Decisión de Tribunal Quinto de Ejecución L.O.P.N.A. de Caracas, de 3 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2007
EmisorTribunal Quinto de Ejecución L.O.P.N.A.
PonenteMartha Ramos
ProcedimientoAudiencia Oral De Cierre De Incidencia
PRIMERO

Oído como ha sido en esta audiencia al Psicologo Lic. ARMANDO PERERA, adscrito al Servicio de Orientación Socio- Eductativa a Menores No Privado de L.D.D.L. Circuito Nº 2, quien ilustró al Tribunal y a las partes en relación al contenido del Informe Evolutivo área Psicológica, de fecha 29-05-07 curdante a los folios Nº 91 al 95 del expediente, es por lo que se acuerda el CIERRE DE LA INCIDENCIA aperturada en principio en fecha 12-06-07 y ratificada su continuación en Audiencia de Oral de fecha 20-09-07, todo conforme a lo dispuesto en el artículo 483 del código organico procesal penal, norma aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la ley órganica para la protección del niño y del adolescente. A tal efecto, se acuerda MANTERNER LA MEDIDA DE REGLAS DE CONDUCTAS, establecida en el artículo 624 de la ley órganica para la protección del niño del adolescente, que actualmente se encuentra cumpliendo el sancionado de autos, por la comisión del delito de ROBO EN LA MOSALIDAD DE ARREBATON, previsto y sancionado en el ultimo aparte del artículo 458 del código penal, hasta tanto se fije la oportunidad para llevar a efecto la audiencia de revisión de medida, conforme a lo dispuesto en el artículo 647 literal e) de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente. SEGUNDO: se acuerda librar al Director del Centro de prevención Integral DRA. R.D.O., Casa de Petare, a los fines de que el joven IDENTIDAD OMITIDA, sea ingresado a ese centro a fin de que se le diagnostique en relación a la problematica del consumo de drogas que presenta y se le practique el tratamiento de desintoxicación que requiere el mismo y una vez practicado dicha evaluación informarlo a la sede del Tribunal. Librese lo conducente. TERCERO: Quedan debidamente notifcadas todas las partes presentes de lo aqui decidido con la firma del acta de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del código orgánico procesal penal por remisión expresa del artículo 537 de la Ley órganica para la protección del niño y del adolescente. Se declara terminada la audiencia, siendo la una y treinta (12:30) de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y estando conformes firman.

LA JUEZ

DRA. MARTA RAMOS CEDEÑO

LA FISCAL Nº 117 DEL MINISTERIO PUBLICO

DRA. NELLY BUENO

LA DEFENSA PUBLICA

ABG. ANNERYS AVILES

EL ADOLESCENTE

IDENTIDAD OMITIDA

LA SECRETARIA

ABG. MILAGROS LOPEZ

EXP: 295-06/MRC/ML

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