Decreto N° 2.784, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto de Importación y Tasa por determinación del régimen aduanero, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales, nuevos o usados, realizadas por los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional, así como las realizadas con recursos propios por las personas naturales, jurídicas y las asociaciones de productores, destinados al uso directo en la producción primaria del sector agrícola, al procesamiento agroindustrial o al ensamblaje, construcción y reparación de bienes de uso agrícola, que en él se señalan.

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