Decisión nº PJ0132008000098 de Tribunal Superior Segundo del Trabajo de Carabobo, de 3 de Julio de 2008

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2008
EmisorTribunal Superior Segundo del Trabajo
PonenteBertha Fernandez
ProcedimientoAmparo Constitucional

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 03 de julio del año 2008

198° y 149°

EXPEDIENTE N°: GP02-O-2008-000018

Conoce este Juzgado Superior actuando en sede constitucional, con motivo de la acción de A.C. interpuesto por el Dr., P.C., Inpreabogado Nº: 48.575, en representación de los ciudadanos Y.A., J.V., N.B., C.M., E.C., G.P., JOSÉ GARRIDO, ALDYS MEDINA, J.C.R., J.V., R.R., ELIO CEDEÑO, KETTY GIL, A.G., J.G., H.M., O.P., B.R., R.R., NATHIAM VEGA, ARNOLL CARDALES, S.L., GILBERTO MORILLO, LINER BARRIOS, J.R.G., J.M., C.P., R.B., S.S., titulares de las cedulas de identidad Nros. 13.496.767, 15.528.772, 16.322.448, 8.890.907, 13.800.532, 14.122.120, 10.663.972, 13.754.157, 17.917.275, 12.996.984, 4.095.636, 10.225.182, 3.145.501, 12.521.434, 7.948.277, 13.663.133, 8.180.614, 4.451.751, 11.154.290, 16.246.664, 16.248.343, 3.603.373, 10.736.389, 15.362.371, 17.367.920, 8.147.643, 9.448.931, 15.362.370 y 6.319.774, respectivamente, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, y contra la Asociación Civil Ateneo de Valencia, en la persona de su presidente, ciudadano J.N.O..

Siendo el día y la hora fijada, a los fines de la celebración de la audiencia constitucional, se dio apertura al acto y seguidamente el ciudadano alguacil Neomar Carrillo, notificó a la Juez, que en el recinto del Tribunal no se encontraban presentes los presuntos agraviados, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno; en consecuencia, oída la opinión del Ciudadano Fiscal del Ministerio Público, y vista la incomparecencia de los presuntos agraviados, éste Tribunal declara DESISTIDA la acción de A.C. de conformidad con lo contemplado en el Artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Y ASÍ SE ESTABLECE.

DECISION

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA LA ACCIÓN DE A.C., interpuesta por los presuntos agraviados, ya identificados, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, y contra la Asociación Civil Ateneo de Valencia, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los 03 días del mes de julio del año 2008. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

B.F.D.M.

LA JUEZ

La Secretaria

Máyela Díaz

En la misma fecha se dictó, público y registró la anterior sentencia, siendo las 12:44 a.m.

La Secretaria Máyela Díaz

BFdeM/MD/JGRY.-

GP02-O-2008-0000018.

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