Se ordena a todas las personas naturales y jurídicas, nacionales y/o extranjeras, que se encuentren ejecutando obras de interés social o prestando servicios dentro del marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela, duplicar todas las acciones necesarias para dar celeridad, optimizar e incrementar la productividad, redoblando los trabajos y actividades involucradas, con el objeto de culminar los mismos en el menor tiempo posible.

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