Defensoría del Pueblo no procura sanciones a atropellos del Estado

La Defensoría del Pueblo está constitucionalmente facultada para pedir justicia ante los tribunales por excesos cometidos por los cuerpos de seguridad del Estado, pero desde su creación en 1999 sólo lo ha hecho en un caso ocurrido en 1966: el asesinato del periodista y guerrillero Fabricio Ojeda.El dato destaca en el informe sobre la gestión de la Defensoría del Pueblo durante el quinquenio 2007-2013, elaborado por las organizaciones no gubernamentales Acción Solidaria, Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello, Civilis Derechos Humanos y Programa Venezo lano de Educación-Acción en Derechos Humanos.La evaluación se hizo sobre la base de los Principios de París, instrumento internacional aprobado por la ONU en 1993 y que establece los estándares que deben regir la actuación de las organizaciones estatales encargadas de la defensa y promoción de los derechos humanos.En el documento denomina do ¿Y a ti, quién te defiende? se explica que el ejercicio de la competencia cuasijurisdiccio nal de la Defensoría del Pueblo ha estado orientado principalmente a asuntos relacionados con servicios públicos donde la responsabilidad recae sobre particulares o sobre el papel regulador del Estado frente a estos.La situación de indefensión ciudadana descrita en el informe...

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