La democracia y la constitución, de cara a los derechos humanos de las mujeres

AutorElida Aponte Sánchez
CargoSección de Antropología Jurídica Coordinadora de Los Estudios de Género Instituto de Filosofía del Derecho Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Universidad del Zulia. Maracaibo-Venezuela macanilla@hotmail.com

Artículo correspondiente al Proyecto de Investigación no financiado por el Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico (CONDES), intitulado: Erradicando la Violencia de Género.

1. Introducción ¿Qué es la democracia?

No ha existido ni existe ninguna sociedad que nos proporcione un modelo completo de democracia. Existen autores(as) que han elaborado modelos o tipos ideales. Uno de ellos es Alexander de Tocqueville, autor que, sin lugar a dudas, fue el primero en escribir sobre la democracia tal y como se manifiesta en la sociedad moderna, con los peligros que ella encierra. Y, entre esos peligros, uno de los más evidentes es la no necesaria correspondencia entre democracia y libertad. En otras palabras, existen democracias libres y democracias que no lo son, aparte de que una sociedad basada en la igualdad, no necesariamente es una sociedad libre.

La sociedad democrática que concibe Tocqueville es aquella:

“(...) donde todos, considerando la ley como obra suya, la amarían y se someterían a ella sin pena; donde la autoridad del gobierno fuese respetada como necesaria y no como divina; el amor que se tendría al jefe del Estado no sería en absoluto una pasión, sino un sentimiento razonado y tranquilo. Teniendo cada cual derechos, y estando asegurada la conservación de sus derechos, se establecería entre todas las clases una confianza (...) y una especie de condescendencia recíproca, alejada del orgullo como de la bajeza” (Tocqueville, 1985: 23).

Así pues, la democracia, como acertadamente sostiene Arturo Valenzuela, es un sistema que nos permite regular el conflicto político, en forma ordenada y pacífica –según reglas claras- y acordes a la voluntad ciudadana.

“Es un sistema donde actores políticos se ponen de acuerdo para estar en desacuerdo impulsando distintas estrategias para lograr el bien público, siguiendo reglas claras en una competencia leal y pacífica por el poder basado en el veredicto de las mayorías conforme al estado de derecho. Es un sistema para mantener la paz interna y el orden público garantizando las libertades de las personas y la responsabilidad de los gobernantes ante los ciudadanos electores” (Valenzuela, 2002: Política en eluniversal.com).

La democracia incorpora varias dimensiones. Según Roberto Dahl (1993:28), la primera dimensión, es la competencia política que se traduce en la constitución del gobierno por líderes que compiten con éxito por el voto popular en elecciones periódicas, transparentes y donde se garantice el secreto del sufragio. Para que se de tal dimensión, es necesaria: A) la aceptación de la oposición política, el derecho de cualquier persona o grupo a desafiar y sustituir, por elecciones, a quienes detenta los puestos de autoridad. B) La existencia de partidos y de organizaciones de la sociedad civil que promuevan programas e ideologías distintas a la ideología que detenta el poder. C) La libertad de expresión y de asociación, y el respeto a la independencia de los medios de comunicación (todo dentro del marco normativo vigente en la República y de los tratados internacionales) y D) el respeto a los derechos humanos de los ciudadanos y de las ciudadanas, especialmente, de las minorías. Este último aspecto es muy importante. La democracia es, por definición, un sistema político, una forma de ejercicio del poder en la que los hombres y las mujeres existen como individuos, por lo que democracia y derechos -subjetivos- con conceptos solidarios. En otras palabras, no se concibe la democracia si no se presuponen los derechos humanos (Correa, 1986-87: 9).

La segunda dimensión anotada por Dahl, está referida a la participación. Ello es, al ejercicio pleno de la ciudadanía, entendiendo que la soberanía reside en el pueblo. Esa participación no es sólo electoral, sino que ancla en la corresponsabilidad ciudadana dentro de reglas claras del juego democrático. La ciudadanía debe estar comprometida y sus opiniones deben ser tomadas en cuenta en todos los asuntos que interesan a la sociedad. A ello se refiere la democracia participativa y protagónica que contempla la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Preámbulo.

La tercera dimensión tiene que ver con el respeto al orden constitucional y a las leyes. La ley debe estar por encima de la soberanía de las mayorías, como bien señala Arturo Valenzuela (Ibíd.). Por ello es que la democracia contemporánea es entendida como democracia constitucional que garantiza el estado de derecho, restringe la hegemonía de las mayorías, define y garantiza la autonomía de los poderes y confía en un poder judicial independiente, profesional, capaz y honesto.

