La economía virtual: Nuevos retos para el Derecho del Trabajo

AutorJuan Raso Delgue
CargoProfesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Facultad de Derecho. Universidad de la República, Uruguay
Páginas65-91
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La economía virtual:
Nuevos retos para el Derecho del Trabajo
1
Juan RASO-DELGUE
Profesor Titular de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Facultad de Derecho.
Universidad de la República. Uruguay
Sumario
I.La organización del trabajo en la economía virtual.
1. Introducción: una vuelta de tuerca en las transformaciones
del trabajo. 2. La economía virtual. 3. El impacto de la
economía virtual sobre el mercado de trabajo. 4. Las
plataformas virtuales: la sharingeconomy y la on demand
economy. 5. Primeras respuestas jurisprudenciales y
administrativas. II. El Derecho del trabajo ante la
empresa virtual: nuevas categorías laborales. 6. La
transformación de la subordinación. 7. Un cambio de
paradigma en las relaciones de empleo. 8. Trabajo
dependiente, autónomo o semiautónomo. 9. ¿Un nuevo
Derecho del trabajo o nuevas categorías para el Derecho
del trabajo?. 10. Reformulando la “teoría de los círculos”.
11. Responsabilidades heterogéneas y tutela social. 12. Una
reflexión final.
Recibido: 8-11-2016 Aceptado: 16-11-2016 “Universitas” Fundación
Derecho del Trabajo Nº 20/2016 (enero-diciembre) Issn: 1856-3449 65-91
1Este texto forma parte de una investigación aún en proceso.
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Resumen
Las transformaciones tecnológicas han contribuido para que la organización del
trabajo cambie, tanto en espacio, como en tiempo. Se flexibiliza así, el esquema de
los horarios, y los muros de las empresas son traspasados por la tecnología pues,
las personas que trabajan disponen de un conjunto de dispositivos de conexión
permanente (teléfonos móviles, computadoras portátiles, acceso a Internet) que
desdibujan los límites entre espacio de trabajo y el lugar de ocio, entre tiempo de
trabajo y tiempo libre, haciendo un lugar de trabajo a cualquier espacio físico, en
cualquier tiempo. Desaparecerán así los trabajos, tales como los conocemos hoy,
en mayor o menor medida, y se originarán nuevos. La revolución tecnológica plantea
importantes desafíos para el Derecho del Trabajo. Su objeto, no fue proteger en
términos generales al “trabajo”, es decir a “todos los trabajos”, sino tutelar solo un
determinado tipo de trabajo: el trabajo subordinado. Nunca hubo un planteo
profundo del derecho del trabajo para extender su protección a otros ámbitos. Su
futuro es incierto, salvo que podamos aceptar la postmodernidad, redefinir el estado
social y reformular a su vez las tutelas laborales, en defensa de los nuevos
trabajadores, que seguirán siendo en su gran mayoría “contratantes débiles” ante
empresas cada vez más poderosas. Como nos indican las técnicas oftalmológicas,
debemos comenzar a construir un Derecho del trabajo multifocal. El autor se
pregunta ¿el Derecho del trabajo tendrá la suficiente eficacia para regular los nuevos
trabajos o seguiremos defendiendo la idea formal y atractiva de un Derecho del
trabajo único, pero que hoy solo regula un 25% de la población económicamente
activa? Pareciera que una vía pudiera ser, no huir de la disciplina, pero
inevitablemente habrá que introducir categorías jurídicas elaboradas a partir de las
nuevas experiencias que vivimos en la actualidad.
Palabras claves: economía virtual, UBER, tecnología, trabajo, app.
Abstract.
Technological transformations have contributed to the organization of work change,
both in space and in time. Thus, the scheduling of schedules is made more flexible,
and the walls of companies are transferred by technology, because the working
people have a set of permanent connection devices (mobile phones, laptops, Internet
access) that blur the Limits between work space and the place of leisure, between
work time and free time, making a workplace to any physical space, at any time.
They will thus disappear the works, as we know them today, to a greater or lesser
extent, and they will originate new ones. The technological revolution poses important
challenges for labor law. Its purpose was not to protect in general terms “work”, ie
“all jobs”, but to protect only one type of work: subordinate work. There has never
been a thorough discussion of labor law to extend its protection to other areas. Its
future is uncertain, unless we can accept postmodernism, redefine the social state
and reformulate the labor protections, in defense of the new workers, who will remain
in their majority “weak contractors” before increasingly powerful companies. As
ophthalmic techniques tell us, we must begin to build a multifocal labor law. The
author asks whether labor law will be effective enough to regulate new work or will
we continue to defend the formal and attractive idea of a single labor law, but which
today regulates only 25% of the economically active population? It would seem that
a way could be, not escape from discipline, but inevitably it will be necessary to
introduce legal categories elaborated from the new experiences that we live in today.
Keywords: virtual economy, UBER, technology, work, app.
Juan Raso Delgue

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