La destrucción de las condiciones de integridad electoral por los actos intolerables de la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente

AutorJosé Ignacio Hernández G.
CargoProfesor de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela y la Universidad Católica Andrés Bello
Páginas41-56
La destrucción de las condiciones de integridad
electoral por los actos intolerables de la ilegítima
Asamblea Nacional Constituyente
José Ignacio Hernández G.
Profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela
y la Universidad Católica Andrés Bello
Resumen: Desde la el
ección de la asamblea nacional constituyente fraudulenta e
ilegítima, las condicion es defectuosas de integridad electoral en Venezuela fuer on
totalmente desmantelada s. Actualmente, Venezuela ya no puede considerarse un
régimen “autoritario competitivo” o un “régimen híbrido”. Por el contrario, des-
de la elección de la asamblea constituyente, Venezuela debe considerarse un auto-
ritarismo no competitivo.
Palabras Clave: Condiciones de integridad electoral, autoritarismo competitivo,
asamblea nacional constituye
nte venezolana, sistema elect oral venezolano.
Abstract: Since the election of the fraudulent and illegitimate national constituent
assembly, the flawed electoral integrity conditions in Venezuela were totally dis-
mantled. Currently, Venezuela cannot be longer considered an “authoritarian
competitive” regime or a “hybrid regime”. On the contrary, since the election of
the constituent assembly, Venezuela must be considered a non
-competitive authori-
tarianism.
Key words: Integrity electoral conditions, competitive authoritarianism, Venezue-
lan national constitu ent assembly, Venezuela electoral System.
SUMARIO
INTRODUCCIÓN
I. DEL AUTORITARISMO COMPETITIVO AL AUTORITARISMO NO COMPETITIVO EN
VENEZUELA BAJO LA TIRANÍA CONSTITUYENTE
II. LAS ILEGÍTIMAS DECISIONES DE LA ANC RELACIONADAS CON LAS ELECCIONES
REGIONALES
III. EN ESPECIAL, LA ILEGÍTIMA DECIS IÓN DE LA ANC DE EXIGIR LA JURAMENTA-
CIÓN DE LOS GOBERNADORES ELECTOS Y EL GOLPE DE ESTADO EN CONTRA DEL
GOBERNADOR ELECTO DEL ESTADO ZULIA
IV. LAS DECISIONES DE LA ANC REL
ACIONADAS CON LAS ELECCIONES MU
NICI-
PALES Y LAS NUEVAS INHABILITACIONES POLÍTICAS ACORDADAS P OR LA ANC.
LA SUPRESIÓN DEL ENTIDADES MUNICIPALES DE ELECCIÓ N POPULAR
V. LA ILEGÍ TIMA CONVOCATORIA A ELECCIONES PRESIDENCIALES POR LA ANC
VI. A MODO DE CONCLUS IÓN: LA DESTRUCCIÓN DE LAS CONDICIONES DE INTEGR I-
DAD ELECTORAL EN VENEZUELA
INTRODUCCIÓN
En el medio de las protestas civiles desencadenadas por el desconocimiento de las facul-
tades constitucionales de la Asamblea Nacional, el régimen de Nicolás Maduro decidió con-
REVISTA DE DERECHO PÚBLICO N° 153/154 - 2018
42
vocar a una “asamblea nacional constituyente” (ANC). Desde el inicio, la convocatoria violó
el marco constitucional aplicable, en tanto la convocatoria fue realizada por Decreto Presi-
dencial y no mediante referendo popular. Además, las condiciones electorales fijadas median-
te Decreto sesgaron la elección de los diputados constituyentes1.
Las violaciones constitucionales cometidas durante la convocatoria y elección de la
ANC se consolidaron con su instalación, pues tal asamblea asumió poderes “supra-
constitucionales” y “plenipotenciarios”, como resultado de su supuesto “carácter originario”2.
