Decreto N° 2.250, mediante el cual se ordena que el porcentaje del aporte anual para el Desarrollo Social que deben realizar las empresas de seguros, de medicina prepagada, las asociaciones cooperativas que realicen actividad aseguradora y las administradoras de riesgo, de conformidad con la normativa que rige la actividad aseguradora, sea enterado al Fondo de Desarrollo Nacional Fonden, S.A

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