Decisión de Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de Carabobo (Extensión Valencia), de 17 de Octubre de 2016

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2016
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia Agrario
PonenteJosé Gregorio Rodriguez
ProcedimientoAuto Interlocutorio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 17 de Octubre de 2016

206º y 157º

Vista la diligencia del 13/10/2016, suscrita por la ciudadana F.M.B. de Gómez, Venezolana, Mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.171.563, asistida en este acto por la abogada en ejercicio L.R., titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.939.184, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 68.125 (parte demandante), quien expone lo siguiente: “(…) Ciudadano Juez, solicito se ordene la citación por carteles de los demandados de autos de conformidad con lo establecido en el artículo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (…)”; en consecuencia, este Tribunal ordena librar cartel de emplazamiento a los ciudadanos M.R., A.F., M.P., J.M., J.O., J.F., J.B., L.G., N.G. y Jomerlis Armando, respectivamente, domiciliados en el Sector Tronconero, Calle R.G., Parroquia Yagua Municipio Guacara del estado Carabobo. En tal sentido, se procederá a fijar un cartel en su morada, y otro en la cartelera de este Juzgado Agrario. Asimismo, se ordena la publicación del cartel por la prensa, a costa del interesado, en un (01) diario de mayor circulación regional, a cuyo efecto se indica el diario “NOTITARDE”. Dicho cartel contendrá el nombre y apellido de las partes, el objeto de la pretensión, el término de la comparecencia, apercibiéndole que en caso de no acudir, su citación se entenderá con el funcionario al cual corresponda la defensa del beneficiario de la Ley infra indicada, esto es, la Defensa Pública Agraria del estado Carabobo. Todo de conformidad con el artículo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Líbrese cartel en la forma indicada.

El Juez

ABOG. JOSE GREGORIO RODRIGUEZ GONZALEZ

La Secretaria

ABG. MARIANGEL MENDOZA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

La Secretaria

ABG. MARIANGEL MENDOZA

EXPEDIENTE Nº. JAP-312-2016

JGRG/MM/VPP. -

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR