Una ecuación es para siempre.

AutorRamis M., Pompeyo
CargoEl derecho político - Ensayo

AN EQUATION IS FOREVER

  1. "La política dura poco, una ecuación es para siempre".

    Esta sentencia de Einstein deberían recordarla aquellos historiadores que adjudican a las doctrinas la responsabilidad de algunos hechos. No niego la relación entre unas y otros, cuando la hay. De hecho, algunas teorías filosóficas han inspirado acciones políticas, así como ciertos acontecimientos han provocado cambios epistemológicos. Pero repito que se trata de una relación, no una conexión, pues entre doctrinas y hechos con ellas relacionados hay esta diferencia: que los hechos pasan y las doctrinas permanecen puras e independientes, sin que importe que tengan o no vigencia. Quienes creen que hay acontecimientos perversos inspirados por una doctrina, están cometiendo una perversión hermenéutica y metodológica de aquel pensar. O lo toman tal vez como pretexto. Los hechos pueden causar alegría, indignación, sorpresa, etc., y en consecuencia incitar a la reflexión hasta llegar a conclusiones que obliguen a decidir; pero ese mismo pensamiento no sirve de aval para ejecutar decisiones de cualquier índole. La razón de ello está en que los acontecimientos tienen sus propias causas, que merecen ser examinadas en particular, cada una según su circunstancia. Cuando los juristas romanos crearon el aforismo ex facto oritur ius, no querían decir que el derecho siempre nace de los hechos, sino que algunos sucesos deben estimularse o evitarse según las consecuencias morales que de ellos se deriven. Por lo demás, el aforismo es admisible si se tiene en cuenta que, en el uso ordinario del lenguaje, suele cometerse la metonimia de tomar la ocasión en lugar de la causa. Siempre han ocurrido sucesos en cuya ocasión--no causa--los pensadores crearon doctrinas; pero al fin de todo, los hechos pasan y las doctrinas quedan.

    Lo dicho también se aplica al ámbito moral, cuando hay escisión entre el pensamiento y la conducta. Lo ideal sería pensar primero y obrar en consecuencia, porque el entendimiento y la voluntad son dos potencias consustancialmente unidas en el psiquismo superior humano. Pero eso no es siempre posible porque la voluntad, a diferencia del entendimiento, es una potencia libre. Las doctrinas pueden a veces servir como pretexto de acción, pero no necesariamente se adaptan a todos los aconteceres. Ni siquiera un pensamiento axiológico genera obligación moral en el mismo sujeto que lo profesa. Una doctrina moral es independiente desde el mismo acto de su formulación, sin que necesite el obsequio de la voluntad. Por consiguiente ninguna lógica puede, redimir el argumento ad hominem de su condición sofística, porque quien predica una moral predica el deber ser de una conducta, no la conducta del predicador. Por eso Séneca defendía su moral incluso contra sí mismo; y los que lo condenaban por recomendar una moral austera mientras él vivía lautamente, respondía: yo no hablo de mí sino de la virtud; no me pongo de modelo para nadie; si no soy de los mejores, trato de no asemejarme a los pésimos; y cuando reprocho los vicios ajenos, fustigo en primer lugar los míos (1). Como si dijera: por muchas imputaciones que caigan sobre mi conducta, mis lecciones morales permanecerán sin tacha.

    Podemos aplicar esta reflexión a eventos de la Historia. Por ejemplo: que nada tenían que ver con la doctrina del Derecho Divino los falsos títulos de conquista y guerra que defendían los fanáticos Sepúlveda y Bernardino de Arévalo. Si juzgamos por el contexto de sus escritos, era evidente su pretensión de que el derecho natural a evangelizar causara consecuencias jurídicas en el orden civil; y en ello persistían a pesar de haber aprendido en las mismas fuentes que Francisco de Vitoria y Domingo de Soto; es decir, de tener bien clara la distinción entre el Derecho Divino y el civil, o para hablar en términos más generales, entre el orden natural y el sobrenatural.

    Pero el empecinamiento de esos pocos no logró anular las razones de la mayoría, como lo prueba la asamblea de teólogos y juristas convocada por Carlos V en Valladolid. Aunque allí no se llegó a una ninguna conclusión histórica, algo, sin embargo, quedó claro: que algunas ficciones acomodaticias de legalidad no pueden prevalecer sobre la razón de la ley, a menos que intervenga la fuerza de las armas. El hecho de que reyes y emperadores hayan fundado su título en la gracia de Dios, no depone a favor ni en contra del Derecho Divino como doctrina. Si algún gobernante teocéntrico, obrando de buena fe--cosa difícil--, subsumiera el Derecho Divino en el civil o el político, no haría otra cosa que obrar según el derecho natural y de gentes, pues la naturaleza y el gentilicio bien pueden considerarse parte de la ordenación divina del universo, si alguien prefiere considerarlo así.

    Si se me admite lo antecedente, convendremos en que entre doctrinas y hechos sólo puede haber vínculo ocasional, no causal. Las doctrinas y teorías son producto de un pensamiento libremente elaborado, por lo que no están sometidas a ninguna de las necesidades que la causalidad implica. Tal es la cuenta en que deben caer los historiadores cuando observan que los hechos pasan y las doctrinas permanecen. Nos podemos atrasar y desfasar con respecto a los hechos o al estado de las cosas, pero no de los sistemas de pensamiento, que, si no son actuales, siempre se pueden reactualizar. Los juristas y teólogos del Renacimiento reactualizaron la doctrina medieval acerca del derecho natural y de gentes, en ocasión del descubrimiento de América. Las ideas pueden quedar por siglos como guardadas en un armario, pero nunca pierden su valor de uso. El pensamiento puro es siempre, en cierto modo, de actualidad. Podemos hoy día ser platónicos o aristotélicos, escotistas o cartesianos, sin que adolezcamos de ningún desfase epistemológico.

    Algunas de las doctrinas que celebramos como conquistas de la modernidad (por ejemplo la de los derechos humanos), ya fueron elaboradas seiscientos años antes por unos teólogos y juristas desde la soledad de sus celdas, y luego sucesivamente expuestas en las universidades de París, Salamanca, Palencia, Coimbra y muchas otras. Pero aquellos catedráticos no podían formularlas ni mucho menos darles vigencia legal -asunto que por otra parte no les incumbía. Así quedaban casi ignoradas unas tesis que fueron pensadas para siempre. Por poner el caso más representativo: la Escuela de Salamanca, con Francisco de Vitoria a la cabeza, establecía las bases de un Derecho Internacional sin otro bagaje doctrinal que el que venía del siglo XIII.

    Pero en la segunda fase de la Revolución Francesa, llegó el punto justo de madurez histórica para que fueran codificados los derechos humanos. No importaba que se desconociera incluso la existencia de la Escuela de Salamanca; no importaba que Voltaire hubiese dicho que las doctrinas medievales no merecían ser estudiadas si no era con el fin de despreciarlas más. Lo importante era que a un conjunto de artículos que eran de razón universal les había llegado la hora de imponerse como derechos. No hay un solo artículo de la Declaración de los Derechos Humanos que no haya sido directa o indirectamente comentado en las cátedras de Salamanca, Coímbra o Sorbona medieval.

    Bajo este punto de mira añadimos objetividad a la Controversia de Indias, sobre todo si comparamos la exposición serena de los Salmantinos con la temperamental de Bartolomé de las Casas. Porque si expurgamos de Fr. Bartolomé las exageraciones propias del espíritu andaluz, veremos que la doctrina que expresaba era la misma de Salamanca. Pero un testigo como él, visceralmente motivado por los hechos que presenciaba sur le vif, no podía expresarse con el tono apacible de un catedrático de prima. Cuando el momento psicológico lo requiere, hay que avivar los colores del discurso. Sin embargo, siempre ha de haber quien regrese a la asepsia de los puros principios, para que la doctrina no se enturbie con excesivas "razones del corazón". Así se aquietan los ánimos y se afina mejor el lenguaje. No con esto quiero desestimar la vehemencia expresiva como manifestación natural de quien está profundamente convencido de su doctrina. De hecho, así solían ser los discursos de los actores de la América en proceso de emancipación. Sin duda que había en ellos cierta dosis de espíritu jacobino, pero el fondo doctrinal en que se movían empataba mejor con la Escuela de Salamanca que con el Enciclopedismo francés. Muchos escritos de próceres podríamos aducir en este sentido. Se me objetará que en ellos hay más ideología que doctrina, pero este escrúpulo se esfuma si consideramos la frecuencia con que las ideologías han nacido de doctrinas, y viceversa. Por otra parte, es fácil imaginar que hasta los más cerriles teóricos se vuelven ideólogos cuando se trata de comunicar con las masas. Mentes ilustradas como las de Bolívar y Miranda, urgidas como se encontraban en su acción emancipadora, poco podían molestarse por el origen de su pensamiento, que a lo más lejos que ellos creían que se remontaba era al iusnaturalismo de la segunda mitad del siglo XVIII. Posiblemente también ignoraban que existiese una Escuela de Salamanca; pero la estaban repitiendo, en el fondo y en alguna ocasión hasta en la forma. Y es que las doctrinas emancipadoras de Estados son de aplicabilidad universal. Su origen no está en ningún pensador...

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