Decisión Nº BP02-N-2015-000257 de Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo (Anzoategui), 23-01-2017

Número de expedienteBP02-N-2015-000257
Fecha23 Enero 2017
Tipo de procesoRecurso Contencioso Administrativo Funcionarial
PartesYULEICRIS ANGOSTINI VS. INSTITUTO AUTONOMO POLICIA DEL UNICIPIO GENERAL PEDRO MARIA FREITES DEL ESTADO ANZOATEGUI
EmisorJuzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo
Distrito JudicialAnzoategui
TSJ Regiones - Decisión


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental.
Barcelona, veintitrés de enero de dos mil diecisiete
206º y 157º

ASUNTO: BP02-N-2015-000257

Visto el auto de fecha doce de julio de 2016 mediante el cual este Tribunal oyó en un solo efecto la apelación interpuesta por el abogado Reimundo Mejias, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 116.029, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana Yuleicris del Valle Agostini Sandoval, este Tribunal observa que por cuanto ha transcurrido mas de seis (06) meses y la parte apelante no ha indicado las copias fotostáticas que a bien debían ser certificados para su posterior remisión a la Corte de lo Contencioso Administrativo, en consecuencia, se declara como Desistida dicha apelación.

La Juez,



Dra. Mirna Mas y Rubí Spósito.
La Secretaria,



Abog. Marieugelys Garcia Capella

s.v.

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