Decisión nº PJ0392015000168 de Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA de Portuguesa (Extensión Acarigua), de 17 de Mayo de 2015

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2015
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control LOPNA
PonenteCarmen Xiomara Bellera
ProcedimientoMedida Cautelar

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua

Acarigua, 17 de Mayo de 2015

AÑOS: 205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : PP11-D-2015-000223

ASUNTO : PP11-D-2015-000223

Siendo la hora y fecha fijada para la celebración de la presente audiencia oral y privada, con motivo del escrito de presentación de detenido que hiciera el Representante del Ministerio público en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA ; a los fines de que se le oiga declaración si éste así deseare hacerlo, así como la imposición de las medidas cautelares contenidas en los literales “G” y “F” del articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por imputársele la presunta comisión de uno de los delitos previstos en la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, específicamente el delito de EXTORSION, previsto en el artículo 16 de la citada Ley, en perjuicio de los ciudadanos M.Y.C.P. y F.F.C., solicitó la continuación de la investigación bajo los parámetros del procedimiento ordinario, indicando que las medidas solicitadas vienen a garantizar la comparecencia del adolescente antes mencionado a los actos del proceso.

Este Tribunal de Control, oídas como han sido las exposiciones de la Vindicta Pública quien esgrimió los elementos de hecho y de derecho en que fundamentó su solicitud y pidió que se impusiera al mencionado adolescente las medidas cautelares contenidas en los literales “G” y “F” del articulo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así mismo oída la exposición de la Defensora Pública Especializada, quien Expuso: “Que la participación del hecho no fue dolosa, desconocida el contenido del paquete, y de la procedencia ilícita de la supuesta cantidad de dinero que contenía el paquete, en virtud de esto se debe continuar por el Procedimiento Ordinario, ya que este delito es complejo que encierra varios actos para que este se de, lo que tenemos como elemento de convicción es la actuación policial ya que es donde señala que el adolescente que recoge el dinero, mas sin embargo el mismo se ha excepcionado de conocer el origen ilícito del mismo, señalando que lo recogió por ser mandado por Gensy; hay otros elementos que incorporar para completar los elementos que contribuyan a la defensa de mi defendido y faltan las declaraciones de la madre y de Gensy, además que de acuerdo al delito imputado no merece sanción privativa de libertad por lo que es posible la conciliación, en cuanto a la medida cautelar solicitada por el Ministerio Publico consistente en la presentación de fiadores considera la defensa que atendiendo al principio de la proporcionalidad al ser este un delito que no merece sanción de Privación de libertad, que el adolescente tiene domicilio Cierto, la presencia de su padre, podría establecerse una medida menos gravosa a la fianza solicitada, como podría ser la contemplada en el Literal B” del articulo 582 de la Ley especial.

De igual manera oída la libre voluntad del adolescente IDENTIDAD OMITIDA de ejercer su derecho a declarar, conforme a lo establecido en los artículos 542 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 49 ordinal 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, haciéndolo de la siguiente manera: “primero ella me manda para la casa voy a almorzar después le manda un mensaje a mi mama, me hizo esperar un rato ahí, esperamos que llegara el paquete ese, y ahí fue donde me mando a buscar el paquete, así mismo manifestó que consignaba en este acto su cedula de identidad. Es todo. Seguidamente se le cede el derecho de palabra al Ministerio Publico a los fines que realice pregunta que crean pertinentes a lo cual respondió si hacerlo y comienza Diga a quien se refiere en su declaración cuando dices a ella? contesto a la chama Otra: Diga Ud. si sabe el nombre? Contesto: Gensy, Otra: Diga a que hora te encontrabas con ella? Contesto: Como a las once Otra, Onde de la mañana o noche ? Si Once de la mañana, Otra: Recuerda que día fue eso? Contesto: el Jueves, no fue el viernes. Otra: Diga desde cuando conoces a Gensy? Contesto: desde que tenía diez años. Otra: desde que tenia diez años ella o tu? Contesto: Yo. Otra: Donde Vives Tu? Contesto en la San José. Otra: Diga Cuanto tiempo tienes viviendo en la San José, Contesto : Tres. Otra: Gensy y tu viven en la misma casa? Contesto: Si. Otra: Tienen uds algún tipo de parentesco? Contesto; No mi mama la crió. Otra a que te dedicas tu? Contesto Estudio y entreno. Otra: Donde estudias? Contesto en el Libertador. Otra: Explica los días que tienes clases y el Horario? Contesto: El Lunes, martes, Miércoles y Jueves. Otra: En que turnos estudias esos días? Contesto: a las 7 y en las tarde a las 2. Otra: El día viernes tienes clase? Contesto: Libre: Otra: Nos puedes decir la sección y el año que estudias? Contesto: Segundo B. Otra: a que se dedica Gensy. Contesto: No hace nada. Otra: Cuando Gensy te manda para la casa donde se encontraban uds? Contesto: En la entrada. Otra: En la entrada de que? Contesto: De la Avenida en la entrada de la pasarela. Otra: Con quienes se encontraban en ese momento? Contesto: Nosotros Dos. Otra: Que se encontraban haciendo alli? Contesto: Esperando el paquete ese. Otra: A que paquete se refieres? Contesto: al que mandaron, al que yo agarre y al que ella me mando a agarrar. Otra: Cuando te detienen ella se encontraba contigo? Contesto: No ella se encontraba mas adelante que yo. Otra: Quien le enviaba ese paquete a ella? Contesto: No se. Otra: Desde que hora se encontraban esperando ese paquete? Contesto: Ella se fue primero a las siete, esperándolo. Otra: A que hora llegaste tu donde ella se encontraba? Contesto: al ratico yo me estaba poniendo las chancletas y la camisa: Otra: Cuando estabas primero con ella desde que hora te encontrabas con ella? Contesto: No vi la hora. Otra: Tu tienes teléfono celular? Contesto: No. Otra: Gensy Tiene teléfono celular? Contesto: Si. Otra: Nos puedes aportar el numero de teléfono Contesto: No me lo se. Otra Tienes Conocimiento a que línea pertenece? Contesto Movilnet: Otra: Tu mama tiene teléfono celular? Contesto: Si. Otra: Puedes aportar el numero de teléfono: Contesto: No me los se. Otra a que compañía de teléfono es el de tu mama? Contesto: Movilnet. Otra: Puedes decirnos que decía el mensaje que le envía Gensy a tu mama? Contesto: Dile a Luis que me venga a la entrada que me venga a acompañar. Otra: Cuando tu llegaste al lugar que sucedió? Contesto: nada todavía nada, Otra: Cuanto tiempo transcurrió desde que llegaste hasta que recoges el paquete? Contesto Media Hora. Otra: El paquete ya se encontraba en el lugar? Contesto: si. Otra: Porque no lo recogiste de inmediato cuando llegaste? Contesto: Primero seguí de largo y mire para donde estaba yo no lo había visto, lo fui a agarrar, y ahí fue donde me agarraron a mi. Es Todo. Seguidamente se le cede el derecho de palabra a la Defensa Publica a los fines que realice pregunta que crean pertinentes a lo cual respondió que si lo haría de la siguiente manera: Diga Le llegaste a preguntar a Gensy que contenía el paquete y quien se lo enviaba? Contesto: NO. Otra: Ella te dijo el motivo porque se encontraba en la entrada y era por un paquete? Contesto: Si. Es todo Pregunta el Tribunal Porque tu recogiste ese paquete? Contesto: Por que ella me mando, no se como explicar, Otra: No te dio curiosidad por que ella te pide que recoja el paquete y no ella? Contesto: Le dije por que no vas Tu?. Es todo.”

