Decreto N° 3.462, mediante el cual se autoriza la creación de una Empresa bajo la forma de Sociedad Anónima, que se denominará Industria Nacional del Agua, S.A., (INASA), adscrita al Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas.
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo, la refundación de la patria venezolana, basado en los principios humanistas, sustentado en condiciones morales y éticas que persiguen el progreso del País y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; y en ejercicio de las atribuciones que me confieren los numerales 2 y 11 del artículo 236 eiusdem, concatenado con los artículos 104, 106 y 118 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en Consejo de Ministros,
CONSIDERANDO
Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra el derecho de toda persona a disponer de bienes y servicios de calidad,
CONSIDERANDO
Que corresponde al Ejecutivo Nacional velar por el acceso de las personas a los bienes y servicios esenciales, para la satisfacción de las necesidades que hagan posible la "Suprema Felicidad Social" y protejan la paz social, el derecho a la vida, a la salud del pueblo, como derecho humano,
CONSIDERANDO
Que es competencia del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo y Aguas, el ecosocialismo ambiental; agua potable, aguas servidas y saneamiento ambiental; cuencas hidrográficas, recursos hídricos y embalses; los recursos naturales y la diversidad biológica; así como el manejo integral ecosocialista de desechos y residuos.
DECRETO
El objeto de la empresa INDUSTRIA NACIONAL DEL AGUA, S.A. (INASA), es la generación de conocimientos y técnicas endógenas en el tratamiento, purificación, almacenamiento y distribución del agua; el diseño y fabricación de los diferentes componentes mecánicos, eléctricos, informáticos, químicos y electrónicos utilizados en los procesos de desalinización, ozonización, filtración y generación de insumos químicos y de medición del recurso hídrico; la elaboración y evaluación de proyectos de obras civiles y sus ejecuciones; la comercialización de los servicios y productos en el ámbito nacional e internacional.
El Ministro del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas, mediante Resolución determinará cuáles son las empresas públicas o privadas que pasarán a conformarla.
Ei capital social de la empresa INDUSTRIA NACIONAL DEL AGUA, S.A. (INASA), será la cantidad de VEINTE MIL MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.20.000.000.000,00), equivalentes a la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLÍVARES SOBERANOS (Bs.S 20.000.000,00), íntegramente suscrito y pagado en un cien por ciento (100%) por la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas. El Acta Constitutiva y Estatutaria desarrollará los aspectos relativos al número y valor de las acciones.
Consultor Jurídico o Consultora Jurídica del Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas, el Director o Directora General de la Oficina de Gestión Administrativa del Ministerio del Poder Popular para Ecosocialismo y Aguas, y el Presidente o Presidenta de la Corporación Ecosocialista Ezequiel Zamora, S.A. (CORPOEZ), cada uno de estos últimos con su respectivo suplente.
Se ordena la transferencia a la empresa INDUSTRIA NACIONAL DEL AGUA S.A. (INASA), de los bienes muebles e inmuebles que comprenden las instalaciones físicas, maquinarias, partes y equipos de la Fábrica Socialista de Bombas Hidráulicas Ospino y de la Planta Madre de Wanaguanare, ambas actualmente bajo el control y administración de la Corporación de Industrias Intermedias de Venezuela, S.A. (CORPIVENSA), adscrito al Ministerio del Poder Popular de Industrias Básicas, Estratégicas y Socialistas.
Dado en Caracas, a los doce días del mes de junio de dos mil dieciocho. Años 208° de la Independencia, 159° de la Federación y 19° de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese,
(L.S.)