Consideraciones generales sobre el aspecto sustantivo del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Sistema Nacional Integral Agroalimentario

AutorMiguel Ángel Basile Urizar
Páginas292-302
Sección VII: Régimen del sistema agroalimen-
tario
Consideraciones generales sobre el aspecto sustantivo
del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de
Ley del Sistema Nacional Integral Agroalimentario
Miguel Ángel Basile Urizar
Abogado
Resumen: El Decreto con rango, valor y fuerza de Ley del Sistema Nacional Inte-
gral Agroalimentario aplicar de manera amplia en todo el sector agroalimentario,
incluyendo en las actividade s conexas. Ello otorga a la Admini stración competen-
cias contrarias a las garantías constitucionales del derecho a la libertad económi-
ca o de empresa.
Palabras claves: Regulación de la agroindustria, seguridad alimentaria, libertad
de empresa.
Abstract: The Decree-Law of the Integrated Food Industry National System, ap-
plies in with a broad scope to all the food industry, including the related activi-
ties. This grants competences to the Administrations that violates the economic
freedom.
Keywords: Food Industry Regulation, food security, economic freedom.
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo tiene como objeto examinar de manera general la regulación conte-
nida en el Decreto N° 1405 mediante el cual se dicta el Decreto con Rango, Valor y Fuerza
de Ley del Sistema Nacional Integral Agroalimentario1 (LSNIA) en lo que respecta a las
normas de carácter sustantivo y en concreta a los puntos que consideramos relevantes de cara
a una aproximación inicial, con lo cual abordaremos su estudio acorde a los siguientes aspec-
tos: (i) comentarios preliminares en torno a su publicación y efectos inmediatos; (ii) sobre el
órgano rector y ejecutor de la LSNIA; (iii) respecto a las obligaciones generales aplicables a
las personas sujetas a la LSNIA; y (iv) en cuanto la declaratoria de abandono y el régimen
sancionatorio2. Precisado lo anterior, iniciaremos a continuación el análisis de cada uno de
esos puntos, dentro de los límites propios de una aproximación inicial de su estudio.
1 Gaceta Oficial N° 6.150 Extraordinario de 18 de noviembre de 2014.
2 Por ejemplo, nos hemos abstenido de ab ordar el estudio de las modificaciones en lo que res pecta a
los certificados de depósito y bono s de deuda, respecto a lo cual consideramos que amerita un e s-
tudio aparte.

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