Sentencia nº 536 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 28 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 28 de noviembre de 2012

202º y 153º

Visto el escrito presentado en fecha 8 de noviembre de 2012, por el ciudadano Darry F.F.O., asistido por el abogado J.F.C.A., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.338, mediante el cual promueve pruebas en la acción de nulidad que incoara dicho ciudadano, por virtud del silencio administrativo producido en el ejercicio del recurso jerárquico interpuesto en fecha 19 de agosto de 2011 (folio 41 del expediente), ante el Ministro del Poder Popular para la Defensa, contra el acto administrativo contenido en la “Transcripción de Conceptualización de Actas de Ascenso del Personal Militar”, dictada por el Presidente de la Junta Permanente de Evaluación de la Guardia Nacional Bolivariana, que lo excluyó de “…LA LISTA DE ASCENSO POR CUANTO NO CUMPLE CON LAS CONDICIONES MORALES Y CUALIDADES POTENCIALES PARA EL EJERCICIO DEL MANDO O DE LAS FUNCIONES INHERENTES A CARGOS EN EL GRADO INMEDIATO SUPERIOR, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 95 DE LA LOFAN” (folio 17 del expediente); este Juzgado, siendo la oportunidad legal de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:

Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales producidas en el Capítulo identificado como “DOCUMENTALES” del escrito de promoción de pruebas; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente.

Visto el pronunciamiento respecto a la admisión de las pruebas promovidas, este Juzgado ordena notificar a la ciudadana Procuradora General de la República, a tenor de lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Líbrese oficio, remitiéndole a dicha funcionaria copia certificada de las decisiones de admisión de pruebas.

La Jueza Suplente,

S.Y. Guzmán La Secretaria,

N.d.V.A.

Exp. N° 2012-0733/DA-JS.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR