Decisión Nº AP21-L-2018-000274 de Tribunal Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución (Caracas), 26-07-2018

Fecha26 Julio 2018
Número de expedienteAP21-L-2018-000274
EmisorTribunal Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Distrito JudicialCaracas
Tipo de procesoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
TSJ Regiones - Decisión


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo (40) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, jueves veintiséis (26) de julio de 2018.
Años. 208º y 159º
ASUNTO PRINCIPAL: AP21-L-2018-000274.
ACTA DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR PRIMIGENIA

PARTE ACTORA: José Jesús Guzmán, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°.V-1.854.118.-
APODERADO: Xiomary Castillo, venezolana, mayor de edad, jurídicamente hábil, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°. 102.750.-
PARTE DEMANDADA: “MERCADO MUNICIPAL DE CATIA”. Ente adscrito a la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador.
APODERADO DE LA DEMANDADA: NO TIENE ACREDITADO EN AUTOS.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.-
El día de hoy, jueves veintiséis (26) de julio de 2018; siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar de inicio. Anunciado el acto en la forma y oportunidad de ley, se deja constancia de la incomparecencia tanto de la parte Actora, José Jesús Guzmán, como de la parte demandada, “Mercado Municipal de Catia”, ente adscrito a la Alcaldía del Municipio Bolivariano Libertador; ni a través de apoderado judicial ni del Sindico Procurador Municipal, En consecuencia, verificada la incomparecencia de las Partes este Tribunal, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Desistido el Procedimiento y Extinguida la Instancia; en atención a lo previsto en el artículo 130, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No hay condenatoria en Costas. Se declara concluida la audiencia, se leyó el acta y estando conformes suscriben:
El Juez.


Abg. Félix Job Hernández Q.

La Secretaria.



Abg. Hanoi Navarro.



ASUNTO PRINCIPAL: AP21-L-2018-000274
FJHQ/hn

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