Sentencia nº 418 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 30 de Julio de 2009

Fecha de Resolución30 de Julio de 2009
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 30 de julio de 2009

199º y 150º

Recibido el presente expediente de la Sala, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en la sentencia N° 01323, publicada en fecha 29 de octubre de 2008; y, habiéndose dado cuenta del mismo en fecha 23 de julio de 2009 este Juzgado, al respecto, observa:

Mediante la aludida decisión, esta Sala Político-Administrativa admitió el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo constitucional, interpuesto por los abogados A.B.-U.Q. y C.G.P., en fecha 5 de agosto de 2008, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 20.554 y 38.964 respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil Inversiones Gala, S.A., contra la P.A. Nº SNAT/2002/1.455 dictada por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.585 de fecha 5 de diciembre de 2002, mediante la cual “se designan responsables del pago del impuesto al valor agregado, en calidad de agentes de retención, a los contribuyentes a los cuales el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaría (SENIAT) haya calificado como especiales” (folio 47 de este expediete); igualmente, en dicho fallo la Sala declaró improcedente la acción de amparo cautelar propuesta, ordenando la remisión del expediente a este Juzgado de Sustanciación a los fines de la continuación del proceso.

En razón de lo anterior, este Juzgado acuerda citar a las ciudadanas, Procuradora General de la República, Fiscal General de la República, Presidenta de la Asamblea Nacional y al ciudadano Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), remitiéndoles copias certificadas del libelo, de la documentación acompañada a éste, de las sentencias Nos. 01323 y 00384, y de la presente decisión. Líbrense oficios.

La notificación de la ciudadana Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Líbrese el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en el tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquél en que consten en autos las citaciones ordenadas.

La Jueza,

M.L.A.L.

La Secretaria,

Noemí del Valle Andrade

Exp. N° 2008-0690/ytdeg.

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