Democracia y conflicto. Deslegitimación del Sistema Político Venezolano (1958-1998) La Ilegalización de la huelga como índice del subdesarrollo político

AutorFrancisco Iturraspe
CargoUniversidad Central de Venezuela
Páginas347-380
Revista
Gaceta
Laboral, Vol. 6, No. 3, 2000
Democracia
y
Conflicto
Deslegitimación
del
Sistema
Polltico
Venezolano
(1958-1998)
La
DegaUzación
de
la
Huelga
como
Índice
del
Subdesarrollo
Polltico
Francisco
Iturraspe
Universidad
Central
de
Venezuela
(UCV).
"El desarrollo político
populista
dio
lugar
a
un
tipo de relación
del
Estado
con el movimiento sindical
caracterizada
por
la
do-
minación,
entendida
ésta
como obediencia a
mandatos
de je-
rarquías
superiores"
Héctor
Lucena, Corporativismo y Neoli-
beralismo
en
América
Latina:
sindicatos,
empresarios
y
Esta-
do,
en
Gaceta
Laboral, Volumen 5 #
1,
página
29. Año 1999.
Resumen
El
documento
analiza
la
capacidad diendo
entre
otros derechos, el
de
del
sistema
político
para
resolver los huelga, considerado como "disfuncio-
conflictos como índice de desarrollo nal."
político y de acercamiento
al
ideal de-
Se
propone
un
esquema
democrá-
mocrático
en
el período 58-98.
tico
que
modifique
la
normativa,
Se explica cómo y
por
qué
el movi- amplíe
la
participación de los actores
miento
sindical
ha
estado
subordina- y fomente mecanismos de resolución
do a los
intereses
del
Estado,
impi- de conflictos.
Palabras
clave:
Conflictos colectivos, democracia sindical, huelga.
Recibido: 06·07-00 Aceptado: 26-09-00
347
348
Democracia y Conflicto
Democracy
and
Conflict:
De-
Legitin1ization
the
Venezuelan
Political
System
(1958-1998)
Abstract
This
paper
analyzes
the
capacity of
ned,
and
this
has
impeded
the
the
political
system
to resolve conflict fulfillment
of
other
rights
such
as
the
as
an
indicator
of
poli
tic
al
right
to
strike,
by
considering
it
development
and
compliance
with
the
dysfunctional. A democratic
format
democratic
ideal
during
the
period
that
modifies
the
norms,
increases
1958-98.
How
and
why
the
labor
the
participation
of all actors,
and
movement
has
been
subordinated
to promotes
the
resolution of conflict
is
the
interest
of
the
nation
are
explai- proposed.
Key
words:
Collective conflict,
labor
democracy,
strike.
l.
Introducción:
el
Marco
Latinoamericano
y
el
Caso
Venezolano
La
crisis civilizatoria
que
atraviesa
el
mundo
y los
graves
problemas es-
tructurales
de
nuestras
sociedades
las
convierten
en
lo
que
Portantiero
denomina
sociedades
conflictivas:
nunca
como
ahora
resultan
obsoletas
las
pretensiones
de
sociedades utópi-
cas, perfectas,
en
las
cuales
el conflic-
to
es
anatemizado,
"suprimido".
Por
el
contrario, el
Estado
debería
reformu-
larse
como
un
espacio
institucional
capaz
de
utilizar
los conflictos como
mecanismo
de
participación social y
como
palanca
de
cambio,
sin
invadir
los
ámbitos
de
los actores sociales.
Para
ello
requiere
una
ruptura
con
la
mentalidad
e
ideología
hege-
mónicas
hasta
ahora
entre
noso-
tros
en
la
regulación
del
conflicto
y,
sobre
todo,
en
su
reglamenta-
ción
"jurídica"
represora.
El
objeto de
este
ensayo no es el es-
tudio
jurídico o sociológico de
la
huel-
ga; sino
más
bien
del
carácter
y
de
la
eficacia
del
sistema
jurídico
destinado
a
regir
los
conflictos
colectivos,
sus
fundamentacio-
nes
ideológicas
y
su
importancia
en
la
caracterización
del
desarro-
llo
político
del
sistema
llamado
"puntoíIjista" y
en
la
explicación
de
la
caída
del
mismo.
