La figura de la prórroga de los decretos de estados de excepción

AutorNélida Peña Colmenares
CargoUniversidad Central de Venezuela, Abogada
Páginas551-580
La figura de la prórroga de los decretos
de estados de excepción
Nélida PEÑA COLMENARES *
Sumario
Introducción 1. Nociones generales sobre la figura de la pró-
rroga de los estados de excepción 2. La prórroga de los estados
de excepción en la Constitución 2.1. El decreto de prórroga de
los estados de excepción 2.1.1. Requisitos formales2.1.2. Requi-
sitos materiales 3. Los controles sobre la declaratoria de pró-
rroga 3.1. El control parlamentario 3.2. El control constitucional
de la prórroga de los estados de excepción3.2.1. La transposición
por vía jurisprudencial y normativa del control de la constitucio-
nalidad de los decretos declaratorios de los estados de excepción,
a los decretos de prórroga de dichos estados 3.2.2. El acto sujeto
al control de la constitucionalidad de la prórroga del estado de
excepción y la desnaturalización de dicho control por la desapli-
cación del artículo 33 de la Ley Orgánica sobre Estados de
Excepción. Conclusión
Introducción
La prórroga de los estados de excepción, al igual que su declaratoria, se rige
por el principio de temporalidad o de provisionalidad de los estados de excep-
ción, puesto que la prolongación de los poderes extraordinarios que se le
otorgan al Ejecutivo Nacional en un estado de excepción, y su incidencia en
los derechos humanos debido a las garantías constitucionales restringidas,
*Universidad Central de Venezuela, Abogada y Profesora Agregada de Derecho
Constitucional.
Revista Venezolana de Legislación y Jurisprudencia • No 10 • 2018
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imponen necesariamente la fijación de un término máximo de decaimiento,
tanto a su declaratoria como de su prórroga. En el presente trabajo pretende-
mos estudiar el régimen jurídico de la prórroga de los estados de excepción,
valiéndonos en la formulación de nuestras tesis en el Derecho comparado,
visto en la perspectiva normativa, jurisprudencial y doctrinaria, pero, sobre
todo, de las fuentes venezolanas, específicamente, el texto constitucional de
1999, a los fines de contraponerlo con la reciente doctrina jurisprudencial
sobre la prórroga de los estados de excepción emanada de la Sala Constitu-
cional del Tribunal Supremo de Justicia, originada en la mayoría obtenida en
las elecciones de 2015, por la oposición en la Asamblea Nacional a partir del
5 de enero 2016, para convalidar jurisprudencialmente un estado de excep-
ción sine die declarado por el Ejecutivo Nacional desde el 14 de enero de
2016, el cual continúa vigente hasta ahora (2018).
1. Nociones generales sobre la figura de la prórroga
de los estados de excepción
Cabe recordar con la doctrina del Derecho comparado y nacional1, que la
declaratoria de un estado de excepción implica un empoderamiento extraor-
dinario del Poder Ejecutivo, para conjurar una determinada crisis de gran
magnitud, el cual lleva aparejado consecuencialmente la afectación del ejer-
cicio de los derechos fundamentales o constitucionales. A raíz de la universa-
lización de los derechos humanos no es de extrañar que en los ordenamientos
jurídicos contemporáneos se haya impuesto una tendencia garantista que por
la vía constitucional condiciona la declaratoria de los estados de excepción
a la configuración de causales o presupuestos taxativos, que afecten grave-
mente la seguridad de la Nación y de los ciudadanos, requisitos estos cuyo
cumplimiento está sujeto a controles internos y externos, con el objeto de evi-
tar el abuso en el ejercicio de ese poder excepcional por parte del Gobierno,
1NOGUEIRA ALCALÁ, Humberto: Dogmática constitucional. Universidad de Talca.
Talca, 1997, p. 299; CASAL, Jesús María: «Los estados de excepción en la Constitu-
ción de 1999». En Revista de Derecho Constitucional. N° 1. Editorial Sherwood.
Caracas, 1999, p. 45; RONDÓN DE SANSÓ, Hildegard: Cuatro temas álgidos de la
Constitución venezolana de 1999. Editorial Ex Libris. Caracas, 2004, p. 195.

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