A.l.a. que conforman la presente causa, para decidir observa:

PRIMERO

EXPEDIENTE: K-15-0058-01360.— Acarigua, Miércoles 13 de Mayo del año 2015.- En esta misma fecha, siendo las 22:10 horas, se presentó de manera espontánea a este Despacho, una persona que dijo ser y llamarse Yudith, (DEMÁS DATOS FILIATORIOS A RESGUARDO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS: 01°, 02°, 03°, 04° Y 70 DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE VICTIMAS, TESTIGOS Y DEMÁS SUJETOS PROCESALES), con el fin de denunciar; a tal efecto estando legalmente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 267° y 268° del Código Orgánico Procesal Penal, manifestó no proceder falsa ni maliciosamente en este acto y en consecuencia expone: “Resulta ser que el día de hoy Miércoles 06—05—2015, a las 06:30 horas de la tarde, momentos en que me encontraba frente a la Farmacia de nombre Farmaencuentro, ubicada frente a la Plaza de Araure, Municipio Araure estado Portuguesa, junto a mi padre de nombre F.F.C., y al momento que mi padre desciende del vehículo clase Camioneta, marca Ford, modelo Explorer, placas AA628FO, color Blanco, tipo SPORT WAGON, año 2009, serial de motor 9A43800, serial de carrocería 8XDEU748498A43800, valorada en la cantidad de Cuatro Millones de Bolívares (4.000.000), el cual es de su propiedad, con el fin de comprar unos medicamentos al momento de regresar al vehículo, fue sorprendido por dos (02) sujetos desconocidos uno de ellos lo agarra por el cuello y lo monta al asiento trasero del vehículo y el otro me obliga a descender del mismo, para luego huir en el vehículo conjuntamente con mi padre el cual como a las dos (02) horas fue liberado en la vía que conduce hacia el caserío El Mamón de esta ciudad, es todo”. SEGUIDANTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA A LA DENUNCIANTE DE L SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha de los hechos que narra? CONTESTO: “La Camioneta me la robaron frente a la sede del local comercial denominado Farmaencuentro, ubicada frente a la Plaza de Araure, Municipio Araure estado Portuguesa, a las 06:30 horas de la tarde del día de hoy Miércoles 13-05-15 y a mi padre lo liberaron en la vía que conduce hacia el Caserío El Mamón, como a las 08:30 horas de la noche.” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, el vehículo que menciona como robado se encuentra amparado bajo alguna póliza de seguro? CONTESTO: “Si, por seguros Mercantil.” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, anteriormente le había ocurrido un hecho similar al que narra? CONTESTO: “Primera vez.” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el vehículo que menciona como robado, posee alguna característica en particular que lo diferencie de otro? CONTESTO: “No, el vehículo se encuentra en su estado original” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento en el lugar de los hechos existe algún sistema de cámaras de seguridad? CONTESTO: “No sé.” SÉXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, quien es el propietario del vehículo que menciona como robado? CONTESTO: “Es propiedad de mi padre.” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, posee algún documento que certifique la existencia del vehículo que menciona como robado? CONTESTO: “Si, poseo copias fotostáticas del Carnet de Circulación del vehículo, las cuales deseo consignar (EL FUNCIONARIO RECEPTOR DEJA CONSTANCIA HABER RECIBIDO DE MANOS DE LA DENUNCIANTE LO ANTES EXPUESTO)”. OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, logró observar en qué medio de transporte se desplazaban los sujetos autores del hecho? CONTESTO: “Ellos llegaron a pie y se fueron en el vehículo antes mencionado”. NOVE.P.: ¿Diga usted, tiene conocimiento del acento de voz utilizado por los sujetos que cometieron el presente ilícito? CONTESTO: “Acento de voz natural de esta ciudad” DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, resultó lesionada para el momento de ocurrir el presente hecho? CONTESTO: “No”. DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, los sujetos llegaron a efectuar alguna llamada telefónica en el lugar de los hechos? CONTESTO: “No” DÉCIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, los autores del hecho delictivo, se han tratado de comunicar con su persona? CONTESTO: “Si, desde el siguiente número telefónico 0416-856.90.59.” DÉCIMA TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, sospecha de alguna persona en particular como autora del presente ilícito? CONTESTO: “No.” DÉCIMA CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, el referido vehículo cuenta con algún sistema satelital? CONTESTO: “Si posee sistema satelital.” DECIMA QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de volver a observar a los sujetos autores del presente ilícito los reconocería? CONTESTO: “Solo recuerdo la característica facial de uno de los sujetos, al otro solo logré observarle la vestimenta y rastros físicos.” DECIMA SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características fisonómicas de los sujetos autores del hecho y la vestimenta que portaban? CONTESTO: “Uno era de piel color M.C., de contextura Delgada, como de 26 años de edad, como de 1,70 metros de estatura, Nariz Perfilada y Grande y portaba como vestimenta una Gorra Gris, Una Chemise de Color Gris y el Otro Sujetos, era de Piel Color Morena, de contextura delgada, portaba como vestimenta Una Chemise de Color Rojo y Un Pantalón de Color A.O..” DECIMA SÉPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, en compañía de quien se encontraba para el momento de ocurrir el hecho antes narrado? CONTESTO: “Yo me encontraba en compañía de mi padre de nombre F.F. CHIRINOS” DECIMA OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde puede ser ubicado el ciudadano antes mencionado? CONTESTO: “Por medio de mi persona” DECIMA NOVE.P.: ¿Diga usted, logró observar alguna arma de fuego utilizada por los sujetos autores del presente ilícito? CONTESTO: “No” VIGÉSIMA PREGUNTA: ¿Diga Usted, fue despojada de alguna otra pertenencia? Contestó: “No” VIGESIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente denuncia? CONTESTO: “No. Es todo”. TERMINÓ, SE LEYÓ Y ESTANDO CONFORMES FIRMAN.

SEGUNDO

Al IIN° K-15-0058-001360.-INSPECCIÓN N° 2067 -ARAURE, TRECE DE M.D.D.M.Q.. En esta misma fecha, siendo las 23:10 Hrs, se constituye comisión del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, integrada por los funcionarios:DETECTIVES KEIVER YEPEZ Y JEYSSON UZCATEGUI, adscritos a esta Sub-Delegación en: VIA PUBLICA, UBICADA EN LA AVENID}\ 24, MUNICIPIO ARAURE ESTADO PORTUGUESA, lugar donde se acuerda practicar Inspección de conformidad con el Artículo 186 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 41 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, a tal efecto se deja constancia de lo siguiente: “El lugar a ser inspeccionado, corresponde a un sitio abierto, ubicado en la dirección antes mencionada, las condiciones climáticas son las siguientes: iluminación artificial de regular intensidad y temperatura ambiental fresca, se visualiza una calzada de asfalto, se observan ubicados postes metálicos para el tendido eléctrico y el alumbrado público, el referido lugar es una zona conformada por locales comerciales, prosiguiendo en la vía pública del referido lugar; el cual se toma como punto de referencia del citado lugar frente a la “Farmacia FARMAENCUENTRO”, ubicado en la dirección antes mencionada, la circulación de vehículos del tipo automotor y peatonal es escaso. Se realiza un rastreo en búsqueda evidencias de interés criminalistico, obteniendo resultados negativos. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto de esta manera concluimos.

TERCERO

CAUSA N° K150058001360.- INSPECCIÓN N° 2068. ACARIGUA, TRECE DE M.D.D.M.Q.. En esta misma fecha, siendo las 23:50 Hrs, se constituye comisión del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS, integrada por los funcionarios: DETECTIVES KEIVER YEPEZ Y JEYSSON UZCATEGUI, adscritos a esta Sub-Delegación en: VIA PUBLICA, UBICADA EN LA AVENIDA PRINICPAL VTA AL CASERIO EL MAMON, MUNICIPIO PAEZ ESTADO _PORTUGUESA, lugar donde se acuerda practicar Inspección de conformidad con el Artículo 186 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 41 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, a tal efecto se deja constancia de lo siguiente: “El lugar a ser inspeccionado, corresponde a un sitio abierto, ubicado en la dirección antes mencionada, las condiciones climáticas son las siguientes: iluminación artificial de regular intensidad y temperatura ambiental fresca, se visualiza una calzada de asfalto, se observan ubicados postes metálicos para el tendido eléctrico y el alumbrado público, el referido lugar es una zona conformada por viviendas unifamiliares, prosiguiendo en la vía pública del referido lugar; el cual se toma como punto de referencia del citado lugar adyacente a la Urbanización P.C., ubicado en la dirección antes mencionada, la circulación de vehículos del tipo automotor y peatonal es escaso. Se realiza un rastreo en búsqueda de evidencias de interés criminalistico, obteniendo resultados negativos. Es todo cuanto tenemos que informar al respecto de esta manera concluimos.

CUARTO

ACTA DE INVESTIGACION PENAL. En esta misma fecha, siendo las 00:10 horas, compareció por ante este Despacho, el Funcionario Detective, KEIVER YEPEZ, adscrito a esta Sub Delegación, quién estado debidamente juramentado y actuando de conformidad con lo establecido en los Artículos 113, 114, 115, 153 y 285 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo estipulado en los Artículos 34, 35, 48, y 50 de la Ley del Servicio de Policía de Investigación del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalistica y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forense, deja expresa constancia de la siguiente diligencia Policial efectuada en la presente Averiguación: “incoando con las Investigaciones relacionadas con la Causa Penal K—15-0058—01360, instruida por uno de los delitos previsto en la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores (ROBO DE VEHÍCULO), me trasladé en compañía del Funcionario Detective (Técnico) Jeysson Uzcátegui, a bordo de unidad identificada a este Despacho, hacia la PLAZA BOLÍVAR DE ARAURE, VÍA PUBLICA, FRENTE AL FARMACIA FARMA-ENCUENTRO, MUNICIPIO ARAURE ESTADO PORTUGUESA, fin de realizar las primeras pesquisas e Inspección Técnico Policial; Una vez ubicado en el referido lugar, siendo las 23:10 horas se procedió a fijar, la respectiva inspección técnica de Ley, donde se explana de manera amplia y detallada las características del lugar, (ANEXO LA MISMA A LA PRESENTE ACTA). Seguidamente procedimos a realizar un minucioso recorrido por el área antes descrita y sus alrededores, objeto de ubicar alguna evidencia física de interés criminalístico que guarde relación con la presente causa, obteniendo como resultados negativos. Asimismo sostuvimos coloquio con una persona de sexo masculino quien quedo identificado como: EREU V.N.A., nacionalidad Venezolana, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 36 años de edad, fecha de nacimiento 01-08- 1977, estado civil Soltero, Profesión u Oficio Agricultor, residenciado cale 12 vía a los Puertos de Payara, Municipio Páez Estado Portuguesa, teléfono de ubicación 0255—779.91.20, titular de la cédula de identidad V-13.227.422, a quien exponerle el motivo de nuestra presencia manifestó desconocer por completo sobre lo ocurrido, así mismo se observó que en la dirección antes mencionada el referido local farmacéutico se encontraba cerrado. Culminada nuestra labor preliminar retornamos ‘a la Sede de este Despacho, a fin de plasmar en actas las diligencias practicadas, informar a la Superioridad y proseguir con la investigación concerniente. Es todo. Terminó, s leyó y conforme firma.

QUINTO

ACTA DE ENTREVISTA. ACARIGUA, 14 DE M.D.D.M.Q.. En esta misma fecha, siendo las 09:30 horas de la mañana, Compareció ante este Despacho, la Funcionaria: DETECTIVE YISBELLY

CORTÉZ, adscrita al Área de la Brigada de Vehículo de esta Sub-Delegación, quien estando debidamente juramentada y de conformidad con lo establecido en los artículos 113°, 114°, 115°, 153°, 285°, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 48° y 50° de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, y el Servicio Nacional de Medicinas y Ciencia Forense, deja constancia de la siguiente diligencia, efectuada en la presente averiguación. “Continuando con las averiguaciones relacionadas con la causas número K-15—0058-01360, que se procesa por uno de los delitos Previsto en la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, se presentó de manera espontánea el ciudadano: FERNANDO, demás datos de identidad en reserva del Ministerio Publico de acuerdo a lo establecido en la Ley de Protección a victimas, testigos y demás sujetos procesales, ARTÍCULOS 3°, 5°, 6° Y 9°, quien manifestó no proceder falsa ni maliciosamente en este acto y en consecuencia expone: “Resulta que el día de ayer aproximadamente a las 06:30 horas de la tarde, momento que me encontraba con mi hija de nombre MELISSA frente a la Plaza B.d.M.A., en mi vehículo clase CAMIONETA, Marca FORD, Modelo EXPLORER, Color BLANCO, cuando fuimos sorprendidos por dos sujetos desconocidos, portando armas de fuego y bajo amenazas de muerte nos someten, y me exigen que me monte en la parte trasera de la camioneta agachado, mi hija al ver lo que estaba ocurriendo se bajó del vehículo, uno de los sujetos se monta conmigo y el otro arranca la camioneta, tras varios minutos rodando desconozco los sectores ya que iba agachado, llegamos hasta la vía del Caserío “El Mamón”, en el que uno de los sujetos se baja conmigo hasta una zona boscosa, y pasada dos horas aproximadamente, llaman a el sujeto y este se marcha y me dice que no vea nada, hasta que espere unos minutos y me percate que ya estaba solo por lo que me dirigí hasta la carretera principal a pedir auxilio, Es todo. SEGUIDAMENTE EL DECLARANTE ES ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha donde ocurrieron los hechos antes narrados? CONTESTO: “Eso ocurrió frente a la Plaza B.d.M.A., Estado Portuguesa, vía pública, el día Miércoles 13/05/2015 a las 06:30 horas de la tarde aproximadamente” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, en compañía se encontraba al momento de ocurrir los hechos antes narrados? CONTESTO: “Con mi hija” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento alguna otra persona se percató de los hechos narrados? CONTESTO: “Desconozco” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, cuantas personas cometieron el hecho que narra? CONTESTO: “Dos” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, características fisionámicas de las personas que cometieron el presente hecho ilícito? CONTESTO: “Uno era de contextura delgada, de piel color morena, entre 27 a 30 años de edad aproximadamente, cabello corto de color negro, orejas pequeñas, nariz pronunciada, el otro era de piel de color morena, de contextura regular, entre 25 a 28 años aproximadamente, ojos de color claro” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, características del arma de fuego que portaban las personas que cometieron el hecho antes narrado? CONTESTO: “Era un arma de fuego tipo revolver” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, esta en la capacidad de aportar datos para la elaboración de un retrato hablado? CONTESTO: “Si” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, de volver a ver los sujetos los reconocerla? CONTESTO: “Si” NOVE.P.: ¿Diga usted, a quien pertenece el vehículo antes descrito? CONTESTO: “Es de mi propiedad”. DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, es primera vez que le sucede le sucede un hecho similar al antes narrado? CONTESTO: “Si.” DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, logro identificar a uno de los sujetos mostrados en el álbum fotográfico que es llevado ante esta oficina? CONTESTO: “Si, logre identificar a dos de ellos, uno conocido como “EL CEREBRO”, y otro conocido como “EL TOMY” DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “No, es todo. Se terminó. Se leyó estando conformes firman.

SEXTO

ACTA DE ENTREVISTA. ACARIGUA, 15 DE M.D.D.M.Q..-En esta misma fecha, siendo las 12:00 horas de la tarde, compareció ante este Despacho la Funcionaria: DETECTIVE YISBELLY CORTEZ, adscrito al Área de la Brigada de Vehículo de esta Sub—Delegación, de conformidad con lo establecido en los artículos 113°, 114°, 115°, 153°, 285°, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 48° y 50° de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, y el Servicio Nacional de Medicinas y Ciencia Forense, deja constancia de la siguiente diligencia, efectuada en la presente averiguación. “Continuando con las averiguaciones relacionadas con la causas número K-15-0058-01360, que se procesa por uno de los delitos Previsto en la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, se presentó de manera espontánea la ciudadana: YUDITH,(DEMÁS DATOS FILIATORIOS A RESGUARDO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS: 01°, 02°, 03°, 04° Y 7° DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE VICTIMAS, TESTIGOS Y DEMÁS SUJETOS PROCESALES), con el fin de ampliar su entrevista, quien manifestó no proceder falsa ni maliciosamente en este acto y en consecuencia expone: “Resulta que personas desconocidas me estaban llamando y enviando mensaje de texto, desde el día de ayer Jueves 14-05- 2015, en horas de la tarde a mi teléfono celular Marca SAMSUNG, Modelo S3, Color NEGRO, Signado con el número (0424) 598-09-53, solicitándome la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (800.000 Bolívares) por la entrega de la camioneta Clase CAMIONETA, Marca FORD, Modelo EXPLORER, Color BLANCO, Tipo SPORT WAGON, Año 2009, Placas AA628FO, Serial de Carrocería 8XDEU748498A43800, serial de motor 9A43800, yo le manifesté que por motivos de salud mi hermano se encargaría de tramitar el pago de dicho dinero con ellos, Es todo. SEGUIDAMENTE EL DECLARANTE ES ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los números telefónicos del cual se estaban comunicando los sujetos con su persona? CONTESTO: “de los números telefónicos 0414—538.90.59, 0426—650.41.87” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, que le manifestaban los sujetos momentos que se comunicaban con su persona? CONTESTO: “Me exigían la cantidad antes mencionada, y que les avisara cuando tuviera el dinero” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, donde se encuentra en este su hermano? CONTESTO: “El se encuentra en la sede de este Despacho a fin de rendir entrevistas correspondientes” CUARTA PREGUNTA: ¡Diga usted, recibió algún tipo de amenazas por parte de los sujetos? CONTESTO: “Si me dijeron que si no les cancelaba el dinero que exigían iban a quemar la camioneta, y en varias oportunidades me amenazaron de muerte” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: No, es todo. Se terminó. Se leyo y estando conformes firman.-

