Decreto N° 1.737, mediante el cual se fija un aumento del salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, para los trabajadores y trabajadoras que presten servicios en los sectores público y privado, del veinte por ciento (20%) a partir del 1° de mayo de 2015 y diez por ciento (10%) a partir del 1° de julio de 2015.- (Véase N° 6.181 Extraordinario de la GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, de fecha 08 de mayo de 2015)

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