Este
trabajo
tiene
su
antecedente
en
una
de
mis
primeras
investigacio-
nes
a comienzos
de
la
década
de
los
ochenta
en
la
Universidad
Central
de
Venezuela
cuyo
resultado
se
publicó
originariamente
en
Italia
en
una
re-
copilación sobre
la
materia
realizada
por
Mario Rotondi y
que
es
citada
más
adelante.
Allí
advertíamos
nuestra
Revista Gaceta Laboral, Vol. 6, No. 3, 2000
preocupación por
las
consecuencias
que,
para
"una
de
las
democracias
más
estables
de América Latina", "en
los últimos años, el derecho
de
huelga,
tan
íntimamente
relacionado con
la
estructura
política de
una
sociedad
( ... ) se
encuentre
en
la
práctica
de
las
relaciones
laborales
evidentemente
menoscabado".
Estas
ideas
fueron
reelaboradas
y
varias
veces
das
y objeto de público debate.
Esta
introducción es propicia
para
cer
a quienes a
10
largo de dos décadas
discutieron,
se
opusieron o
ron, pero enriquecieron
estas
nes
en
Venezuela y
fuera
de ella,
tanto
en
el campo sindical,
empresarial
o
académico, desde las épocas
en
las
cuales casi
nadie
preveía
la
crisis del
puntofijismo
hasta
las
actuales
cunstancias
en
las
cuales
las
profecías
parecen
haberse
cumplido.
Las
sociedades de
la
América
na
viven, a principios del siglo y del
milenio,
un
proceso de
ción
política
caracterizada
por
tes
contradicciones
que
nos colocan
dentro
de
la
mencionada
idea
de
ciedades
conflictivas:
La
consolidación
de
la
mocracia
política
como
ma
de
gobierno
l
en
la
gión,
después
de
un
período
en
el cual
las
dictaduras
eran
yoritarias
en
el continente.
El
péndulo
cia,
que
caracterizaba
la
ción de muchos de
nuestros
temas
políticos,
parecería
berse
detenido.
Sin
embargo,
aunque
algunas
de
las
características
de los
tados
construidos
por
esas
taduras
2
permanecen,
en
ral,
la
nueva
generación
de
1 Adoptaremos el concepto de
Bobbio
que contrapone
la
democracia a
toda
forma de
gobierno autocrática y
la
caracteriza "por
un
conjunto de reglas
(primarias
o
fundamentales) que establecen
quién
está
autorizado
para
tomar
las
decisiones
colectivas y bajo qué
procedimientos
(.
.. )
Un
régimen democrático de
caracteriza
por
la
atribución de este poder (que
en
cuanto autorizado por
la
ley
fundamental
se
vuelve
un
derecho) a
un
número
muy
elevado de miembros del grupo.
"Bobbio,
Norberto.
El
futuro
de
la
democracia,
ed. FCE, México, 1996, p.24 (resaltado
con
letras
itálicas del autor).
Se
trata
de lo que se
ha
denominado "democracia
formal", que supone el
Estado
de Derecho, dado que "en
su
realización impone
restricciones
al
uso de
la
fuerza
estatal"
Mujica
Ricardo,
Michel.
Democracia
sustantiva,
democracia
formal
y
hegemonía
en
Antonio
Gramsci,
Biblioteca
de
la
Academia Nacional de Historia, Caracas, 1994.p.42.
2
Para
las
transformaciones del Estado
en
la
región
en
la
época de las dictaduras ver:
Cardoso,
Fernando
Henrique
y
Enzo
Faletto.-
"Estado
y
Proceso
Político
en
América
Latina",
en
Revista
Mexicana
de
Sociología,
2-77, abril-junio
de
1977;
Borón, Atilio.-
"El
fascismo
como
categoría
histórica:
en
torno
al
problema
de
las
dictaduras
en
América
Latina"
Revista
Mexicana
de
Sociología,
2-77,
abril junio
de
1977;
Dillon
Soares,
Glaucio
Ary."'0
novo
estado
na
América
Latina"
Estudios
Cebrap,
n.13. Sao Paulo,julio-setiembre de 1975.
349

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