Decisión Nº BP01-D-2004-000085 de Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio LOPNNA (Anzoategui), 19-01-2017

Número de expedienteBP01-D-2004-000085
Fecha19 Enero 2017
Tipo de procesoSin Efect. Orden De Ubicación Y Fija Aud. Prelimi.
PartesDRA. BETZAIDA SANCHEZ OSTOS, FISCAL DECIMOSÉPTIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE ESTE ESTADO. A.DELC.H. Y R.C.M.L., ABOG. CARLOS PUERTA. VICTIMA: DANIEL TINEO GONZALEZ
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio LOPNNA
Distrito JudicialAnzoategui
TSJ Regiones - Decisión
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNNA


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio Sección Adolescentes de Barcelona
Barcelona, 19 de Enero de 2017
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-009653
ASUNTO : BP01-D-2004-000085
DECISION: SIN EFECTO ÓRDENES DE UBICACIÓN Y CAPTURA
FIJANDO JUICIO ORAL
Celebrada como ha sido la Audiencia para oír imputado por captura, de las ciudadanas A.DELC.H. y R.C.M.L., a los fines de decidir la medida de aseguramiento del joven antes mencionado de conformidad con los artículos 555 y 617 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; Oídos como fueron los alegatos de la DRA. BETZAIDA SANCHEZ OSTOS, Fiscal Decimoséptimo del Ministerio Público de este Estado, pone a disposición de este Despacho, así como la Defensa Privada Abog. CARLOS PUERTA, Oído igualmente las ciudadanas A.DELC.H. y R.C.M.L. y cumplidas como fueron en la Audiencia todas las formalidades de rigor, esta decisora a los fines de emitir pronunciamiento respectivo, observa lo siguiente:
En fecha 09 de junio del año 2014, este Juzgado de Juicio, Ordenó la ubicación de las ciudadanas A.DELC.H. y R.C.M.L. su captura en fecha 07 de noviembre del año 2016, a quien se le sigue el presente proceso por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORES, tipificado en el articulo 455 numeral 3, del Código Penal vigente para la fecha que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano DANIEL TINEO GONZALEZ y a tales efectos se comisiona al Bloque de Búsqueda y Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas; Sub Delegación Barcelona, Estado Anzoátegui; Ahora bien el articulo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes establece lo siguiente: " ARTICULO 617. Evasión. El o la adolescente que se fugue del establecimiento donde está detenido o detenida o que sin grave y legítimo impedimento no comparezca … al juicio,… será declarado o declarada en rebeldía y se ordenará su ubicación inmediata. Sí ésta no se lograre se ordenará su captura. Lograda la ubicación o la captura, el juez o jueza competente, según la fase, tomará las medida de aseguramiento necesarias." Del contenido de la referida disposición se desprende que el Juez competente según la fase tomará las medidas de aseguramiento necesarias, en el caso de marras nos encontramos en Fase de Juicio, y tomando en consideración, que la Fiscalía Decimaséptima del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, ha solicitado se imponga la medida cautelar prevista en el literal c del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes a las ciudadanas A.DELC.H. y R.C.M.L., a fin de garantizar su comparecencia a la celebración del Juicio Oral y Reservado, quien se ha comprometido a venir a los actos que fije este Tribunal; es por lo que quien aquí decide que es pertinente y ajustado a Derecho, Dejar Sin Efecto las Ordenes de Ubicación y Captura dictadas en contra de las ciudadanas A.DELC.H. y R.C.M.L..
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, ACORDO: PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO LAS ORDENES DE UBICACIÓN Y CAPTURA, dictadas en contra de las ciudadanas A.DELC.H. y R.C.M.L. (DATOS OMITIDOS); a quienes se le sigue el presente proceso por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORES, tipificado en el articulo 455 numeral 3, del Código Penal vigente para la fecha que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano DANIEL TINEO GONZALEZ; SEGUNDO: RATIFICAR a las ciudadanas A.DELC.H. y R.C.M.L. ya identificadas, la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA CONSISTENTE EN: 1.- LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRESENTACIÓN PERIODICAS, POR ANTE ESTE TRIBUNAL con un régimen de presentación CADA QUINCE (15) DIAS; establecida en el articulo 582 Literal c de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; Se declara con esta medida Con Lugar el petitorio Fiscal de aplicar al imputado de marras la Medida de presentaciones periódicas; y con Lugar la solicitud de la Defensa.Todo de conformidad con los artículos 585 y 617 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. TERCERO: ACORDO: Fijar la Audiencia de Juicio Oral y Reservado para el día MIERCOLES 08 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 A LAS 09:00 A.M., en la causa seguida a las ciudadanas A.DELC.H. y R.C.M.L., por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORES, tipificado en el articulo 455 numeral 3, del Código Penal vigente para la fecha que ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano DANIEL TINEO GONZALEZ. CUARTO: Se Ordenó La Libertad Inmediata De las Ciudadanas A.DELC.H. y R.C.M.L., la cual se hará efectiva desde esta Sala de Audiencias; Provéase lo conducente. Díctese el auto correspondiente. Con la lectura de la presente decisión quedan notificadas las partes presentes. Provéase lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ DE JUICIO, SECCION ADOLESCENTES
DRA. JOANNY BOGARIN BRICEÑO
LA SECRETARIA
ABOG. YULI BRAZON MARCANO

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