SEPTIMO

ACTA DE ENTREVISTA. ACARIGUA, 15 DE M.D.D.M.Q..— En esta misma fecha, siendo las 12:00 horas de la tarde, compareció ante este Despacho la Funcionaria: DETECTIVE YISBELLY CORTEZ, adscrito al Área de la Brigada de Vehículo de esta Sub—Delegación, de conformidad con lo establecido en los artículos 113°, 114°, 115°, 153°, 285°, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 48° y 50° de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, y el Servicio Nacional de Medicinas y Ciencia Forense, deja constancia de la siguiente diligencia, efectuada en la presente averiguación. “Continuando con las averiguaciones relacionadas con la causas número K-15-0058-01360, que se procesa por uno de los delitos Previsto en la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, se presentó de manera espontánea el ciudadano: NANDO, (DEMÁS DATOS FILIATORIOS A RESGUARDO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS:01°, 02°, 03°, 04° Y 7° DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE VICTIMAS, TESTIGOS Y DEMÁS SUJETOS PROCESALES), con el fin de ampliar su entrevista, quien manifestó no proceder falsa ni maliciosamente en este acto y en consecuencia expone: “Resulta que mi hermana me manifiesta que sujetos desconocidos, desde el día de ayer Jueves 14—05-2015, en horas de la tarde la están llamando y enviando mensajes de texto, a su teléfono celular Marca SAMSUNG, Modelo S3, Color NEGRO, Signado con el número (0424) 598—09-53, solicitándole la cantidad de OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (800.000 Bolívares) por la entrega de la camioneta Clase CAMIONETA, Marca FORD, Modelo EXPLORER, Color BLANCO, Tipo SPORT WAGON, Año 2009, Placas AA628F0, Serial de Carrocería 8XDEU748498A43800, serial de motor 9A43800, pero debido a su estado de salud decidí ser yo quien tenga contacto con los sujetos para así acordar la entrega del dinero que exigían, a través de mi teléfono celular Marca SAMSUNG, Modelo S3, Color BLANCO, Signado con el número (0424) 5069812, Es todo. SEGUIDAMENTE EL DECLARANTE ES ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los números telefónicos del cual se estaban comunicando los sujetos con su persona? CONTESTO: “de los números telefónicos 0414- 538.90.59, 0426—650.4l.87” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, a través de qué número telefónico era contactado por los sujetos? CONTESTO: “A través de mi teléfono celular antes mencionado, el cual deseo consignar” (LA FUNCIONARIA RECEPTORA DEJA CONSTANCIA HABER RECIBIDO DE MANOS DEL ENTREVISTADO LO ANTES EXPUESTO) TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, que le manifestaban los sujetos momentos que se comunicaban con su persona? CONTESTO: “Exigían la cantidad antes mencionada, y que les avisara cuando tuviera el dinero” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, de qué manera acordó la entrega del dinero con los sujetos? CONTESTO: “Me dijeron que una vez que tuviera el dinero, les avisara y que lo dejaría en la canal ubicada en la entrada de la Urbanización “San J.I.”, Municipio Araure Estado Portuguesa” QUINTA PREGUNTA: Diga usted, recibió algún tipo de amenazas por parte de los sujetos? CONTESTO: “Si me dijeron que si no les cancelaban el dinero que exigían iban a quemar la camioneta” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: No, es todo. Se terminó. Se leyó y est do conformes firman.— JEFEES

OCTAVO

ACTA DE INVESTIGACIÓN PENAL. ACARIGUA, 15 DE M.D.D.M.Q.. En esta misma fecha, siendo las 17:30 horas, compareció por ante este Despacho el Funcionario DETECTIVE AGREGADO F.R., adscrito a esta Subdelegación, quien actuando de conformidad con lo establecido en los Artículos 113, 114, 115, 153 y 285, del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Articulo 34, 35, 48 y 50 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas y el Servicio Nacional de Medicina y Ciencia Forense, deja constancia de la siguiente diligencia Policial efectuada en la presente averiguación: “Continuando con las investigaciones relacionada con el expediente K-15-0058-01360, que se procesa por uno de los delitos Previsto en la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores Y Previstos En La Ley Contra la extorsión y Secuestro, se presentó la ciudadana nombrada como Yudith de manera espontánea ampliamente identificada en autos anteriores como víctima denunciante en la presente causa, manifestándome que personas desconocidas la estaban llamando y enviando mensaje, desde el día de ayer Jueves 14-05-2015, en horas de la tarde y le estaban solicitando 800.000 bolívares por la entrega de su camioneta, de los números telefónicos 0414-538.90.59, 0426-650.41.87, 0416-061.29.35 y 0416-856.90.59 a su número telefónico 0424-598.09.53, en vista de dicha información le informe a la superioridad e inmediatamente siendo las 13:00 horas de la tarde, le efectué llamada telefónica al Abogado A.R., Fiscal Tercero del Ministerio Público del Estado Portuguesa, a quien le indique el motivo de mi llamada, informándome que realizaría la Solicitud al Juez de Control de Guardia, para la Autorización de una ENTREGA CONTROLADA, donde luego siendo las 13:30 horas, el Fiscal Tercero del Ministerio Público, me informa que había sido autorizada la entrega, por lo que procedí escribirle del número de la víctima acordando la entrega de 400.000 bolívares en efectivo, en el lugar que ellos dispusieran, los cuales previo tedioso y largo acuerdo con dichos delincuentes debía dejar en la Pasarela de la Urbanización San José 1, de Araure Estado Portuguesa a las dos de la tarde del día de hoy, por lo que me constituí en comisión integrada por los funcionario Inspector Josfrank Carrasquero, Detectives H.N., J.J.J. y E.G., en vehículos particulares hacia la dirección mencionada, una vez ubicados en sitios estratégicos, procedí a dejar el paquete ei cual era una bolsa de color azul, con una caja de cartón de color marrón contentivo de 310 recortes de papel, en el lugar acordado, donde luego de una breve espera se apersono una pareja, describiendo la de sexo femenino, de piel blanca quien vestía un short de blues jean y una franela de color azul, quien estaba hablando por teléfono y miraba constantemente hacia los lados en una aptitud nerviosa, mientras el sujeto del sexo masculino, de piel morena, con suéter de color negro con rayas de colores blanco y gris con un mono de color negro, quienes tomaron el paquete y salen caminando normalmente, por lo que las comisiones procedieron a interceptarlos dándole las voz de alto no sin antes identificamos como funcionarios activos de este cuerpo detectivesco, acatando dicha orden, cabe destacar que en el mismo momento transitaban por ¡a zona 3 ciudadanos residentes del sector, a quienes le solicitamos la colaboración que sirvieran como testigos, los cuales accedieron y se identificaron como testigos 1, 2 y 3, (los datos en reserva del Ministerio Publico, según lo establecidos en los artículos 30, 5°, 6° Y 9° de la Ley de Protección de Víctima, testigos y demás Sujetos Procesales), observando que la persona de sexo masculino, carga el paquete el cual se encontraba en una bolsa de color azul y una caja de color marrón, por lo que procedimos a indicarle que nos entregara el paquete que portaba en sus manos y que además exhibiera sus pertenencias, no encontrándole ninguna otra evidencia de interés criminalística mientras que la ciudadana hizo entrega de un teléfono celular, marca BlackBerry de color gris, por lo que el Detective L.J., procedió a colectar dichas evidencias, seguidamente los funcionarios E.G. y J.J., procedieron a realizarle la revisión corporal amparados en los artículos 191 y 192 del Código Orgánico Procesal Penal, no encontrando ninguna evidencia de interés criminalistico, por lo que dadas las circunstancias de tiempo, modo y lugar se procedió a la detención en flagrancia siendo las 04:50 horas de la tarde, según lo establecidos en los artículos 557 de la Ley orgánica de Protección de Niña Niño y Adolescente y el 238 del código Orgánico Procesal Penal, así mismo se le leyeron sus derechos y garantías constitucionales establecidos en el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en vista de lo ante expuesto se procedió a fijar la respectiva inspección técnica siendo las 04:55 horas de la tarde, la cual se anexa a la presente acta, posteriormente nos retiramos del lugar conjuntamente con los detenidos, las evidencias, y el testigo, hacia nuestro despacho, donde procedimos a identificar plenamente a los detenidos según lo establecido en el artículo 128 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando identificados de la siguiente manera: IDENTIDAD OMITIDA, y la ciudadana JENCIS RIMAR TORRES TORRES. Venezolano, natural de la Guaira estado Vargas, de 21 años de edad, nacido 01-12-1993, soltera, de profesión indefinida, hija de E.T. (÷), residenciada en la urbanización San José 2, avenida 3, con calle 12, Araure estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad V.-24.588.700, seguidamente procedí a verificar ante nuestro Sistema de Investigación e Información Policial, los datos aportados por los detenidos, donde pude corroborar que los datos les corresponden y no presenta registro ni solicitud alguna, seguidamente realice llamada telefónica a la Fiscal Quinto Del Ministerio Publico En Materia De Responsabilidad Penal De Adolescentes abogado Lid Lucena y al Fiscal Tercero Del Ministerio Publico En Materia De Extorsión Y Secuestro abogado A.R., a quienes les informe sobre la referida detención, culminada las diligencias procedí a dejar constancia en actas sobre las diligencias realizadas, es todo en cuanto tengo que informar, se leyó y conforme firman.

