Resolución mediante la cual la Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (CORPOELEC), sus empresas fifliales, Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA), sus empresas filiales y cualquier otra empresa del Estado con capacidad de generación termoeléctrica, deberán proceder a implementar las acciones necesarias para maximizar el uso de esa generación, en un lapso no mayor de seis (6) meses.

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