Sentencia nº 662 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 17 de Septiembre de 2012

Fecha de Resolución17 de Septiembre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

Vista la Sentencia N° 157 dictada en fecha 14 de agosto de 2012 mediante la cual se ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y se declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar, se acuerda notificar a la parte recurrente y a la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular. Remítaseles copia certificada del referido fallo y del presente auto. Líbrese Oficio y boleta.

Asimismo, este Juzgado de Sustanciación de conformidad con lo previsto en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia ordena notificar el mencionado fallo al Ministerio Público. Remítasele copia certificada del escrito recursivo, del referido fallo y del presente auto. Líbrese Oficio.

Del mismo modo, se acuerda notificar a la Comisión Electoral Estadal de Copei Partido Popular (Cojedes), a la Dirección Política Estadal de la Organización Política COPEI, Partido Popular del estado Cojedes y a la Dirección Política Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular el referido fallo. Remítansele copia certificada del escrito recursivo, del referido fallo y del presente auto. Líbrense Oficios.

A la par de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se acuerda librar carteles a los ciudadanos J.N., H.G., S.A.S., R.T., M.R., F.N.E., M.R., I.A., D.D.S., J.G.N., Meryurit Gutiérrez, J.L.H., J.R.B., G.E., L.F., Aulisp Aguiño y F.F., con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel respectivo, se les tendrá por notificados. Líbrense Carteles.

Igualmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado de Sustanciación acuerda comisionar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral Estadal de Copei Partido Popular (Cojedes) y a la Dirección Política Estadal de la Organización Política COPEI, Partido Popular estado Cojedes, las cuales pueden ser ubicadas en la Urbanización A.P., Avenida Principal de Penetración Boca Toma, Instituto de Investigaciones Sociales y Científicas (INISCEC) San Carlos; e igualmente a la parte recurrente, ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., con domicilio procesal el primero en el Edificio Younes, Apto. 01, Avenida Bolívar con Miranda; San Carlos, estado Cojedes, Teléfonos 0416-6065196 y el segundo en la Urbanización Tamanaco, Calle Paramaconi, N° 27, Tinaquillo, estado Cojedes, Teléfono 0414-5975091. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de cinco (05) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

Finalmente, este Juzgado de Sustanciación señala que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados de conformidad con lo previsto en los artículos 186 y 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si incumpliera con esta carga se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp: AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

En diecisiete (17) de septiembre de 2012, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes (Distribuidor), a los fines de notificar a la Comisión Electoral Estadal de Copei Partido Popular (Cojedes), a la Dirección Política Estadal de la Organización Política COPEI, Partido Popular estado Cojedes y a la parte recurrente el fallo dictado el 14 de agosto de 2012 y el auto dictado en fecha 17 de septiembre de 2012.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes (Distribuidor)

TRIBUNAL COMITENTE: Juzgado de Sustanciación de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI Partido Popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido; este Juzgado acordó comisionar a fin de notificar la Sentencia N° 157 dictada por la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 y el auto dictado el 17 de septiembre de 2012, a la Comisión Electoral Estadal de Copei Partido Popular (Cojedes), a la Dirección Política Estadal de la Organización Política COPEI, Partido Popular estado Cojedes y a la parte recurrente. A tal fin se remiten Oficios y boletas de notificaciones.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de cinco (05) días de despacho para la práctica de las aludidas notificaciones, contando éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 17 de septiembre de 2012.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

Oficio Nº 12-367

Ciudadano

Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes (Distribuidor)

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para que se practique las notificaciones indicadas en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

Oficio Nº 12-368

Ciudadanos

Presidente y Demás Miembros de la Comisión Electoral Estadal de Copei Partido Popular (Cojedes)

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 14 de agosto de 2012, esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se les informa que podrán formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Finalmente, este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito recursivo, del mencionado fallo y del referido auto.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

Oficio Nº 12-369

Ciudadanos

Presidente y Demás Miembros de la Dirección Política Estadal de la Organización Política COPEI, Partido Popular estado Cojedes

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 14 de agosto de 2012, la Sala Electoral dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se les informa que podrán formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Finalmente, este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito recursivo, del mencionado fallo y del referido auto.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

Oficio Nº 12-371

Ciudadanos

Presidente y Demás Miembros de la Dirección Política Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 14 de agosto de 2012, esta Sala Electoral dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se les informa que podrán formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Finalmente, este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del escrito recursivo, del mencionado fallo y del referido auto.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

Oficio Nº 12-372

Ciudadana

L.O. DÍAZ

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Su Despacho

A los fines de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 186 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, cumplo con remitir a usted en anexo copia certificada del escrito contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. Asimismo, se remite copia certificada de la Sentencia N° 157 dictada en fecha 14 de agosto de 2012, en el cual se ADMITIÓ el recurso contencioso electoral interpuesto y se declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Del mismo modo, se le informa que en fecha 17 de septiembre de 2012, este Juzgado de Sustanciación dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones ordenadas, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del referido auto.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

Oficio Nº 12-370

Ciudadanos

Presidente y demás Miembros de la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI, Partido Popular.

