Decisión de Corte de Apelaciones de Tachira, de 12 de Abril de 2012
Fecha de Resolución | 12 de Abril de 2012 |
Emisor | Corte de Apelaciones |
Ponente | Ladysabel Perez Ron |
Procedimiento | Apelacion Por Privativa |
Apelacion Por Privativa
Partes:IMPUTADA:E.A.M.D.P.. DEFENSA:ABOGADOS GIULIO H.V. E I.C.. FISCAL:ABOGADAS ROCHELLY BARBOZA H.Y.J.O.A., FISCAL QUINCUAGÉSIMA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL CON COMPETENCIA PLENA Y FISCAL TITULAR VIGÉSIMO TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
Resumen:Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados Giulio H.V. e I.C., defensores de la imputada E.A.M.D.P., contra la decisión dictada en fecha 19 de febrero de 2012, por el abogado R.A.C.D., Juez de Primera Instancia en Función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, declaró sin lugar la solicitud de la defensa, relativo al cambio de la calificación jurídica y mantuvo la medida de privación judicial preventiva de libertad a la mencionada ciudadana, por la presunta comisión de los delitos de peculado doloso propio continuado, previsto y sancionado en el artículo 52 de la Ley Orgánica Contra la Corrupción; asociación para delinquir, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y fraude informático continuado, previsto y sancionado en el artículo 14 de la Ley Contra Delitos Informáticos. Segundo: Co.....
Juez/Ponente:Ladysabel Perez Ron
Organo:Corte de Apelaciones ----VLEX---- TSJ Regiones - Decisión .clase{ font-family:Times New Roman; font-size:13pt; } function centrar(width,height) { window.resizeTo(800,600); window.moveTo(Math.round(screen.width/2)-width/2,Math.round(screen.height/2)-height/2); }
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA |
CORTE DE APELACIONES |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA CORTE DE APELACIONES JUEZA PONENTE: LADYSABEL P.R. IDENTIFICACION DE LAS PARTES IMPUTADA E.A.M.D.P., venezolana, natural de San Cristóbal, estado Táchira, nacida en fecha 08-09-1961, de 50 años de edad, titular de la cédula de identidad número V- 5.662.192, casada, abogada, hija de I.M. y A.D.C. de Márquez y residenciada en el sector la Machiri, casa N° M-20, San Cristóbal, estado Táchira. DEFENSA Abogados Giulio H.V. e I.C.. FISCALES ACTUANTES Abogadas Rochelly Barboza H.Y.J.O.A., Fiscal Quincuagésima Primera del Ministerio Público a Nivel Nacional con competencia plena y Fiscal Titular Vigésimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Subieron las presentes actuaciones a esta Corte de Apelaciones, en virtud del recurso de apelación interpuesto por los abogados Giulio H.V. e I.C., defensores de la imputada E.A.M.D.P., contra la decisión dictada en fecha 19 de febrero de 2012, por el abogado R.A.C.D., Juez de Primera Instancia en Función de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante |