Las formas indirectas de remuneración y los beneficios extrasalariales

AutorEfrén Córdova
CargoProfesor de Derecho del Trabajo de la Florida International University
Páginas83-106
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Las formas indirectas de remuneración y
los beneficios extrasalariales
*
Importancia del tema.Importancia del tema.
Importancia del tema.Importancia del tema.
Importancia del tema.
El tema objeto de este estudio es importante por varias razones. Se
observa, en primer lugar, una gran confusión con respecto a lo que debe
entenderse por remuneración indirecta, o beneficio extrasalarial. La confusión
nace, en realidad, de las propias definiciones relativas al salario que contienen
a veces indicaciones contradictorias o poco esclarecedoras. No es infrecuente,
además, que en un mismo país existan varios conceptos diferentes de lo que
debe entenderse por salario básico y por ende, de lo que es suplemento
salarial o prestación extrasalarial: uno establecido por el código o ley general
del trabajo, otro por las disposiciones de seguridad social y un tercero
contenido en la ley de impuesto sobre las rentas.
En segundo lugar, es indudable que el número y costo de los
suplementos salariales ha ido creciendo en forma impresionante en los últimos
años. Como veremos más adelante, en algunos países esos suplementos son
muy variados y se aproximan ya en su valor total al 50 por ciento de la
remuneración directa. No solamente esto representa una carga patronal
importante, así como una administración más complicada de los sueldos y
salarios, sino que su crecimiento incesante se hace a veces en detrimento de
posibles aumentos en la remuneración directa, lo que podría afectar el propio
carácter retributivo y proporcional del salario.
Se advierte, en tercer lugar, que algunos suplementos fueron
establecidos hace ya bastante tiempo, en una época en que las circunstancias
socioeconómicas eran muy diferentes a las actuales. Tal constatación debería
dar lugar a un reexamen de su razón de ser con vista a determinar si procede
mantener el suplemento o suplementos de que se trate o su substitución por
un aumento proporcional de salarios. Esa revisión raras veces se lleva a efecto
en la práctica. El suplemento caduco se mantiene y a su lado aparecen otros,
lo que a lo largo plazo puede originar una distorsión de la estructura salarial.
Es importante, por último, discernir con claridad cuales son las
prestaciones que se consideran suplementos salariales y que entran, por tanto,
*Estudio publicado en la obra colectiva
El Salario.
Montevideo, ediciones jurídicas Amalio M.
Fernández, 1997, pp. 249-278.
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Efrén Córdova
en el concepto de salario, a los efectos de calcular el monto de otras
prestaciones de tipo laboral, así como de las indemnizaciones y beneficios de
la seguridad social y de las deducciones y pagos que procedan con respecto
al impuesto sobre las rentas.
A pesar de la importancia que, como se observa tiene el tema, la atención
que la legislación laboral confiere al mismo es escasa y asimismo es limitada la
que le dispensa la doctrina1. Ningún código o ley del trabajo contiene una
definición precisa de lo que son los suplementos ni siquiera una enumeración
completa de sus diversas modalidades. La ley argentina de contratos de trabajo
de 1974 es tal vez la que más se aproxima a tratar de modo específico la
cuestión, sin llegar no obstante a disipar todas las dudas que se plantean al
respecto. Las otras referencias legislativas que se observan en otros países de
América latina se encuentran por lo general en los preceptos que establecen
el concepto del salario y en los que determinan las obligaciones patronales y
los derechos del trabajador. Sin embargo, el código del trabajo de Costa Rica
nada dice de los suplementos en su sección relativa al salario. A veces se
incluye en los códigos una definición de algunos tipos especiales de
suplementos, siendo las propinas, los viáticos y la participación en las utilidades
las que son más corrientemente objeto de regulación. Fuera de los códigos o
leyes básicas, varias leyes posteriores se han ocupado de establecer nuevos
suplementos y de ordenar descuentos y contribuciones relativas a formas
indirectas de la remuneración, como ocurre en Colombia con el suplemento
alimenticio y en Brasil con el subsidio de transporte. Esta pluralidad de
tratamientos legislativos, induce a confusión y actúa en todo caso en detrimento
de la visión global y sistemática que debería merecer el problema. Los
suplementos se acumulan y yuxtaponen sin que se procure un balance adecuado
de ellos y a veces sin parar mientes en el impacto económico global que ellos
significan. No sería exagerado decir que su composición dispareja ha afectado
la productividad y que sus repercusiones financieras pueden haber
comprometido la subsistencia de muchas empresas.
Terminología.Terminología.
Terminología.Terminología.
Terminología.
Lo primero sería desde luego lograr un cierto acuerdo sobre el uso y
significado de los términos. Estos son muchos y variados en materia de
remuneración indirecta, tanto en América latina como en otras partes del mundo.
Tiende a predominar en esta región la expresión
suplementos de salarios
, sin
1Cabe notar, sin embargo, que ya en 1956 Américo Plá Rodríguez había inventariado todos los
elementos marginales del salario existentes en su país y los había analizado en forma clara y
sistemática. Véase
El Salario en el Uruguay
(Montevideo: Facultad de Derecho Universidad de
Montevideo, 1956), t. II, págs. 25 y ss.

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