En la práctica, esto implicó que la ANC asumió poderes absolutos, no sujetos a control al-
guno, y que incluso le permitieron “derogar” a la Constitución de 1999, la cual consecuente-
mente perdió vigencia por la vía de los hechos3. Por ello, con su instalación, la ANC se erigió
en una tiranía4.
Esto quiere decir que la ilegitimidad de las funciones ejercidas por la ANC no solo der
i-
va de su írrita elección e instalación. En realidad, esa ilegitimidad también se desprende de la
usurpación de las competencias de la Asamblea Nacional exclusiva representante del pueblo
venezolano, de conformidad con la Constitución5 como resultado de los poderes absolutos e
ilimitados que la ANC asumió. De allí, por ende, que la ANC viola los principios republica-
nos básicos del Derecho Público venezolano, en tanto desconoce la separación de poderes, la
supremacía de la Constitución y los fundamentos del Gobierno representativo6.
Todos
estos actos dictados por la ANC pueden ser calificados como actos intolerables,
que fue la denominación dada a los actos dictados por el Parlamento Británico en 1774, luego
1 Sobre el ilegítimo proceso de convoca toria y elección de la asamblea naciona l constituyente, vid.
Allan Brewer-Carías y Carlos García Soto
(ed.),
Estudios sobre la ANC y su inconstitucional con-
vocatoria, Temis-Editorial Jurídica, Bogotá, 2017.
2 Tales poderes absolutos e ilimitados fueron asumidos para destituir al Fiscal General de la Repú-
blica y designar a su nuevo titular, pese a que la Constitución de 1999 asigna esas competencias a
la Asamblea Nacional, dentro de cierta s condiciones.
Cfr.: (i) Decreto Constitu yente de la Remo-
ción de la ciudadana Luisa Marvelia Ortega Díaz como Fiscal General de la República (Gaceta
Oficial N° 6.322 extraordinario de 5 de agosto de 2017); (ii) Decreto Constituyente de la designa-
ción Provisional del cargo de Fiscal General de la República Tarek Willians Saab (publicado en
la citada Gaceta N° 6.322) y (iii)
Decreto Constituyente sobre la Emergencia y Reestructuración
del Ministerio Público (igualmente publicado en la mencionada Gaceta).
3 Véase: Decreto Constituyente mediante el cual se dictan las Normas para garantizar el pleno
funcionamiento institucional de la Asamblea Nacional Constituyente en armonía con los Poderes
Públicos constituidos
(Gaceta Oficial N° 6.323 extra ordinario de 8 de agosto de 2017).
4 Sobre el concepto de tiranía, vid. Timothy Snyder, On tyranny, Tim Duggan Books, Nueva York,
2017.
5 La ANC asumió formalmente las competencias de la Asamblea Nacional en sesión del 18 de
agosto de 2018 (https://cnnespanol.cnn.com/2017/08/18/asamblea
-
constituyente-de-venezuela-
disuelve-la-asamblea- nacional/). En la práctica, sin embargo, la ANC ha optado por ejercer caso
por caso esas competencias, por ejemplo, para “aprobar” el presupuesto (Decreto Constituyente
mediante el cual se aprueba la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Económico Financiero 2018,
la Ley Especial de Endeudamiento Anual para el Ejercicio Económico Financiero 2018, y el Plan
Operativo Anual del año 2018, publicado en la Gaceta Oficial N° 41.293 de 5 de diciembre de
2017), e incluso, para dictar “Leyes Constitucionales” (entre muchas otra, vid.: Ley Constituciona l
de Precios Acordados, en Gac eta Oficial Número 6.342 extraor dinario de 22 de noviembre de
2017).
6
La ANC consolida un lento proceso de des mantelamiento del Estado de Der echo que inició
pa-
radójicamente con el proceso constituyente de 1999, y que se agravó notablemente con la elec-
ción de la Asamblea Nacional en diciembre de 201 5. Actualmente, la ANC que carece de legiti-
midad de origen concentra todas las funciones del Estado y no se somete a control alguno.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR