Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 18 de Septiembre de 2006

Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2006
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteSanta Susana Figuera Cabello
ProcedimientoRégimen De Visitas

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, dieciocho de septiembre de dos mil seis

196º y 147º

ASUNTO: BP02-V-2006-001454

Por recibida la anterior solicitud de REGIMEN DE VISITAS, propuesta por el ciudadano R.A.H.L., chileno, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-80.381.137, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio J.R.L., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 87.798, quien actúa en representación de los niños R.A. y A.A.H.N., de Siete (07) y Cinco (05) años de edad, respectivamente, junto con los recaudos que en ella se mencionan todo constante de Once (11) folios útiles. Désele entrada. Admítase. De conformidad con el articulo 387, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, cítese a la ciudadana HAYET NASER GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.488.933, domiciliada en la Avenida R-16, Residencias Avilamare, Apartamento APH-2, Torre A, Sector El Morro, Lechería, Estado Anzoátegui, por medio de boleta para que comparezca por ante esta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación a los fines de que exponga lo que crea conveniente en la presenta tramitación. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad se verificara un acto conciliatorio a las 10:30 a.m. Comisiónese suficientemente al Alguacil asignado a este Despacho, a los fines de que practique la citación de la ciudadana HAYET NASER GOMEZ, quien se encuentra domiciliada en esta Jurisdicción. Asimismo se acuerda practicar sendos Informes Sociales en los hogares de los ciudadanos HAYET NASER GOMEZ y R.A.H.L., asimismo practicar evaluaciones psicológicas y psiquiátricas, a dichos ciudadanos y al niño R.A.H.N., a través del Equipo Multidisciplinario de este Despacho. Líbrese boleta y oficio. Librese boleta de notificación a la Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Anzoátegui. Cúmplase.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL. SALA N° 01.

Abg. S.S. FIGUERA CABELLO.

LA SECRETARIA ACC,

Abg. ZULLYS MOY SIFONTES.

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