Las dimensiones mencionadas vienen a constituir los aspectos formales de la democracia. Sin embargo, ello no garantiza que realmente se respeten las opiniones de la ciudadanía. No olvidemos que existen casos de líderes de países que fueron elegidos (legitimidad de origen) y que sus gobiernos poco o nada tuvieron que ver con la democracia (ilegitimidad de desempeño) tal y como formalmente la conocemos. Nos referimos a Hitler en Alemania o Mussolini en Italia. América Latina tampoco ha quedado fuera de la experiencia no democrática. Un ejemplo lo tuvimos con Alberto Fujimori en Perú.

“(...) un líder elegido puede gozar del apoyo mayoritario y hasta ganar elecciones de nuevo como lo hizo Alberto Fujimori en Perú, a pesar de violaciones cada vez más públicas de las leyes. Para muchos peruanos no era evidente el grado en que su gobierno poco a poco iba coartando la libertad, sobornando a políticos y controlando la información, y el abuso del poder no se comprobó sino con la difusión de unos videos que expusieron la degradación del ideal democrático” (Kelly, 2003: 9-10).

2. Reseña de la democracia en el liberalismo y en la socialdemocracia

Se ha escrito sobre tres teorías políticas que sirven a la construcción de las sociedades democráticas: el liberalismo, el socialismo y el feminismo. De las tres teorías, la menos conocida y la que nunca ha sido probada en ningún país es la propuesta por el feminismo.

“Con mayor o menor acierto podemos intuitivamente describir en qué consiste una democracia liberal o en qué consiste la socialdemocracia o democracia socialista, pero apenas tenemos evidencias de qué es una democracia feminista” (Miyares, 2003:11).

La democracia liberal deriva la autoridad del consentimiento por parte de unos individuos que se dicen libres e iguales. Tal concepción nace con el pecado original de entender como libres e iguales sólo a los varones. Incluso, no a todos ellos. El modelo de individuo para la teoría liberal es el varón, blanco, propietario y heterosexual. La igualdad, en la ideología liberal penderá de la libertad.

Las teorías del contrato social verán en ese varón, el ideal de sujeto que luego será desarrollado por Kant y mantenido por todas las Escuelas jurídicas, siendo pasado el estandarte de una a otra, con la clara exclusión (por sujeción a los varones) de las mujeres. Este aspecto ha sido magistralmente estudiado por Carole Pateman, en un libro de obligado conocimiento intitulado: El contrato sexual. En dicho libro, Pateman pone al descubierto que el pacto hipotético original entre hombres libres e iguales sobre el cual se asientan las teorías contractualistas y que se identifica con el patriarcado hasta nuestros días, deja por fuera a la mitad de la raza humana, a las mujeres; por lo que es necesario contar la otra parte de la historia, la historia del contrato sexual, que contiene la construcción de la diferencia sexual como diferencia política.

“La construcción de la diferencia entre los sexos como una diferencia entre libertad y sujeción no sólo es central para esta famosa historia política. La estructura de nuestra sociedad y nuestra vida cotidiana han incorporado la concepción patriarcal de la diferencia sexual. (...)A pesar de las muchas reformas legales recientes y de los amplios cambios en la posición social de las mujeres, aún no tenemos los mismos parámetros civiles que los varones, más aún, este punto central en nuestras sociedades ha sido introducido pocas veces en las discusiones contemporáneas sobre teoría y práctica del contrato” (Pateman, 1995: 16).

En la socialdemocracia, ello es, en las teorías igualitarias de raíz marxista, las mujeres tampoco salimos bien paradas. El cambio en las relaciones económicas de una sociedad no entraña la necesidad de una revolución en las formas de cohabitación de los sexos, ni los modelos marxistas que se han aplicado en el mundo han asegurado a las mujeres el coprotagonismo que como sujetas nos corresponde en toda sociedad. Al contrario, en dichas sociedades persisten los mismos problemas de exclusión, explotación, prostitución y falta de reconocimiento de las mujeres que se denuncian en las democracias liberales.

Ambas propuestas de democracia, tanto la liberal como la socialdemócrata de orientación marxista, carecen de conciencia de sexo, por lo que el reconocimiento de las mujeres no es un objetivo fundacional de sus propuestas. En otro punto de este artículo nos referimos a la democracia feminista.

3. La democracia y la constitución no siempre van de la mano

La Constitución de un país es más que el papel escrito sobre el cual se hace la distribución de los distintos poderes. Es más que un papel que contiene la suma de factores reales de poder que rigen ese país, tal y como entendía Lassalle (1989:45), es el acuerdo por el cual se fijan las reglas de funcionamiento de los gobiernos, que son los equipos que dirigen los asuntos del Estado (Ibíd.:7).

Cuando hablamos de Estados democráticos hacemos descripción del anhelo de que la Constitución sea...

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