Suministro de copias de los Dictámenes Jurídicos y Estudios elaborados por la Dirección General de los Servicios Jurídicos (Memorándum N° 04-02-210 del 30 de agosto de 2000)

Páginas149-149
149
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Suministro de copias de los Dictámenes Jurídicos y Estudios elaborados por la
Dirección General de los Servicios Jurídicos.
No existe en la actualidad impedimento alguno para que los Dictáme-
nes y Estudios de esta Dirección sean divulgados, aun antes de su
publicación.
Memorándum N° 04-02-210 del 30 de agosto de 2000.
(...) en razón de lo dispuesto en el artículo 50 del Reglamento Interno de la Contralo-
ría General de la República derogado, el cual, en su aparte decía: “Los dictámenes de la
Dirección General de los Servicios Jurídicos son internos y no podrán ser comunicados ni
divulgados sin la autorización del Contralor”. Sin embargo, esta disposición ya no aparece
en el texto de la Resolución Organizativa N° 3, que rige la Organización y Funcionamiento
de la Dirección General de los Servicios Jurídicos (Resolución N° 01-00-00-029 del 15-3-
00, publicada en la Gaceta Oficial N° 5.447 Extraordinario del 15-3-00), lo que se encuen-
tra en consonancia con lo previsto en el artículo 143 de la Constitución, según el cual todos
…tienen acceso a los archivos y registros administrativos, sin perjuicio de los límites
aceptables dentro de una sociedad democrática en materias relativas a seguridad inte-
rior y exterior, a investigación criminal y a la intimidad de la vida privada, de confor-
midad con la ley que regule la materia de clasificación de documentos de contenido
oficial o secreto…”.
Como consecuencia de lo antes expuesto, no existe en la actualidad impedimento
alguno para que los Dictámenes y Estudios de esta Dirección sean divulgados, aun antes de
su publicación. Para dicha divulgación debe darse cumplimiento a lo establecido en el
aparte del artículo 31 de la Resolución Organizativa N° 1 (publicada en la misma Gaceta
Oficial antes citada), en el sentido de que “Para la consulta de los archivos de la Contralo-
ría, por parte de funcionarios ajenos al órgano responsable o por particulares, se requiere
autorización del Director respectivo”; mención ésta que debe entenderse -en criterio de
esta Dirección- como referida a los Directores Generales de este organismo, en razón de
que, finalmente, a éstos corresponde la custodia de los archivos de su Dirección General, en
el sentido del resguardo de la reserva de los mismos (...).
Memorándum N° 04-02-210 del 30 de agosto de 2000.
Omisión de comprobantes como fundamento de reparos.
Las Normas para el Examen Selectivo de las Cuentas de Gastos dic-
tadas por este Organismo en 1998 y hoy en rigor, en sintonía con la
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República dictada en
diciembre de 1995, eliminaron la omisión de comprobantes esencia-
les como causal expresa de reparo y entraron a hacer énfasis en la
necesaria existencia del perjuicio pecuniario para formularlo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR