Los derechos fundamentales laborales y la jurisprudencia

AutorReinaldo Jesús Guilarte Lamuño
CargoUniversidad Católica Andrés Bello, Abogado
Páginas35-64
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Los derechos fundamentales laborales
y la jurisprudencia*
Reinaldo Jesús GUILARTE-LAMUÑO
Universidad Católica Andrés Bello, Abogado (2000).
Miembro de Número del Instituto Venezolano de Derecho Social
A MIS ESTUDIANTES
“CALMA PUEBLO QUE AQUÍ ESTOY YO
LO QUE NO DICEN LO DIGO YO
LO QUE SIENTES LO SIENTO YO
PORQUE YO SOY COMO ,
ERES COMO YO
CALMA PUEBLO. CALLE 13
Sumario
Consideraciones Preliminares. 1. Derecho al Trabajo. 2.
Derecho a la Intimidad. 3. Irrenunciabilidad. 4. Intangibilidad.
5. Protección del Salario. 6. Registro del Sindicato. 7.
Huelga. 8. Libertad Sindical. 9 Negociación Colectiva. 10.
Protección a la Paternidad. 11. Democracia Sindical. 12.
Conclusiones.
*A los fines del presente artículo serán utilizados los siguientes términos: Venezuela. República Bolivariana
de Venezuela. OIT: Organización Internacional del Trabajo. CIDH: Corte Interamericana de Derechos
Humanos. ANC: Asamblea Nacional Constituyente. CNE: Consejo Nacional Electoral. CGR: Contraloría
General de la República. AN: Asamblea Nacional. CRBV. Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela. DLOTTT: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y
las Trabajadoras. DLISLR: Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto Sobre la Renta.
Justicia. SC: Sala Constitucional. SCS: Sala de Casación Social. SPA: Sala Político Administrativa. SE:
Sala Electoral. Patrono: Entidad de Trabajo.
Recibido: 13-11-2016 Aceptado: 17-11-2016 “Universitas” Fundación
Derecho del Trabajo Nº 20/2016 (enero-diciembre) Issn: 1856-3449 35-64
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Reinaldo Jesús Guilart e Lamuño
Resumen
La tutela efectiva de los derechos fundamentales resulta indispensable para
garantizar un ejercicio efectivo de los mismos, por lo que le corresponde al Poder
Judicial restablecer la situación infringida, en aquellos supuestos que exista una
violación de los derechos humanos. Por ello, encontramos que el TSJ como
integrante del Poder Judicial, viene realizando la interpretación de los derechos
humanos en el ámbito del Derecho del Trabajo. Así, el TSJ se ha pronunciado
sobre: (i) el derecho al trabajo; (ii) el derecho a la intimidad; (iii) irrenunciabilidad;
(iv) intangibilidad; (v) protección del salario; (vi) constitución de sindicatos; (vii)
derecho de huelga; (viii) libertad sindical; (ix) negociación colectiva; (x) protección a
la paternidad; y (xi) democracia sindical. Debido a ello, consideramos que en un
país donde no se garantiza el ejercicio de los derechos fundamentales, así como
su tutela efectiva, no se puede considerar que exista una democracia, porque la
misma tiene base en el ejercicio y protección de los derechos de los ciudadanos.
Por lo anterior, nos preocupa que la legislación dictada en las últimas décadas en
Venezuela limite el ejercicio de los derechos fundamentales de las partes de la
relación laboral, así como también nos inquieta la tutela que el Poder Judicial
brinda a las partes que son víctimas de la violación de derechos fundamentales.
Como consecuencia de lo antes expresado, consideramos necesario efectuar una
evaluación de algunas decisiones dictadas por el TSJ, en las que se realiza la
interpretación de diferentes aspectos vinculados con los derechos fundamentales
relacionados con el Derecho del Trabajo. Por lo tanto, a continuación podrán
encontrar nuestras consideraciones sobre el tema.
Palabras Claves: 1. Derechos Humanos. 2. Sentencias. 3. TSJ. 4. Tutela. 5. Derecho
del Trabajo
Abstract
An effective jurisdictional process of the constitutional rights is needed to guarantee
an effective exercise of these. In that way the Judiciary it’s responsible for
reestablishing the previous condition, in cases that verified a violation of human
rights. Thus, in Venezuela, the Supreme Tribunal as a member of the Judiciary it’s
making since several years ago an interpretation of human rights related to Labor
Law. Thereby, the Supreme Tribunal has pronounced about: (i) the labor law; (ii)
right to privacy; (iii) payments and social benefits agreement ended relationship; (iv)
prohibition to unfavorable reforms of the labor law; (v) wage protection; (vi) constitution
of labor unions; (vii) labor strike; (viii) freedom of association; (ix) collective
bargaining; (x) parenthood protection; and (xi) elections in unions and membership.
Due to that, it’s impossible to consider a nation as a true democracy if do not exist
free exercise of constitutional rights and effective jurisdictional process to guarantee
it. Therefore, it’s worrisome that the laws appeared in Venezuela in the lasts decades
are limits to the exercise to the constitutional rights of the parts of the labor
relationship, as well as it’s worrying the jurisdictional process that Judiciary actually
offers to parts whom rights went violated. According to previously argued, it’s essential
to make a review of some sentences from the Supreme Tribunal, who has interpreted
the constitutional rights and many topics related to Labor Law. In the next pages, you
can found some considerations of the matter.
Keywords: 1. Human Rights. 2. Sentences. 3. Supreme Tribunal of Justice. 4.
Jurisdictional Process. 5. Labor Law.

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