, Santiago,
Buenos Aires, Madrid, 2019.
REVISTA DE DERECHO PÚBLICO N° 159/160 - 2019
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IV. EL DERECHO CONSTITUCIONAL DE ACCESO A LA JUSTICIA Y LA PROGRESIVA
FLEXIBILIZACIÓN DE LAS TRADICIONALES CONDICIONES DE LEGITIMIDAD Y DE
AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA PARA ACCEDER A LA JURISDICCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA
1. Sobre la legitimación activa. 2. Sobre la defensa de los intereses colectivos y difusos. 3. Sobre
el tema del agotamiento de la vía administra tiva.
El progresivo sometimiento de la Ad ministración Pública a la legalidad en los países la-
tinoamericanos, en un proceso desarrollado con todos los altibajos imaginables por las recu-
rrentes rupturas de la estabilidad constitucional, ha sido, en definitiva, lo que ha originado el
progresivo establecimiento de mecanismos judiciales de control de la actividad de la misma,
habiéndose asignado en general la Jurisdicción Contencioso Administrativa, salvo contadas
excepciones (Argentina, Chile), sea al máximo órgano judicial del país, como la Corte Su-
prema de Justicia (por ejemplo en Venezuela), o a órganos judiciales especializados (como
sucede por ejemplo en Uruguay y Colombia), y en todo caso, en forma diferenciada a Juris-
dicción Constitucional.
Ello ha llevado en todos nuestros países a la estructuración de un sistema de contr ol ju-
dicial de legalidad y constituciona lidad de los a ctos administrativos y demás actuaciones de
la Administración, como Jurisdicción Contencioso Administrativa, configurada en paralelo
de otros dos sistemas judiciales de control concentrado de la conformidad de los actos estat a-
les con el derecho, que son, por una p arte, el sistema de control judicia l de la constitucion a-
lidad de las leyes y todos los d emás actos estatales dictados de ejecución directa de la Consti-
tución, atribuido inicialmente también a las Cortes Supremas y en las últimas décadas a Tri-
bunales o Cortes Constitucionales, configurados como J urisdicción Constitucional; y por la
otra, el sistema de control de casación respecto de la legalidad de los a ctos judiciales, atri-
buido en general a las Cortes Supremas de Justicia, como tribunales de casación.
Estas tres Jurisdicciones, con sus peculiaridades en cada caso, puede decirse que en tér-
minos generales se encuentran establecid as en la actualidad en casi todos los p aíses del mun-
do contemporáneo, siendo lo importante a destacar en relación con la América Latina, que el
criterio seguido en las Constituciones para distinguir, en particular, la Jurisdicción Constitu-
cional de la Jurisdicción contencioso administrativa, no son los motivos de control, según sea
de inconstitucionalidad o de ilegalidad, como solo sucede en Pana; sino en el objeto de
control, es decir, en los actos sujetos a control en cada caso como sucede en general en el
derecho comparado.1
Un ejemplo preciso es el caso de Venezuela, donde la distinción entre d ichas Jurisdic-
ciones, en efecto, no se establece por el motivo de control (inconstitucionalidad o ilegali-
dad),2 sino por el o bjeto controlado, por lo cual allí la Jurisdicción Constitucional tiene por
1 Véase Allan R. Brewer-Carías, La J usticia Constitucional. Pr ocesos y procedimientos constitucio-
nales, Porrúa México, 2007; Derecho Pr ocesal Constitucional. Instrumentos para la J usticia
Constitucional, Tercera edición ampliada: Colección Centro de Estudios de Derecho Procesal
Constitucional, Universidad Monteávila, Nº 2, Editorial Jurídica Venezolana, Caracas 2014.
2 En tal sentido, la Sala Constitucional, en la sentencia Nº 194 de 4 de abril de 2000 ratificó lo que
había decidido en sentencia de 27 de enero de 2000 (Caso Milagros Gómez y otros), así: “El crite-
rio acogido por el Constituyente para definir las competencias de la Sala Constitucional, atiende a l
rango de las actuaciones objeto de control, esto es, que dichas actuaciones t ienen una relación di-
recta con la Constitución que es el cuerpo normativo de más alta jerarquía dentro del ordenamiento

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