NOVENO

ACTA DE ENTREVISTA ACARIGUA, QUINCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.- En esta misma fecha, siendo las 17:05 horas del día, compareció ante este Despacho, el Funcionario: Detective, L.A.G., adscrito al Área de Vehículos de esta Sub-Delegación, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 113° 114° 115° 153° y 285° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 34° 35° 48° y 50° del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de la Policía de investigación,. el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas y el Instituto Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia, efectuada en la presente averiguación. “Continuando con las averiguaciones relacionadas con la causa penal K-15-0058-01384, que se insstruye por ante esta Sub Delegación, por uno de los Delitos previsto en la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, mediante traslado comisión, un ciudadano quien amparado bajo la Ley de Protección Víctimas, testigos y demás sujetos procesales, en los artículos 3°, 5°, 6° 9°, dijo ser y Ilamarse: “TESTIGO 2”, asimismo manifestó no proceder falsa ni maliciosamente en este acto y en consecuencia expone: “Bueno resulta ser que el día de hoy Viernes 15-05-2015 a eso de las 02:25 horas de la tarde, me encontraba en compañía de mis amigos C.M. y Raldy Perdomo, momentos que pasábamos por la primera entrada de la Urbanización San José, Municipio Araure estado Portuguesa, logramos observar que un muchacho de color de piel morena quien agarra de la acera una bolsa de color azul, y rápidamente se dirige hacia una muchacha de piel blanca y se la entrega, en ese momento una comisión del C.I.C.P.C, que encontraba en el sector los detiene y posteriormente al percatarse dE nuestra presencia, nos solicita que rindamos entrevista a lo ocurrido, es todo,” SEGUIDAMENTE EL FUNCIONARIO RECEPTOR INTERROGA AL DENUNCIANTE DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha del hecho que narra? CONTESTO: “Eso fue por la primera entrada de la Urbanización San José, Municipio Araure estado Portuguesa, aproximadamente a las 02:25 de la tarde del día viernes 15-05-2015.” SEGUNDA PREGUNTA:,Diga usted, conoce de vista, trato o comunicación a los ciudadanos que fueron detenidos por la comisión del C.LC.P.C? CONTESTO: “Desconozco.” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, los sujetos detenidos fueron maltratados o vejados por la comisión? CONTESTO: “No,” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, logro observar lo que contenía la bolsa que tomó el sujeto? CONTESTO: “Si, contenía una caja de color marrón.” QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, en compañía de quien se encontraba para el momento de lo ocurrido? CONTESTO: “En compañía de mis amigos C.M. y Raldy Perdomo.” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, saben dónde pueden ser ubicados sus amistades? CONTESTO: “A través de mi persona.” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, logro observar las características fisionómicas de los sujetos detenidos? CONTESTO: “El muchacho es de color de piel morena, de 1.60 de estatura, contextura delgada, color de cabello negro como de aproximadamente 17 años de edad, la muchacha era de color de piel blanca, de 1.65 de estatura, contextura gruesa y cabello castaño.” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, de volver a ver a estos sujetos los reconocería? CONTESTO: “Si.” NOVE.P.: ¿Diga usted, los mencionado como: una bolsa de color azul y una caja de color marrón puesto de vista y manifiesto a su persona son los mismos colectados en el sitio del suceso? CONTESTO: “Si.” DECIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, da fe, que el procedimiento realizado por los funcionarios fue ejecutado en total legalidad? CONTESTO: “Si doy fe, ya que logre observar todo lo que sucedió.” DECIMA PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, logro observar las vestimenta que, portaban los sujetos al momento de ser aprendidos? CONTESTO: “El muchacho cargaba una chemise de color negro con rayas blancas y mono de color negro, mientras que la mujer cargaba una franela de color azul, perteneciente a un equipo de futbol y short tipo jeans de color azul.” DECIMA SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: “No, es todo. Terminó, se leyó y estando conformes firman.