Su Despacho

Me dirijo a ustedes a fin de notificarles que en fecha 14 de agosto de 2012, la Sala Electoral dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se les informa que podrán formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Finalmente, este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. Se remite copia certificada del mencionado fallo y del referido auto.

Atentamente,

JHANNETT M.M.S.

Presidenta de la Sala Electoral

Se anexa lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.R.M.R., titular de la cédula de identidad N° 9.226.008, que en fecha 14 de agosto de 2012 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por Usted y por el ciudadano C.S.O.P., titular de la cédula de identidad N° 4.096.063, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Del mismo modo se le notifica que en fecha 17 de septiembre de 2012 este Juzgado de Sustanciación dictó auto en el cual se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si incumpliera con esta carga se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada de la Sentencia N° 157 dictada el 14 de agosto de 2012 y del referido auto.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

B O L E T A

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano C.S.O.P., titular de la cédula de identidad N° 4.096.063, que en fecha 14 de agosto de 2012 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por Usted y por el ciudadano J.R.M.R., titular de la cédula de identidad N° 9.226.008, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Del mismo modo se le notifica que en fecha 17 de septiembre de 2012 este Juzgado de Sustanciación dictó auto en el cual se indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados, cartel que deberá ser publicado en el diario “Últimas Noticias”, y para ello dispondrá la parte recurrente de un plazo de siete (07) días de despacho a fin de retirar, publicar y consignar el mismo, con la advertencia que si incumpliera con esta carga se declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente. Se remite copia certificada de la Sentencia N° 157 dictada el 14 de agosto de 2012 y del referido auto.Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.N., titular de la cédula de identidad N° 12.365.495, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano H.G., titular de la cédula de identidad N° 19.543.355, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A la ciudadana S.A.S., titular de la cédula de identidad N° 2.341.255, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificada.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano R.T., titular de la cédula de identidad N° 7.805.460, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano M.R., titular de la cédula de identidad N° 3.692.032, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

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SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano F.N.E., titular de la cédula de identidad N° 3.258.962, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano M.R., titular de la cédula de identidad N° 10.986.527, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano I.A., titular de la cédula de identidad N° 5.526.385, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

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SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano D.D.S., titular de la cédula de identidad N° 10.991.916, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.G.N., titular de la cédula de identidad N° 17.889.647, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

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SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A la ciudadana MERYURIT GUTIÉRREZ, titular de la cédula de identidad N° 13.315.443, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificada.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

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SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.L.H., titular de la cédula de identidad N° 8.671.648, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

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SALA ELECTORAL

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.R.B., que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano G.E., titular de la cédula de identidad N° 20.486.190, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

A la ciudadana L.F., titular de la cédula de identidad N° 17.330.617, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificada.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

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Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano AULISP AGUIÑO, titular de la cédula de identidad N° 12.366.816, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

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JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 17 de septiembre de 2012

202º y 153º

SE HACE SABER:

Al ciudadano F.F., titular de la cédula de identidad N° 17.888.702, que la Sala Electoral en fecha 14 de agosto de 2012 dictó Sentencia N° 157 en el expediente contentivo del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida cautelar por los ciudadanos J.R.M.R. y C.S.O.P., titulares de la cédula de identidad N° 9.226.008 y 4.096.063, respectivamente, asistidos por el abogado O.A.R.C., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 101.470, contra la Comisión Electoral Nacional de la Organización Política COPEI partido popular, respecto a la elección de las Autoridades Estadales y Municipales del estado Cojedes del referido Partido. En dicho fallo la Sala Electoral ADMITIÓ el recurso contencioso electoral ejercido y declaró PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos solicitada; ORDENANDO la inmediata suspensión de los efectos del acto de proclamación y juramentación de las autoridades estadales y municipales adjudicadas en el estado Cojedes y la incorporación de las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento de realizarse el acto de votación, el día 16 de junio de 2012, hasta tanto se decida el recurso contencioso electoral. Igualmente, se le informa que podrá formular oposición contra la cautelar acordada, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le notifica que este Juzgado de Sustanciación en fecha 17 de septiembre de 2012 dictó auto en el cual indicó que una vez que conste en autos las notificaciones de Ley, procederá a librar el cartel de emplazamiento a los interesados. A tal efecto, se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificado.

La Presidenta,

JHANNETT M.M.S. La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2012-000051

JMMS/pc

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