Decisión Nº AP21-L-2019-000017 de Juzgado Décimo Noveno De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo (Caracas), 05-06-2019

Número de expedienteAP21-L-2019-000017
Fecha05 Junio 2019
EmisorJuzgado Décimo Noveno De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
Tipo de procesoDesistimiento
PartesENDER JAVIER MAYOR EN CONTRA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES MOMPER IV, C.A.
Distrito JudicialCaracas
TSJ Regiones - Decisión


ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2019-000017

PARTE ACTORA: ENDER JAVIER MAYOR, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 13.957.719.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LUIS PACHECO, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA, bajo el Nº 235.288, y otros.

PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES MOMPER IV, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y estado Miranda, en fecha 21 de marzo de 1994, bajo el N° 1, Tomo 64-A-Pro.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ALFREDO ORDOÑEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA, bajo el Nº 108.214 y otros.

MOTIVO: COBRO DE BENEFICIOS LABORALES Y OTROS (DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO).

En el día de hoy, miércoles cinco (05) de Junio de dos mil diecinueve (2019), siendo las 09:00 a.m., oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia por una parte, de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, y por la otra, de la comparecencia del abogado ALFREDO ORDOÑEZ, IPSA, Nº 108.214, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada; por lo que en este estado y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA. Años 209 ° y 160°.

El JUEZ;
ABG. ROBERT GARCIA TOYO
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA

EL SECRETARIO;
ABG. JOHNNY HERNANDEZ

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