DECIMO

ACTA DE ENTREVISTA ACARIGUA, 15 DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCEEn esta misma fecha, siendo la 05:00 horas de la tarde, comparece por ante este Despacho, el Funcionario: Detective J.J., adscrito al Departamento de Investigaciones de esta Sub-Delegación, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en el artículos 113°, 114°,115°, 116°, y 119° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 04°, numeral 01; artículo 05°, 08°, y 50° numeral 01°, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía de Investigaciones, El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y Ley Nacional de Medicina de Ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia efectuada en la presente averiguación: Dándole continuidad a las actas procesales relacionadas con las actas procesales signadas con el número K-15-0058-01384, que se instruyen por ante este despacho por la comisión de uno de los delitos Contra la extorsión y el Secuestro, se presentó previo traslado de comisión , a fin de entrevistar, TESTIGO 03 (DEMÁS DATOS FILIATORIOS A RESGUARDO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS: 010, 02°, 03°, 04° Y 70 DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE VICTIMAS, TESTIGOS Y DEMÁS SUJETOS PROCESALES), quien en consecuencia expone:: “Resulta ser que el día de hoy viernes 15-05-2015, aproximadamente a las 02:20 horas de la tarde, al momento que me encontraba en compañía de mis vecinos de nombres RALDI PERDOMO y WHEYNER VILLASMIL, a bordo del carro de mi amigo RALDI PERDOMO, cuando de pronto vemos a una pareja estaba agarrando una caja en una bolsa de color azul y en eso llegaron unos funcionarios del CICPC y los agarraron y nos pidieron la colaboración para servir como testigo es todo.” SEGUIDAMENTE EL DECLARANTE ES ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, fecha y hora en que sucedieron los hechos que narra? CONTESTO: “Eso ocurrió en la entrada de la primera etapa de la urbanización san J.I., específicamente frente de la avenida t.M., municipio Araure, Estado Portuguesa, el día de hoy 15-05-2015, a las 02:20 horas de la tarde aproximadamente” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de que persona se percataron sobre la aprehensión de los ciudadanos? CONTESTO: “Mis compañeros y yo”. TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista, trato y comunicación a las personas el cual fueron aprehendidas? CONTESTO: “No”. CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, si los mencionado como: una caja en una bolsa de color azul, puesto de vista y manifiesto a su persona son los mismos colectados en el sitio del suceso CONTESTO: “Si son los mismos”. QUINTA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento si alguna persona resulto detenida en el presente procedimiento? CONTESTO: “Si una muchacha y un muchacho”. SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, las características fisonómicas de los ciudadanos detenidos? CONTESTO: “La muchacha, es de piel blanca, contextura regular, de 1.55 de estatura aproximadamente y vestía una franela de color azul y una bermuda de blues jean y el muchacho es de piel morena, contextura delgada, de 1.60 de estatura aproximadamente y vestía una franela oscura de ralla y una bermuda de color oscuro” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, como se percataron de lo encontrado a los ciudadanos? CONTESTO: “Porque ellos fueron a recoger la c ja en la bolsa y en eso llegaron los funcionarios” OCTAVA PREGUNTA: Diga U d, su persona da fe que el procedimiento realizado por los funcionarios fue realizado en total legalidad? CONTESTO:” Si doy fe, ya que estaba presente en todo momento, cuando se encontraron la caja en la bolsa de co r azul” NO E.P.: ¿Diga usted, desea agregar algo mas a la presente entrevista” CONTESTO: “No, es todo. Terminó, se leyó y estando conforme firman.

DECIMO PRIMERO

ACTA DE ENTREVISTA ACARIGUA, 15 DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.- En esta misma fecha, siendo las 17:10 horas, compareció ante este Despacho, el Funcionario: Detective, H.N., adscrito al Área de la Brigada de Vehículo de esta Sub-Delegación, quien estando debidamente juramentado y de conformidad con lo establecido en los artículos 113°, 114°, 115, 153° y 285° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 40 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de la Policía de Investigación, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y el Instituto Nacional de Medicina y Ciencias Forenses, deja constancia de la siguiente diligencia, efectuada en la presente averiguación. “Continuando con las averiguaciones relacionadas con la causas número K-15-0058-01384, que se instruye por uno de los delitos Previsto en la Ley Contra la Extorsión y Secuestro, se presentó previo traslado de comisión una persona calificada con el adjetivo: TESTIGO (O1Lcumpliendo con lo establecido en la Ley de protección a las víctimas, testigos y demás sujetos procesales, quien impuesta del motivo de su comparecencia de acuerdo a lo que reza el Código Orgánico Procesal Penal, manifestó no tener impedimento alguno en ser entrevistado y en consecuencia expone: “Bueno resulta ser que el día de Hoy Miércoles 15-05-2015, en horas de la tarde me encontraba con mi VEHÍCULO CEASE AUTOMÓVIL, MARCA TOYOTA, MODELO AVILA, AÑO 1988, COLOR AZUL, placas AA5O1MP, Trabajando como taxista, cuando me trasladaba por las adyacencia de la Primera entrada de la Urbanización San J.I., ubicada en la avenida trino melean Araure Estado Portuguesa, en compañía de mis amigos de nombre C.A.M. Y WHEYNNER VILLASMIL, y pudimos observar aun chamito y una chama con una caja dentro de una bolsa de color Azul y a varios funcionarios del CICPC, bajarse de diferentes vehículos y los agarraron a los dos, seguidamente nos pararon se identificaron y muy respetosamente nos pidieron el favor de que los acompañáramos hasta esta oficina a fin de ser entrevista con respecto a lo sucedido. Es todo. SEGUIDAMENTE EL DECLARANTE ES ENTREVISTADO DE LA SIGUIENTE MANERA: PRIMERA PREGUNTA: ¿Diga usted, lugar, hora y fecha, que suscitaron los hechos antes mencionado? CONTESTO: “Eso ocurrió Urbanización San J.I., ubicada en la avenida trino melean Araure Estado Portuguesa, en horas de la tarde del día de hoy Miércoles 15- 05-2015.” SEGUNDA PREGUNTA: ¿Diga usted, conoce de vista y trato al adolescente y a la Joven que llevaban la Caja dentro de la Bolsa Azul? CONTESTO: “No.” TERCERA PREGUNTA: ¿Diga usted, tenia conocimiento en de que el adolescente y la Ciudadana estaban cobrando el dinero para poder entregar un vehículo clase Camioneta, robada? CONTESTO: “No, en ningún momento, yo simplemente los vi e intente devolverme porque pensé que los iban arrobar o algo parecido.” CUARTA PREGUNTA: ¿Diga usted, como fue el comportamiento de los funcionarios al momento en que los abordaron? CONTESTO: “Llegaron de una manera muy respetuosa,” QUINTA PREGUNTA:.Diga usted, nunca observo una actitud sospechosos en el joven y joven, en lugar donde ocurrió el hecho en mención? CONTESTO: “No, yo los vi con la bolsa Azul y mas nada, cuando llegaron los funcionarios fue que me sorprendí.” SEXTA PREGUNTA: ¿Diga usted, los funcionarios actuante de la comisión llegaron a agredirlos física y verbalmente en algún momento? CONTESTO:”No, a nadie” SEPTIMA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los datos filiatorios de los de los jóvenes en mención? CONTESTO: “No, desconozco,” OCTAVA PREGUNTA: ¿Diga usted, tiene conocimiento de los Rasgos fisonómicas y Características de la vestimenta que vestían para el momento del hecho los jóvenes en mención? CONTESTO: la chama tenia puesta una franela Azul con un short de jean corto, y le chamo una franela de color oscuro con rayas y una bermuda de color Negro” NOVE.P.: ¿Diga usted, desea agregar algo más a la presente entrevista? CONTESTO: No, es todo. Se terminó. Se leyó y estando conformes firman.

DECIMO SEGUNDO

Con la experticia de Reconocimiento Técnico signada con el N° 9700-058-LAB-911 realizada a mensajes de texto, llamadas y directorio que guarda relación con la presente causa.

De las actuaciones que conforman la solicitud y de lo expuesto por la victima en la audiencia oral se desprende que en fecha 15-05-2015, siendo aproximadamente las 03:30 horas de la tarde, el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, fue aprehendido por funcionarios policiales adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Cientificas Penales y Criminalísticas Sub delegación Acarigua, Estado Portuguesa, cuando recogía en la Pasarela de la Urbanización San José 1, de Araure Estado Portuguesa, una bolsa de color azul, con una caja de cartón de color marrón contentivo de 310 recortes de papel, que supuestamente contenía el dinero solicitado para la entrega de un vehiculo tipo camioneta marca Ford, modelo Explorer año 2009, que le fue despojado a los ciudadanos M.Y.C.P. y F.F.C., el día 14-05-2015 aproximadamente a las 06:30 horas de la tarde en las afueras de una farmacia ubicada al frente de la Plaza del Municipio Araure del Estado Portuguesa, por dos sujetos portando armas de fuego, quienes posterior a este hecho realizaban llamadas a las victimas indicandoles que debían entregar la cantidad de 800.000 Bsf en la pasarela de la Urbanización San José 1, de Araure Estado Portuguesa, por lo que al ser interpuesta la denuncia los funcionarios policiales se trasladan hasta el sitio indicado por los referidos ciudadanos que solicitaban la entrega del dinero para el rescate del vehiculo y realizan la aprehensión del mencionado adolescente, conjuntamente con una persona mayor de edad, desprendiéndose de las actuaciones las declaraciones de tres testigos identificados como C.A.M., WHEYNNER VILLASMIL Y RALDY PERDOMO, quienes señalan haber visto el procedimiento policial realizado y haber visto al adolescente en compañía de otra persona del sexo femenino y haber visto al adolescente recoger un paquete en una bolsa de color azul, con una caja de cartón de color marrón, aunado a ello de la experticia de Reconocimiento Técnico (transcripción de mensajes de texto, llamadas y directorio) se desprende de los mensajes de texto que identifican a una persona con el nombre de IDENTIDAD OMITIDA y el adolescente lleva por nombre IDENTIDAD OMITIDA.

Revisadas como han sido las actas que conforman la presente solicitud y oídos los alegatos del Representante del Ministerio Público, de la Defensa, la libre voluntad del imputado de acogerse al precepto constitucional y no declarar y oída la victima, este Tribunal de Control N° 1, considera que la aprehensión de dicho adolescente, se produjo bajo los supuestos de flagrancia que están establecidos en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal y 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y el Ministerio Público ha solicitado se acuerde continuar la investigación bajo los parámetros de la vía ordinaria y ante la comisión de este Hecho ilícito, cometido en perjuicio de los ciudadanos M.Y.C.P. y F.F.C., este tribunal de Control para el mejor desarrollo y trámites de la investigación, decreta continuar el procedimiento bajo los parámetros de la vía ordinaria, aún cuando la aprehensión del adolescente IDENTIDAD OMITIDA se produjo en flagrancia y dado que es de suma importancia la información que pueda aportar el adolescente imputado en esta fase de investigación, a los fines de su esclarecimiento y establecer responsabilidad sobre su participación o autoría en la comisión del mismo y por cuanto estamos frente a un hecho ilícito cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescrita, estableciéndose que la flagrancia presupone la notoriedad de los hechos y la indudable identificación del adolescente imputado, es por lo que este Tribunal presume la participación del adolescente IDENTIDAD OMITIDA en los mismos y a los fines de garantizar la comparecencia del mencionado adolescente a los actos del proceso, por cuanto como ya se indicó se presume la participación del adolescente en los hechos investigados, es por lo que este Tribunal acuerda con fines estrictamente procesales imponer al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, las Medidas Cautelares contenidas en el artículo 582 literales “G” y “F” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, las cuales consisten en G.- La obligación que tiene el adolescente de prestar fianza de dos fiadores que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal hasta por un monto de cincuenta (50) Unidades Tributarias y F.- La Prohibición que tiene el mencionado adolescente de acercarse a las victimas y a su entorno familiar. Se ordena el ingreso del identificado adolescente a la Entidad de Atención Acarigua I Varones, previo a su ingreso el mencionado adolescente deberá ser trasladado a un Centro asistencial a los fines de constatar el Estado de salud del mismo al momento de su ingreso a la referida Entidad y en virtud de que el adolescente hizo entrega de su cedula de Identidad en la Audiencia se acuerda agregar la misma a la boleta de ingreso dirigida a la Entidad de Atención Acarigua I Varones, de Acarigua, Estado Portuguesa, se acuerda la Libertad del mencionado adolescente, una vez que conste en autos la Fianza impuesta al mismo.

DISPOSITIVA.

Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda imponer al adolescente IDENTIDAD OMITIDA,, las medidas cautelares previstas en el artículo 582, literales “G” y “F” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, las cuales consisten en:

G.- La obligación que tiene el adolescente de prestar fianza de dos fiadores que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal hasta por un monto de cincuenta (50) Unidades Tributarias.

F.- La prohibición que tiene el adolescente de acercarse a las victimas y a su entorno familiar.

Se ordena el ingreso del identificado adolescente a la Entidad de Atención Acarigua I Varones, previo a su ingreso el mencionado adolescente deberá ser trasladado a un Centro asistencial a los fines de constatar el Estado de salud del mismo al momento de su ingreso a la referida Entidad y en virtud de que el adolescente hizo entrega de su cedula de Identidad en la Audiencia se acuerda agregar la misma a la boleta de ingreso dirigida a la Entidad de Atención Acarigua I Varones, de Acarigua, Estado Portuguesa, se acuerda la Libertad del mencionado adolescente, una vez que conste en autos la Fianza impuesta al mismo.

Este Tribunal acoge la precalificación jurídica dada a los hechos por el Representante Fiscal, como lo es el delito de EXTORSION, previsto en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, por cuanto los mismos se adecuan a las previsiones establecidas en esta norma legal.

Se declara legítima y flagrante la aprehensión de la cual fue objeto el adolescente IDENTIDAD OMITIDA,y se decreta que la misma se produjo bajo los supuestos de flagrancia establecidos en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a lo establecido en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, mas sin embargo para un mejor desarrollo y trámites de la investigación se acuerda procedente la solicitud Fiscal de continuar la investigación bajo los parámetros de la vía ordinaria. Se ordena, igualmente, la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público a los fines de que continúe con la investigación.

Dictada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia del Tribunal de Control N° 1 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua. Acarigua diecisiete (17) de Mayo de dos mil Quince.

LA JUEZ DE CONTROL N°1.

ABG. C.X.B. .

LA SECRETARIA.

ABG. S.G.

Seguidamente se cumplió con lo ordenado en auto. Conste

Scret.

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