Decisión Nº AP21-L-2017-001504 de Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo (Caracas), 14-12-2017

Fecha14 Diciembre 2017
Número de expedienteAP21-L-2017-001504
Distrito JudicialCaracas
EmisorJuzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Tipo de procesoCobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos
TSJ Regiones - Decisión


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, catorce (14) de diciembre de dos mil diecisiete (2017)
207º y 158º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2017-001504
PARTE DEMANDANTE: MARIMAR ROJAS HUERFANO
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: RICARDO ARTURO NAVARRO URBAEZ, NORYS AURISTEL BORGES y GLADYS MARÍA DEL VALLE RODRÍGUEZ BOGADY
PARTE DEMANDADA: BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: BIANCA ROSA PÉREZ BIZZARO
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Hoy, 14 de diciembre de 2017 día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecieron a la misma de la parte Demandante ciudadana MARIMAR ROJAS HUERFANO, cédula de identidad NºV-12.293.418, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno y se deja constancia de la comparecencia de la parte Demandada sociedad mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A.; su apoderada judicial, abogado BIANCA ROSA PÉREZ BIZZARO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº150.283, acreditación que consta en autos. En consecuencia y con vista a la incomparecencia de la parte Demandante, y de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. No hay condenatoria en costas. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 207° y 158°.

La Jueza

Abog. Mariela de Jesús Morales Soto

Apoderada Judicial de la parte Demandada

La Secretaria
Abog. Ana Victoria Barreto

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