Decisión de Tribunal Sexto de Control de Monagas, de 1 de Junio de 2011

Fecha de Resolución 1 de Junio de 2011
EmisorTribunal Sexto de Control
PonenteCarmen Piccioni
ProcedimientoPase A Juicio

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas

Maturín, 1 de Junio de 2011

201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-003644

ASUNTO : NP01-P-2011-003644

IDENTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL Y DE LAS PARTES

TRIBUNAL: Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas.

JUEZ: ABG. C.G.P.G.

SECRETARIA: ABG. THAYS PALACIOS

FISCALIA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. E.D.

EL ACUSADO: G.A.M.R.

DEFENSA: ABG. E.V.

Corresponde a este Tribunal decidir en relación a la solicitud planteada en el escrito acusatorio presentado pro el Fiscal Quinto del Ministerio Publico, al sobreseimiento de la presente causa en relación al hoy occiso G.A.M.R., de conformidad a lo previsto en el artículo 48 ordinal 1° en relación con el articulo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de FALSA ATESTACION DE FUNCIONARIO PUBLICO, previstos y sancionado en el artículo 317 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos J.R.V., N.S. y J.C., por cuanto en la presente causa se ha extinguido la acción penal, tal y como lo dispone el articulo 48 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, ya que si bien es cierto en el presente asunto no corre inserto Acta de Defunción del ciudadano G.A.M.R., es un hecho publico y notorio que el referido ciudadano falleció.

A.c.h.s.p. esta Instancia, lo solicitado por la representación fiscal en cuanto al ciudadano G.A.M.R., que se le decrete el Sobreseimiento de la presente causa, de conformidad a lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, se encuentra procedente y ajustada a derecho tal solicitud de sobreseimiento a favor del ciudadano G.A.M.R., fundamentada en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que se ha extinguido la acción penal, en virtud de que el ciudadano antes mencionado ha fallecido. Así se Decide.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano G.A.M.R., titular de la cédula de identidad n° 9.287.045, de conformidad a lo previsto en el artículo 48 ordinal 1° en relación con el articulo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se poner termino al presente procedimiento y tiene autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 319 eiusdem.

Publíquese. Notifiquese a las Partes. Librese Oficio al Sistema Integral de Información Policial –SIPOL- del CICPC, a los fines de que actualicen el estado procesal del expediente.

La Juez

ABG. C.G.P.G.

La Secretaria

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